Ayudas a organizaciones de productores pesqueros 2025
Subvención para los planes de producción y comercialización pesqueros 2025
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva para preparar y aplicar los planes de producción y comercialización pesqueros
- Para quién
- Organizaciones de productores pesqueros y sus asociaciones, de ámbito nacional y transnacional
- Cuánto
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- Cubre hasta el 75% del coste, sin superar el 12% del valor medio de tu producción. Puedes pedir un anticipo del 25% al 29,54%.
Los costes indirectos de personal se calculan aplicando un 15% fijo sobre los costes directos de personal.Concepto Límite Intensidad máxima de la ayuda pública 75% del coste (algunos gastos pueden superarlo) Tope sobre tu producción 12% del valor medio anual comercializado en los tres años anteriores Anticipo opcional Entre el 25% y el 29,54% del importe aprobado del plan Gastos del informe de auditor Hasta 3.000€ Preparación del plan y del informe anual Hasta 5.000€
- Cubre hasta el 75% del coste, sin superar el 12% del valor medio de tu producción. Puedes pedir un anticipo del 25% al 29,54%.
- Qué cubre
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- La preparación y la aplicación de tu plan de producción y comercialización
- Los gastos del informe de auditor y de la preparación del plan y del informe anual
- Los gastos de personal, incluidos los costes indirectos calculados al 15%
- Requisitos
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- Eres una organización de productores pesqueros o una asociación de ellas, de ámbito nacional o transnacional
- Estás dado de alta en el Registro de organizaciones profesionales del sector de la pesca y la acuicultura
- Tienes aprobado el plan de producción y comercialización de 2025
- Tienes aprobado el informe anual correspondiente a 2025
- No has sido sancionado con la imposibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Someterte a las comprobaciones y controles del órgano concedente y de los organismos de control nacionales y europeos
- Conservar los documentos justificativos de los fondos recibidos durante al menos cinco años
- Llevar una contabilidad separada o un código contable específico de las operaciones financiadas
- Justificar la totalidad de los gastos para cobrar el importe pendiente si pediste anticipo
- Presentar la cuenta justificativa con el informe de un auditor de cuentas
- Comunicar cualquier otra ayuda que solicites o recibas para la misma actividad
- Cuándo
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- Abre: 18 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 5 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Hubo dos plazos: uno en 2025 para pedir un anticipo, de diez días hábiles desde la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado el 22 de mayo de 2025, y el de la solicitud de la ayuda, de 15 días hábiles contados desde su apertura el 18 de mayo de 2026.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una organización de productores pesqueros de ámbito nacional o transnacional
- Eres una asociación de organizaciones de productores pesqueros
- Estás dado de alta en el Registro de organizaciones profesionales del sector pesquero
- Tienes aprobado el plan de producción y comercialización de 2025
- Tienes aprobado el informe anual correspondiente a 2025
- Quieres solicitar un anticipo de la ayuda antes de ejecutar el plan
- No estás inscrito en el Registro de organizaciones profesionales del sector pesquero
- No tienes aprobado el plan de producción y comercialización de 2025
- No tienes aprobado el informe anual de 2025
- Has sido sancionado con la imposibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas
Cuánto puedes recibir
La ayuda pública puede cubrir hasta el 75% del coste, y algunos gastos concretos pueden llegar a un porcentaje superior. En todo caso, lo que recibas no podrá superar el 12% del valor medio anual de tu producción comercializada durante los tres años anteriores. Si lo deseas, puedes solicitar un anticipo de entre el 25% y el 29,54% del importe aprobado de tu plan, que se paga antes de ejecutar la actividad; el resto se cobra tras justificar los gastos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tienes aprobado el plan de producción y comercialización de 2025 y su informe anual
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Reúne la documentación: identificación del representante, datos de la entidad y declaraciones responsables
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Cumplimenta el formulario de solicitud que corresponda (anticipo o ayuda al plan)
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo indicado
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Justifica los gastos en los plazos establecidos para cobrar la ayuda
Documentación necesaria
- Copia del DNI de la persona representante legal
- Copia auténtica del NIF de la organización o asociación solicitante
- Copia auténtica de la escritura de constitución y los estatutos, con sus modificaciones inscritas
- Copia auténtica de la escritura de poder del representante legal, salvo que conste en los estatutos
- Copia auténtica del certificado de antecedentes penales de la persona jurídica
- Documento que acredite la cuenta bancaria notificada en la Dirección General del Tesoro
- Declaraciones responsables del Anexo A (anticipo) o del Anexo B (ayuda al plan)
- Declaración de otras ayudas solicitadas o percibidas (Anexo B.I)
- Declaración responsable del valor de la producción comercializada (Anexo B.II)
- Relación de gastos solicitados (Anexo B.III)