Subvención del aval SAECA para agricultura y pesca
Se paga el coste del aval de SAECA: hasta 75.000€ por titular de explotación
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda de concesión directa del Ministerio de Agricultura que financia el coste del aval de SAECA en préstamos del sector agroalimentario.
- Para quién
- Titulares de explotaciones agrarias, pymes agroalimentarias, operadores del sector pesquero, armadores y entidades asociativas pesqueras.
- Cuánto
-
- Se financia el coste del aval de SAECA, con un tope distinto según tu perfil
En ambos casos el plazo del préstamo no puede superar los seis años, y en él puede incluirse un año de carencia.Perfil Coste del aval subvencionado Titular de explotación, operador económico, armador o propietario, o componente de entidad asociativa Hasta 75.000€ Pyme agroalimentaria Hasta 120.000€
- Se financia el coste del aval de SAECA, con un tope distinto según tu perfil
- Qué cubre
-
- El importe total de la comisión que SAECA cobra por avalar tu préstamo
- La comisión de estudio del aval, solo en determinados casos
Se financia también la comisión de estudio si la explotación tiene suscrito un seguro de las líneas agrícolas o pecuarias del Plan de Seguros Agrarios Combinados vigente en el año de la convocatoria o en el anterior; si el titular es joven agricultor, es decir, no tiene más de cuarenta años en el año de la solicitud (en personas jurídicas, cuando los socios menores de cuarenta años tienen más de la mitad del capital, y en titularidad compartida, cuando uno de los cónyuges tiene menos de cuarenta años); si en pesca y acuicultura el armador o propietario del buque no tiene más de cuarenta años; si estás integrado en una entidad asociativa prioritaria o en una organización de productores reconocida; o si tu explotación está en una zona declarada gravemente afectada por una emergencia de protección civil en el año natural de la convocatoria.
- Requisitos
-
- Suscribes un aval con SAECA dentro de un préstamo con una entidad financiera
- Si eres titular de una explotación agraria, obtienes al menos el 25% de tus ingresos de la actividad agraria
Se toma el año anterior al de la presentación de la solicitud o la media de los tres años anteriores. No se exige a quienes iniciaron la actividad agraria dentro de los tres años anteriores a la convocatoria.
- Tu explotación está inscrita en el registro general de explotaciones ganaderas o en el de la producción agrícola
- Si eres pyme agroalimentaria, acreditas esa condición y tu encuadramiento en la clasificación de actividades económicas
- Si eres armador, estás dado de alta en el registro general de la flota pesquera y tienes la licencia de pesca en vigor
- No superas los límites de las ayudas de pequeña cuantía de los dos ejercicios fiscales anteriores y del ejercicio en curso
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Sométete a las comprobaciones del órgano competente y a los controles financieros del Estado y del Tribunal de Cuentas
- Facilita toda la información que te pida el órgano que gestiona la subvención
- Comunica si obtienes otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
- Mantén el cumplimiento de los requisitos mientras dure tu derecho a cobrar la ayuda
- Informa al órgano instructor de cualquier cambio en tus circunstancias
- Cuándo
-
- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 30 de septiembre de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una explotación agraria, agrícola o ganadera
- Tienes una pyme agroalimentaria que necesita financiación
- Eres operador económico del sector pesquero
- Eres armador o propietario de un buque pesquero con licencia en vigor
- Vas a pedir a una entidad financiera un préstamo avalado por SAECA
- Formas parte de una entidad asociativa pesquera
- No vas a suscribir un aval con SAECA para tu préstamo
- El plazo de tu préstamo supera los seis años
- Pides financiación para comprar, construir o importar un buque pesquero
- Pides financiación para modernizar o sustituir motores de buques pesqueros
- Quieres aumentar la capacidad de pesca de tu buque
- Ya has agotado los límites de las ayudas de pequeña cuantía de los últimos ejercicios
Cuánto puedes recibir
La ayuda no es un pago directo a tu cuenta: cubre el importe total de la comisión que SAECA cobra por avalar tu préstamo. El coste del aval se subvenciona hasta un máximo de 75.000€ por titular de explotación, operador económico, armador o propietario, y hasta 120.000€ si eres una pyme agroalimentaria, siempre que el plazo del préstamo no supere los seis años. En algunos casos se financia además la comisión de estudio del aval.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Solicita a SAECA el aval del préstamo que vas a firmar con tu entidad financiera
-
Marca la casilla de solicitud de la ayuda incluida en el propio documento del aval
-
Cumplimenta y adjunta a la solicitud las declaraciones de los anexos I y II
-
Haz todos los trámites por vía electrónica: es obligatorio relacionarse así con la Administración
-
Consulta el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ministerio, donde se publican la propuesta de resolución y la resolución
Documentación necesaria
- Solicitud del aval ante SAECA con la casilla de la ayuda marcada
- Declaración de no estar incurso en las prohibiciones para obtener subvenciones (Anexo I)
- Declaración de que las actuaciones solicitadas no están entre las excluidas para el sector pesquero (Anexo II)
- Acreditación de la titularidad de la explotación agraria
- Declaración responsable sobre el porcentaje de ingresos que obtienes de actividades agrarias
- Acreditación de la condición de pyme y del encuadramiento en la clasificación de actividades económicas