Subvenciones a entidades sociales sin ánimo de lucro en Cantabria
Ayuda de hasta el 90% del coste para programas sociales de entidades sin ánimo de lucro
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Instituto Cántabro de Servicios Sociales para programas de entidades sociales sin ánimo de lucro
- Para quién
- Entidades privadas sin ánimo de lucro que trabajan en servicios sociales en Cantabria
- Cuánto
- La subvención cubre como máximo el 90% del coste del programa; tu entidad aporta como mínimo el 10% restante
- Qué cubre
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- Gastos de personal contratado para el programa y sus dietas y gastos de viaje
- Material no inventariable del programa
- Gastos de gestión y administración para implementar el programa (hasta el 10% del coste total)
- En programas de mantenimiento: alquiler del local, suministros, comunicaciones, tributos y seguros del local, limpieza y conservación
- Requisitos
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- Ser una entidad privada sin ánimo de lucro de Cantabria
- Estar inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales en la fecha de fin del plazo de solicitudes
- Tener ámbito de actuación en Cantabria y desarrollar allí el proyecto de forma real y efectiva
- No tener una subvención nominativa para el mismo objeto en los presupuestos de Cantabria
- No tener otra subvención directa del Gobierno de Cantabria para el mismo objeto
- Las fundaciones obligadas deben haber presentado sus cuentas si el plazo estaba vencido al publicarse la convocatoria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realizar todas las actividades del programa íntegramente durante el año 2026
- Presentar la documentación justificativa como máximo hasta el 15 de febrero de 2027
- Cuando se justifique con informe de auditor, presentar la documentación hasta el 31 de marzo de 2027
- Si el coste del programa supera los 100.000 euros, justificarlo mediante cuenta justificativa con informe de auditor de cuentas
- Incluir el logotipo del Instituto Cántabro de Servicios Sociales en la difusión de los programas subvencionados
- Certificar que la subvención se ha destinado a la finalidad para la que se concedió
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 29 de junio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Esta convocatoria admitió solicitudes durante un mes desde el día siguiente a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de Cantabria, del 28 de mayo al 29 de junio de 2026.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad privada sin ánimo de lucro
- Tu entidad desarrolla programas de servicios sociales en Cantabria
- Estás inscrita en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales
- Tu entidad tiene ámbito de actuación en Cantabria
- Puedes aportar al menos el 10% del coste del programa
- Eres una empresa o entidad con ánimo de lucro
- Tu entidad no está inscrita en el Registro de Entidades de Servicios Sociales
- Ya tienes una subvención nominativa para el mismo objeto en los presupuestos de Cantabria
- Ya tienes otra subvención directa del Gobierno de Cantabria para el mismo objeto
- Tu entidad no actúa en Cantabria
Cuánto puedes recibir
No hay un importe fijo por entidad: la subvención cubre como máximo el 90% del coste del programa y tu entidad debe aportar al menos el 10% restante. La cuantía concreta depende del programa presentado y de la disponibilidad presupuestaria. Para conocer el importe que te correspondería, consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria de la entidad y la memoria del programa con su presupuesto y plan de financiación
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Cumplimenta la solicitud según el modelo del Anexo 1-A de la convocatoria
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Presenta la solicitud, firmada por el representante legal con certificado electrónico, en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria
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Si te requieren subsanar la solicitud, completa lo que falte en el plazo de diez días hábiles
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Una vez concedida, ejecuta el programa durante 2026 y presenta la documentación justificativa en plazo
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo 1-A)
- Memoria de la entidad (Anexo 2)
- Memoria del programa (Anexo 3.a) o memoria de mantenimiento (Anexo 3.b)
- Memoria de actuación justificativa (Anexo 4.a y 4.b)
- Memoria económica justificativa (Anexo 5.a y 5.b)
- Certificado de imputación de facturas (Anexo 5.a.1 y 5.b.1)
- Anexo de dietas por desplazamiento (Anexo 6)
- Informe de Vida Laboral del Código de Cuenta de Cotización de la entidad del periodo 01-01-2025 a 31-12-2025
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones