Ayudas a sindicatos de Baleares para mantener su estructura
Ayuda a sindicatos de Baleares para sus gastos de estructura, con un mínimo de 200€
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia de la Consejería de Trabajo de Baleares para que los sindicatos mantengan su estructura organizativa
- Para quién
- Sindicatos y organizaciones sindicales que actúan en las Illes Balears
- Cuánto
- Mínimo 200€ por sindicato, más una parte proporcional al número de representantes obtenidos
- Qué cubre
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- Gastos de personal, alquiler de sedes y suministros como luz, agua, teléfono o internet
- Reparación de instalaciones, servicios profesionales, seguros, publicidad y material de oficina
- Cuotas de suscripción a publicaciones e inscripción a actividades propias del sindicato
- Requisitos
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- Acreditar entre 10 y 120 representantes a 31 de diciembre de 2025 en las elecciones sindicales del ámbito de Baleares
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
- No haber sido sancionado ni condenado en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo, género u orientación
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justificar que has aplicado los fondos a la finalidad de la ayuda
- Presentar una cuenta justificativa con la memoria de las actividades realizadas
- Aportar una relación numerada de los justificantes y copia de las facturas de los gastos
- Justificar gastos realizados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 1 de octubre de 2026
- Fechas estimadas
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 28 de mayo de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Según el plazo que fija la convocatoria, el último día es el 28 de mayo de 2026, pero la Base de Datos Nacional de Subvenciones registra el 31 de diciembre de 2026. Mostramos la fecha más temprana; confirma el plazo con la administración que convoca antes de presentar la solicitud.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un sindicato u organización sindical que actúa en Illes Balears
- Tienes entre 10 y 120 representantes a 31 de diciembre de 2025
- Quieres cubrir gastos de mantenimiento de tu estructura organizativa
- Estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Puedes presentar la solicitud de forma electrónica por tu representante legal
- Tienes menos de 10 o más de 120 representantes a 31 de diciembre de 2025
- Ya obtuviste la ayuda de la convocatoria sindical de febrero de 2026 en Baleares
- No actúas en el ámbito de las Illes Balears
- Has sido sancionado por prácticas laborales discriminatorias en los últimos tres años
Cuánto puedes recibir
Cada sindicato solicitante recibe una ayuda mínima de 200€. El resto del crédito se reparte de forma proporcional: se divide entre el total de representantes de todos los sindicatos con derecho a la ayuda y el resultado se multiplica por los representantes que acredita cada uno. El conjunto de las subvenciones no puede superar los 15.000€.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación y prepara el presupuesto detallado de los gastos previstos
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Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica de la Administración, a través de tu representante legal
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Espera la resolución, que se notifica de forma electrónica en un plazo máximo de tres meses
Documentación necesaria
- Solicitud y declaración responsable según el modelo normalizado (Anexo 2)
- Documento que acredite la representación de quien actúa en nombre del sindicato
- Copia del documento constitutivo o de los estatutos inscritos, o certificado de inscripción registral
- Memoria de la actividad de la subvención y justificación de la necesidad
- Presupuesto detallado de los gastos previstos para el periodo subvencionable