Ayudas al empleo y creación de empresas en Arteixo 2027
Ayudas municipales de Arteixo a la creación de empresas y a la contratación.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Arteixo para fomentar el empleo mediante creación de empresas y contratación.
- Para quién
- Autónomos que crean una empresa en Arteixo y empresas que contratan a personas desempleadas del municipio.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- La creación de nuevas empresas por personas autónomas (se incluyen los traspasos de negocio)
- La contratación de personas desempleadas residentes en Arteixo
- Requisitos
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- Si creas empresa: tu establecimiento está en el término municipal de Arteixo o, si no tienes establecimiento permanente, tu domicilio fiscal está en el municipio
- Si creas empresa: estabas en situación legal de desempleo al darte de alta como autónomo
- Si creas empresa: tu alta como autónomo se produjo entre el 1 de octubre del año anterior y el 30 de septiembre del año de la convocatoria
- Si creas empresa: presentas un proyecto empresarial viable técnica, económica y financieramente
- Si creas empresa: tienes concedidas o en trámite las licencias necesarias para la actividad
- Si contratas: la persona participó en las acciones formativas municipales o está inscrita en la Bolsa Municipal de Empleo y empadronada en Arteixo
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén la actividad como autónomo durante un mínimo de dos años; si no, tendrás que devolver la subvención
- Presenta la cuenta justificativa en los dos meses siguientes a la notificación de la ayuda o al fin del período de gastos (creación de empresas)
- Justifica la contratación en los dos meses siguientes al fin del contrato subvencionado
- Mantente al corriente de tus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, la Xunta de Galicia y Hacienda, y con la Seguridad Social
- Cuándo
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- Abre: 10 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres autónomo con un nuevo proyecto empresarial en Arteixo
- Estabas en situación legal de desempleo al darte de alta como autónomo
- Tu empresa contrata a personas desempleadas empadronadas en Arteixo
- La persona que contratas está en la Bolsa Municipal de Empleo de Arteixo
- Tu empresa procede de una transformación jurídica
- Ejerciste igual o similar actividad como autónomo en los seis meses anteriores
- Ya recibes otra ayuda por la misma contratación
- Pides la ayuda a la creación de empresas y ni tu actividad ni tu domicilio fiscal están en Arteixo
- Eres una Administración Pública
Cuánto puedes recibir
El importe por solicitante no está especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. Si incumples parcialmente la actividad subvencionada sin que suponga un incumplimiento real del objetivo, la cuantía se reduce de forma proporcional.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación del programa que te corresponde (creación de empresas o contratación)
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Presenta la solicitud antes del 30 de septiembre de 2026
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Espera la notificación electrónica de la resolución
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Presenta la cuenta justificativa en los dos meses siguientes
Documentación necesaria
- Ficha de solicitud (Anexo I)
- Fotocopia del DNI del solicitante y, en su caso, de su representante legal
- Fotocopia del CIF, escritura de constitución e inscripción en el Registro Mercantil, en su caso
- Alta en el Censo de Obligados Tributarios (modelo 036 o 037) y alta en el Impuesto de Actividades Económicas, si no autorizas su comprobación
- Fotocopia del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o régimen especial por cuenta propia equivalente
- Fotocopia del informe de vida laboral actualizado
- Declaración responsable (Anexo II)
- Memoria del proyecto empresarial (Anexo III)
- Relación de previsión de gastos subvencionables (Anexo IV)
- Declaración responsable de otras ayudas y de ayudas en régimen de minimis (Anexo V)
- Para la contratación: contrato de trabajo registrado por el Servicio Público de Empleo de Galicia e informe de vida laboral de la persona contratada
- Para la contratación: modelo de designación de cuenta bancaria