Ayudas por nacimiento o adopción en Perales del Puerto
Hasta 1.000€ por nacimiento o adopción para familias de Perales del Puerto
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Perales del Puerto para fomentar la natalidad y la conciliación.
- Para quién
- Progenitores casados, parejas de hecho o familias monoparentales con hijos, y adoptantes de niños de hasta 5 años.
- Cuánto
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- Hasta 1.000€ por beneficiario durante los dos primeros años de vida, en tres tramos
Tramo Importe Condición Primero (50%) 500€ Nacimiento o adopción Segundo (25%) 250€ Matriculación en la Escuela Infantil Peraluna antes del noveno mes de vida y justificación del primer tramo Tercero (25%) 250€ Permanencia en la Escuela Infantil desde que el niño cumple un año y justificación de los tramos anteriores
- Hasta 1.000€ por beneficiario durante los dos primeros años de vida, en tres tramos
- Qué cubre
- Productos específicos para el bebé: alimentos, productos higiénico-sanitarios, ropa, cuna y menaje, biberones, silla de seguridad de vehículo o carricoche
- Requisitos
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- Ambos progenitores (o el adoptante, o el progenitor en familias monoparentales) residen de forma efectiva en Perales del Puerto desde al menos un año antes de presentar la solicitud
- El recién nacido está empadronado por primera vez en el mismo municipio y domicilio que los beneficiarios
- Estás al corriente de las obligaciones fiscales municipales durante todo el año anterior al nacimiento o adopción
- En caso de adopción, inscribes al menor en el Padrón en el mes siguiente a la resolución judicial
- Para cobrar el segundo y el tercer tramo, el niño debe estar matriculado y permanecer en la Escuela Infantil Peraluna
Segundo tramo (250€): matriculación en el aula mixta de 0 a 1 años antes del noveno mes de vida y justificación del primer tramo. Tercer tramo (250€): permanencia en el aula mixta de 1 a 2 años desde que el niño cumple un año, justificando los tramos anteriores con facturas.
- Obligaciones
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- Permanece empadronado en el municipio, junto con el recién nacido o adoptado, al menos los dos años posteriores al nacimiento o adopción
- Destina la ayuda a productos específicos para el bebé (alimentos, higiene, ropa, cuna, biberones, silla de coche, carricoche)
- Justifica la ayuda ante el Ayuntamiento en los tres meses siguientes a recibirla, con facturas de los productos comprados y justificantes de pago
- Comunica al Ayuntamiento cualquier circunstancia que modifique los requisitos para obtener la subvención
- Devuelve la subvención, con los intereses correspondientes, si incumples los requisitos de concesión o se detecta falsedad
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Has tenido un hijo o has formalizado una adopción recientemente
- Resides en Perales del Puerto desde hace al menos un año
- Eres progenitor casado, pareja de hecho o familia monoparental
- Has adoptado a un niño de hasta 5 años
- Piensas matricular a tu hijo en la Escuela Infantil Peraluna
- No resides en Perales del Puerto o llevas menos de un año empadronado
- Estás privado total o parcialmente de la patria potestad de tus hijos
- La tutela del menor la ha asumido una institución pública
- No estás al corriente de las obligaciones fiscales municipales del año anterior
Cuánto puedes recibir
Puedes recibir hasta 1.000€ por cada nacimiento o adopción, repartidos durante los dos primeros años de vida del niño. Cobras 500€ con el nacimiento o la adopción, 250€ más si matriculas al niño en la Escuela Infantil Peraluna antes de que cumpla nueve meses, y otros 250€ si permanece en ella desde que cumple un año. La ayuda debe gastarse en productos para el bebé y justificarse con facturas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Cumplimenta el modelo de solicitud que figura como anexo de la convocatoria, dirigido al Alcalde
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Reúne la documentación: certificado de nacimiento o resolución judicial de adopción, DNI y certificado de titularidad bancaria
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento en los dos meses siguientes al nacimiento o la adopción
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses
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Solicita el segundo y el tercer tramo cuando se cumplan las condiciones de matriculación en la Escuela Infantil, justificando los tramos anteriores con facturas
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud cumplimentado (anexo de la convocatoria)
- Certificado de nacimiento del recién nacido expedido por el Registro Civil (en nacimientos)
- Copia de la resolución judicial (en adopciones)
- Fotocopia compulsada o copia auténtica del DNI del solicitante
- Certificado de titularidad bancaria del solicitante
- Facturas justificativas de los productos para el bebé y justificación de su pago (para el segundo y tercer tramo)