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Ayudas Claras
Subvenciones Illes Balears Transporte
Transporte Illes Balears Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda al transporte de mercancías en Illes Balears

Cuantía fija por vehículo de transporte de mercancías domiciliado en Baleares.

Lo que significa

Qué es
Ayuda directa de la Dirección General de Movilidad balear para compensar el mayor coste del combustible en el transporte de mercancías.
Para quién
Personas físicas titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías domiciliadas en las Illes Balears.
Cuánto
Cuantía fija por cada vehículo según su tonelaje (masa máxima autorizada) y la isla donde esté domiciliado: entre 1.000 € (hasta 3,5 t, en Mallorca) y 2.200 € (más de 12 t, en Formentera). El total es la suma de lo que corresponde a todos tus vehículos, con un máximo de 16.500 € por solicitante.
Qué cubre
Compensación del incremento del coste del combustible en tu actividad de transporte de mercancías
Requisitos
  • Eres persona física titular de una autorización en vigor de transporte público de mercancías
  • Tu autorización está domiciliada en las Illes Balears
  • Los vehículos para los que pides la ayuda están adscritos a la autorización a tu nombre
  • Tus vehículos están domiciliados en un municipio de las Illes Balears
  • Tus vehículos no son eléctricos de batería, de célula de combustible ni de combustión de hidrógeno
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza todos los trámites, la justificación y la comprobación exclusivamente por vía telemática
  • Aporta la documentación que te requiera la Dirección General de Movilidad en un máximo de diez días
  • Atiende los requerimientos de comprobación hasta cuatro años después de presentar la justificación
  • Devuelve total o parcialmente la ayuda, con intereses de demora, si incumples las condiciones
Cuándo
  • Abre: 9 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 29 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres persona física titular de una autorización de transporte público de mercancías
  • Tu autorización está en vigor y domiciliada en las Illes Balears
  • Los vehículos para los que pides la ayuda están adscritos a esa autorización a tu nombre
  • Tus vehículos están domiciliados en un municipio de las Illes Balears
  • Eres una sociedad o entidad: esta convocatoria es para personas físicas
  • Tus vehículos son eléctricos de batería, de célula de combustible o de combustión de hidrógeno
  • Tu autorización de transporte está domiciliada fuera de las Illes Balears
  • Has sido sancionado o condenado en firme por prácticas discriminatorias

Cuánto puedes recibir

Recibes una cuantía fija por cada vehículo declarado, según la tipología de la autorización (MDP o MDL), el tonelaje del vehículo (masa máxima autorizada) y la isla en la que esté domiciliado. Los importes por vehículo van de 1.000 € (vehículo de hasta 3,5 t domiciliado en Mallorca) a 2.200 € (vehículo de más de 12 t domiciliado en Formentera); por la doble insularidad, Menorca y Eivissa tienen importes algo superiores a los de Mallorca, y Formentera, por la triple insularidad, los más altos. El importe total de tu ayuda es la suma de lo que corresponde a cada vehículo, con un máximo de 16.500 € por solicitante. Las ayudas se conceden por riguroso orden de entrada hasta agotar el crédito de la convocatoria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Presenta la solicitud firmada electrónicamente mediante el trámite específico de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

  2. Adjunta las declaraciones responsables que exige la convocatoria

  3. Subsana los errores o aporta los documentos que falten en cinco días hábiles si te lo requieren

  4. Presenta alegaciones a la propuesta de resolución en un máximo de cinco días si no estás de acuerdo

Documentación necesaria

  • Solicitud firmada electrónicamente, disponible en el procedimiento habilitado de la sede electrónica
  • Declaración responsable de que cumples los requisitos y condiciones de la convocatoria
  • Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones
  • Declaración responsable de no haber sido sancionado ni condenado en firme por prácticas discriminatorias
  • Declaración responsable del compromiso de cumplir las obligaciones de los beneficiarios
  • Declaración de las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio en curso

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No, solo se admite una solicitud por beneficiario. Si presentas una nueva tienes que renunciar expresamente a la anterior; si no lo haces, solo cuenta la primera registrada.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras ayudas, subvenciones o ingresos para la misma finalidad de cualquier administración o entidad, siempre que se respeten los límites de la normativa europea y no se supere el coste de la actividad.
¿Cómo se decide a quién se concede la ayuda?
Por riguroso orden de entrada de las solicitudes completas, sin comparación entre ellas, hasta agotar el crédito de la convocatoria.
¿Qué pasa si el crédito se agota antes de que acabe el plazo?
Se suspende la concesión de las ayudas mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
¿Cuánto tardan en responderme?
La resolución expresa puede tardar hasta cinco meses desde la entrada de tu solicitud completa en el registro del órgano competente.

Fuentes oficiales

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