Ayuda al transporte de mercancías en Illes Balears
Cuantía fija por vehículo de transporte de mercancías domiciliado en Baleares.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda directa de la Dirección General de Movilidad balear para compensar el mayor coste del combustible en el transporte de mercancías.
- Para quién
- Personas físicas titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías domiciliadas en las Illes Balears.
- Cuánto
- Cuantía fija por cada vehículo según su tonelaje (masa máxima autorizada) y la isla donde esté domiciliado: entre 1.000 € (hasta 3,5 t, en Mallorca) y 2.200 € (más de 12 t, en Formentera). El total es la suma de lo que corresponde a todos tus vehículos, con un máximo de 16.500 € por solicitante.
- Qué cubre
- Compensación del incremento del coste del combustible en tu actividad de transporte de mercancías
- Requisitos
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- Eres persona física titular de una autorización en vigor de transporte público de mercancías
- Tu autorización está domiciliada en las Illes Balears
- Los vehículos para los que pides la ayuda están adscritos a la autorización a tu nombre
- Tus vehículos están domiciliados en un municipio de las Illes Balears
- Tus vehículos no son eléctricos de batería, de célula de combustible ni de combustión de hidrógeno
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza todos los trámites, la justificación y la comprobación exclusivamente por vía telemática
- Aporta la documentación que te requiera la Dirección General de Movilidad en un máximo de diez días
- Atiende los requerimientos de comprobación hasta cuatro años después de presentar la justificación
- Devuelve total o parcialmente la ayuda, con intereses de demora, si incumples las condiciones
- Cuándo
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- Abre: 9 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 29 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres persona física titular de una autorización de transporte público de mercancías
- Tu autorización está en vigor y domiciliada en las Illes Balears
- Los vehículos para los que pides la ayuda están adscritos a esa autorización a tu nombre
- Tus vehículos están domiciliados en un municipio de las Illes Balears
- Eres una sociedad o entidad: esta convocatoria es para personas físicas
- Tus vehículos son eléctricos de batería, de célula de combustible o de combustión de hidrógeno
- Tu autorización de transporte está domiciliada fuera de las Illes Balears
- Has sido sancionado o condenado en firme por prácticas discriminatorias
Cuánto puedes recibir
Recibes una cuantía fija por cada vehículo declarado, según la tipología de la autorización (MDP o MDL), el tonelaje del vehículo (masa máxima autorizada) y la isla en la que esté domiciliado. Los importes por vehículo van de 1.000 € (vehículo de hasta 3,5 t domiciliado en Mallorca) a 2.200 € (vehículo de más de 12 t domiciliado en Formentera); por la doble insularidad, Menorca y Eivissa tienen importes algo superiores a los de Mallorca, y Formentera, por la triple insularidad, los más altos. El importe total de tu ayuda es la suma de lo que corresponde a cada vehículo, con un máximo de 16.500 € por solicitante. Las ayudas se conceden por riguroso orden de entrada hasta agotar el crédito de la convocatoria.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente mediante el trámite específico de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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Adjunta las declaraciones responsables que exige la convocatoria
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Subsana los errores o aporta los documentos que falten en cinco días hábiles si te lo requieren
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Presenta alegaciones a la propuesta de resolución en un máximo de cinco días si no estás de acuerdo
Documentación necesaria
- Solicitud firmada electrónicamente, disponible en el procedimiento habilitado de la sede electrónica
- Declaración responsable de que cumples los requisitos y condiciones de la convocatoria
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones
- Declaración responsable de no haber sido sancionado ni condenado en firme por prácticas discriminatorias
- Declaración responsable del compromiso de cumplir las obligaciones de los beneficiarios
- Declaración de las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio en curso