Ayuda al transporte privado de mercancías en Baleares
Cuantía fija por vehículo para compensar el coste del combustible en Baleares
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda por concurrencia no competitiva de las Illes Balears para compensar el mayor coste del combustible en el transporte de mercancías
- Para quién
- Micro, pequeñas y medianas empresas que realizan transporte privado complementario de mercancías en las Illes Balears
- Cuánto
- Cuantía fija por cada vehículo, según su tonelaje y la isla de domiciliación: 525 € (Mallorca), 551 € (Menorca o Ibiza) o 580 € (Formentera) para vehículos de hasta 3,5 toneladas; y 685 €, 720 € o 755 €, respectivamente, para los de más de 3,5 toneladas. El importe máximo por solicitante es de 25.000 €
- Qué cubre
- Compensación del incremento del coste del combustible en tu actividad de transporte de mercancías
- Requisitos
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- Tu empresa es una persona jurídica y cumple los requisitos de PIME (micro, pequeña o mediana empresa)
- Estás dado de alta en la división 46 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, excepto de vehículos de motor y motocicletas
- Desarrollas tu actividad en el territorio de las Illes Balears
- Efectúas transporte privado complementario de mercancías con el vehículo o vehículos para los que pides la ayuda
- Los vehículos están domiciliados en un municipio de las Illes Balears
- Los vehículos no son eléctricos de cero emisiones de batería, de célula de combustible ni de combustión de hidrógeno
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta la documentación justificativa de la ayuda para que la Administración pueda hacer las comprobaciones
- Participa en las actuaciones de justificación y comprobación exclusivamente por vía telemática, en la sede electrónica
- Aporta la documentación que te requieran durante las comprobaciones en el plazo máximo de diez días
- Colabora con las comprobaciones de la Administración hasta cuatro años después de presentar la justificación
- Devuelve total o parcialmente la ayuda con intereses de demora si incumples las condiciones
- Cuándo
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- Abre: 13 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu empresa es una micro, pequeña o mediana empresa con personalidad jurídica
- Tu empresa está dada de alta en la división 46 de la CNAE
- Realizas transporte privado complementario de mercancías con tus vehículos
- Tu actividad se desarrolla en las Illes Balears
- Los vehículos están domiciliados en un municipio de las Illes Balears
- Eres persona física, no una empresa con personalidad jurídica
- Tu empresa no es micro, pequeña o mediana empresa
- Tu actividad no está dada de alta en la división 46 de la CNAE
- Tus vehículos son eléctricos de batería, de célula de combustible o de combustión de hidrógeno
- Tus vehículos no están domiciliados en las Illes Balears
Cuánto puedes recibir
Recibes una cuantía fija por cada vehículo, en función de su tonelaje (masa máxima autorizada) y de la isla donde esté domiciliado. Para vehículos de hasta 3,5 toneladas: 525 € en Mallorca, 551 € en Menorca o Ibiza y 580 € en Formentera. Para vehículos de más de 3,5 toneladas: 685 € en Mallorca, 720 € en Menorca o Ibiza y 755 € en Formentera. El importe total es la suma de lo que corresponde a cada vehículo declarado, con un máximo de 25.000 € por solicitante. El pago es anticipado: cobras el 100 % de la ayuda concedida sin necesidad de garantía, tras presentar una declaración responsable de que cumples los requisitos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Presenta la solicitud con el modelo normalizado en el trámite telemático de la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
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Adjunta la declaración responsable de que cumples los requisitos y condiciones de la ayuda
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Subsana los errores o aporta los documentos que falten en cinco días hábiles si te lo requieren
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Presenta alegaciones a la propuesta de resolución en un máximo de cinco días si no estás de acuerdo
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Aporta la documentación justificativa de la ayuda tras la concesión
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo normalizado de la sede electrónica
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos y condiciones para obtener la ayuda