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Ayudas Claras
Subvenciones Menorca Cultura
Cultura Menorca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para mejorar instalaciones deportivas en Menorca

Hasta 80.000€ por entidad deportiva para mejorar instalaciones en Menorca

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Consell de Menorca para mejorar instalaciones deportivas gestionadas por entidades sin ánimo de lucro
Para quién
Entidades deportivas sin ánimo de lucro de Menorca que gestionan instalaciones deportivas públicas o privadas
Cuánto
Hasta 80.000€ por entidad, tanto en la línea de instalaciones de titularidad privada como en la de titularidad pública
Qué cubre
  • Inversiones para mejorar espacios deportivos, como los terrenos de juego
  • Espacios complementarios: zonas de paso, baños, vestuarios para jugadores y árbitros, y gradas
  • Gastos de inversión ejecutados entre el 1 de agosto de 2025 y el 15 de noviembre de 2026
Requisitos
  • Tu entidad deportiva sin ánimo de lucro está legalmente constituida e inscrita en el Registro de entidades deportivas de las Illes Balears
  • Tu entidad tiene una antigüedad mínima desde el inicio de la temporada objeto de la ayuda
  • La actividad de tu entidad promueve la práctica del deporte, la formación deportiva y la participación en competiciones oficiales
  • Desarrollas la actividad deportiva en una instalación situada en la isla de Menorca
  • Tu entidad es propietaria de la instalación o tiene el derecho de uso exclusivo o preferente por contrato o convenio de cesión
  • Cuentas con la autorización del titular de la instalación y, si corresponde, con las licencias municipales para la inversión
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica la aceptación de la subvención; se entiende aceptada tácitamente pasados 15 días hábiles desde la notificación de la concesión
  • Realiza las actividades que fundamentan la ayuda y justifícalas en los plazos y condiciones establecidos
  • Justifica los gastos mediante la relación de los datos de las facturas de las acciones realizadas
  • Comunica al Consell Insular de Menorca la solicitud u obtención de otras subvenciones con la misma finalidad
  • Haz constar el apoyo del Consell Insular de Menorca e incluye los logotipos del Consell y de su área de Deportes en toda la publicidad
  • Sométete a las actuaciones de comprobación del Consell Insular de Menorca y demás organismos de fiscalización de las cuentas públicas
Cuándo
  • Abre: 15 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 13 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Gestionas una entidad deportiva sin ánimo de lucro con domicilio en Menorca
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de entidades deportivas de las Illes Balears
  • Tu entidad gestiona una instalación deportiva situada en Menorca
  • Vas a invertir en mejorar la instalación deportiva que gestiona tu entidad
  • Tienes la autorización del titular de la instalación para hacer la inversión
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro de entidades deportivas balear
  • La instalación deportiva no está en Menorca
  • Tus gastos son anteriores al 1 de agosto de 2025 o posteriores al 15 de noviembre de 2026
  • Tu entidad fue sancionada o condenada en los últimos 3 años por prácticas laborales discriminatorias por sexo o género

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta 80.000€ por entidad, tanto si la instalación que gestionas es de titularidad privada como pública. La ayuda, sola o sumada a otras, no puede superar el coste de la actividad subvencionada, y si las solicitudes superan el máximo previsto en una línea, el importe asignado a cada entidad se reduce de forma proporcional. Por norma general, la ayuda se abona cuando hayas justificado la realización de la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación administrativa general y la memoria de actuaciones con el presupuesto detallado

  2. Presenta la solicitud por medios electrónicos en el registro electrónico del Consell Insular de Menorca dentro del plazo

  3. Corrige la solicitud en 10 días hábiles si el Consell te requiere subsanarla

  4. Espera la resolución: el plazo máximo para dictarla y notificarla es de 6 meses desde que acaba el plazo de solicitudes

  5. Justifica los gastos con la relación de las facturas de las acciones realizadas

Documentación necesaria

  • Copia de la escritura de constitución o modificación, de los estatutos o del reglamento interno, inscritos en el registro correspondiente
  • Copia del documento de identificación fiscal de la entidad (NIF), solo si la solicitud no la presenta el representante legal
  • Declaración responsable firmada por el representante legal (Anexo I)
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria (Anexo II)
  • Acreditación de la representación (Anexo III), si la solicitud no la presenta la presidencia de la entidad
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Memoria de actuaciones y presupuesto detallado por partidas
  • Acreditación de la titularidad de la instalación o del derecho de uso exclusivo o preferente
  • Autorización del titular de la instalación para la inversión y compromiso de destino del espacio deportivo

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir esta ayuda si ya tengo otras subvenciones?
Sí, es compatible con otras ayudas, pero debes comunicarlo al Consell Insular de Menorca. La suma de todas las ayudas no puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si no justifico los gastos o lo hago fuera de plazo?
Es causa de reintegro: tendrás que devolver las cantidades percibidas con el interés de demora. El porcentaje de devolución será proporcional al grado de incumplimiento.
¿Cuándo sabré si me han concedido la ayuda?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde que acaba el plazo de presentación de solicitudes. Si no hay respuesta, se entiende desestimada.
¿Qué ocurre si el gasto final no coincide con el importe concedido?
Si el gasto justificado es inferior al importe concedido, la subvención se reduce proporcionalmente. Si gastas más de lo concedido, la desviación corre a tu cargo.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
La presentación es por medios electrónicos en el registro electrónico del Consell Insular de Menorca. Si un sujeto obligado la presenta presencialmente, se le pedirá subsanarla por vía electrónica y contará la fecha de esa subsanación.

Fuentes oficiales

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