Subvenciones para asociaciones de comerciantes en Cantabria
Hasta el 75% del coste, con un tope de 20.000€ o 15.000€ según el tipo de entidad.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de Cantabria para campañas de animación y promoción comercial.
- Para quién
- Asociaciones de comerciantes, sus federaciones y confederaciones, y cooperativas de detallistas.
- Cuánto
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- Hasta el 75% del coste, con un tope máximo por entidad según su tipo.
La subvención cubre hasta el 75% del coste de las campañas de animación y promoción comercial y de las jornadas, seminarios o cursos.Tipo de entidad Importe máximo Federaciones y confederaciones (sección tercera del registro) 20.000€ Asociaciones (secciones primera y segunda) y cooperativas de detallistas 15.000€
- Hasta el 75% del coste, con un tope máximo por entidad según su tipo.
- Qué cubre
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- Campañas de animación y promoción comercial
- Jornadas, seminarios y cursos
- Gastos publicitarios de las campañas subvencionadas
Solo son subvencionables si se refieren a una campaña de animación y promoción ya subvencionada, y la subvención por estos gastos se limita a un máximo del 30% del importe de la campaña.
- Requisitos
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- Eres una asociación de comerciantes, federación o confederación inscrita en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria
- Si eres cooperativa de detallistas, tienes domicilio social en Cantabria y estás inscrita en los registros correspondientes
- Estás inscrita en el registro antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes
- Tu proyecto guarda relación con tu ámbito territorial y sectorial de actuación y representación
- Presentas una sola solicitud por entidad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actividades subvencionadas entre el 16 de julio de 2025 y el 15 de julio de 2026
- Justifica los gastos con las facturas y sus justificantes de pago
- Da publicidad de la subvención en tus materiales y carteles, incluyendo el logotipo de la Dirección General de Comercio y Consumo
- Presenta una memoria de las actividades de divulgación en los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión
- Publica en tu página web la información de la ayuda recibida (concedente, finalidad, importe y porcentaje sobre el coste)
- Devuelve la ayuda si incumples la finalidad, falseas datos o no justificas los gastos
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de comerciantes inscrita en el registro de Cantabria
- Formas parte de una federación o confederación de comerciantes de Cantabria
- Eres una cooperativa de detallistas con domicilio social en Cantabria
- Has realizado campañas de animación y promoción comercial en el último año
- Organizas jornadas, seminarios o cursos para dinamizar tu comercio
- No estás inscrita en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria
- Tu cooperativa de detallistas no tiene domicilio social en Cantabria
- Solo quieres financiar gastos de patrocinio de actividades de otras entidades
- El gasto que buscas cubrir es la compra de bienes usados
- Tu proyecto no guarda relación con tu ámbito de actuación y representación
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta el 75% del coste de tus campañas de animación y promoción comercial y de las jornadas, seminarios o cursos. El importe máximo por entidad es de 20.000€ si eres una federación o confederación inscrita en la sección tercera del registro, y de 15.000€ si eres una asociación de las secciones primera o segunda o una cooperativa de detallistas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: solicitud (Anexo I), memoria de las actuaciones, facturas y cuenta justificativa (Anexo II)
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Cumplimenta y firma electrónicamente el modelo oficial de solicitud a través de tu representante legal
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Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General del Gobierno de Cantabria dentro de los 15 días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo oficial (Anexo I), firmada electrónicamente por el representante legal
- Memoria de cada actuación con la descripción de las campañas de animación y promoción comercial, jornadas, seminarios o cursos
- Declaración responsable de no haber solicitado o recibido otras ayudas para el mismo proyecto (Anexo I)
- Declaración responsable de no estar incurso en causas de incompatibilidad o prohibición (Anexo I)
- Declaración responsable del número de cooperativistas a 31 de diciembre de 2024 (Anexo I)
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- Facturas justificativas de las actuaciones
- Cuenta justificativa con la relación de facturas (Anexo II)
- Para cooperativas: escritura de constitución e inscripción en el Registro de Cooperativas