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Prestaciones Málaga Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de Fuengirola por inflación: IBI, vehículos y basura

Subvención para empadronados en Fuengirola sobre el IBI, los vehículos y la basura.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Fuengirola para compensar el IBI, el impuesto de vehículos y la tasa de basura.
Para quién
Personas físicas empadronadas en Fuengirola.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • La cuota del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)
  • La cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
  • La tasa por gestión medioambiental de residuos
Requisitos
  • Estar empadronado en Fuengirola a 31 de diciembre del año anterior y mantenerlo hasta la concesión
  • Ser sujeto pasivo del IBI, del impuesto de vehículos o de la tasa de residuos del municipio
  • Estar al corriente del pago de todas tus obligaciones tributarias con la Hacienda local
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén tu empadronamiento en Fuengirola hasta la concesión y el abono de la ayuda
  • Sigue al corriente del pago de tus obligaciones tributarias con la Hacienda local
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 15 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Fuengirola desde el 31 de diciembre de 2025
  • Eres titular del IBI, del impuesto de vehículos o de la tasa de basura
  • Estás al corriente del pago de tus tributos con la Hacienda local
  • No estás empadronado en Fuengirola a 31 de diciembre de 2025
  • No pagas el IBI, el impuesto de vehículos ni la tasa de residuos del municipio
  • Tienes deudas pendientes con la Hacienda municipal de Fuengirola
  • El titular de los tributos falleció antes de la concesión de la ayuda

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no especifica el importe que recibe cada solicitante; consulta directamente con la administración. Cuando la ayuda corresponde a liquidaciones ya pagadas en el ejercicio, se abona en diciembre mediante transferencia bancaria; cuando se trata de recibos cobrados por padrón, se compensa con el segundo plazo del recibo.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que estás empadronado en Fuengirola a 31 de diciembre y al corriente de tus tributos locales

  2. No presentes solicitud: se da por presentada de oficio para todas las personas físicas empadronadas en Fuengirola

  3. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un plazo máximo de seis meses

  4. Recibe el abono en diciembre por transferencia bancaria o como compensación en el segundo plazo del recibo

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar una solicitud para recibir la ayuda?
No. El procedimiento se inicia de oficio y la solicitud se da por presentada para todas las personas físicas empadronadas en Fuengirola a 31 de diciembre de 2025.
¿Tengo que justificar en qué gasto la ayuda?
No. La convocatoria no exige ninguna justificación adicional de la aplicación de la subvención.
¿Qué pasa si no estoy al corriente de mis tributos municipales?
No podrás beneficiarte. Uno de los requisitos es estar al corriente del pago de todas tus obligaciones tributarias con la Hacienda local.
¿Qué ocurre si no me resuelven en el plazo previsto?
El plazo máximo de resolución es de seis meses. Si transcurre sin notificación, tu solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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