Ayudas para construir con madera estructural en Galicia
Subvenciones para proyectos y obras con madera estructural en Galicia
Lo que significa
- Qué es
- Subvención de la Agencia Gallega de la Industria Forestal para redactar proyectos y ejecutar obras que usen madera estructural.
- Para quién
- Pymes, autónomos, comunidades de montes, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro de Galicia, y personas físicas residentes.
- Cuánto
- El 50% del coste subvencionable, ampliable hasta el 70% si te comprometes a usar madera de montes gallegos certificada (PEFC o FSC) o con la marca «Pino de Galicia». El importe máximo depende de la línea: 35.000€ en proyectos de vivienda colectiva o negocio y 10.000€ en proyectos de vivienda unifamiliar; 35.000€ en obras de vivienda colectiva o negocio y 20.000€ en obras de vivienda unifamiliar. Estos topes pueden incrementarse en supuestos como edificación en altura, uso residencial colectivo o promociones singulares.
- Qué cubre
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- Redacción de proyectos de construcción, rehabilitación o reforma con madera como elemento estructural
- Ejecución de obras que emplean productos de madera como elementos estructurales en la edificación
- Requisitos
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- Tienes domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, o resides en Galicia si eres persona física
- El proyecto o la obra se ejecuta dentro del territorio de Galicia
- Los productos de madera estructural suponen al menos el 20% del presupuesto de ejecución material
- En las líneas de obra, la inversión subvencionable es de al menos 25.000€
- El proyecto de ejecución está firmado por técnico competente y visado por el colegio profesional
- Si eres una comunidad de montes, estás inscrita en el Registro Provincial correspondiente
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto o la obra que fundamenta la concesión de la ayuda
- Realiza la estructura, total o parcialmente, empleando productos de madera
- Justifica ante la Agencia el cumplimiento de los requisitos y la ejecución de la actividad
- Finaliza la obra en un plazo máximo de 30 meses desde la fecha límite de justificación de la segunda anualidad
- Da publicidad a la financiación de la inversión subvencionada
- Mantén las inversiones subvencionadas durante cinco años y comunica otras ayudas que financien la misma actividad
- Cuándo
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- Abre: 30 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 27 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una pyme o autónomo con domicilio o centro de trabajo en Galicia
- Eres una persona física que reside en Galicia
- Formas parte de una comunidad de montes vecinales en mano común de Galicia
- Eres una cooperativa, asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro que actúa en Galicia
- Vas a redactar un proyecto de construcción con madera como elemento estructural
- Vas a ejecutar una obra que emplea productos de madera como elementos estructurales
- Tu empresa está en situación de crisis según la normativa europea
- Tu empresa está inmersa en un proceso de concurso de acreedores
- El proyecto o la obra no se ejecuta dentro de Galicia
- Los productos de madera suponen menos del 20% del presupuesto de ejecución
- En las líneas de obra, tu inversión subvencionable es inferior a 25.000€
- Renunciaste a esta ayuda y estás excluido en las dos convocatorias siguientes
Cuánto puedes recibir
La ayuda es un porcentaje del coste subvencionable: la intensidad máxima es del 50%, que puede subir hasta el 70% si te comprometes a que al menos un 10% de los productos de madera procedan de montes gallegos gestionados de forma sostenible (certificado PEFC o FSC) o dispongan de la marca «Pino de Galicia». El importe máximo de la subvención varía por línea: 35.000€ en la línea 1.1 (proyectos de vivienda colectiva o de negocio) y 10.000€ en la línea 1.2 (proyectos de vivienda unifamiliar); 35.000€ en la línea 2.1 (obras de vivienda colectiva o de negocio) y 20.000€ en la línea 2.2 (obras de vivienda unifamiliar). Estos topes pueden incrementarse, por ejemplo, por edificación en altura, uso residencial colectivo o promociones singulares. Las ayudas se conceden en régimen de minimis y, en las líneas de obra, exigen una inversión subvencionable de al menos 25.000€.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación y las declaraciones responsables (anexos I a IV según la línea)
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Presenta como máximo una solicitud por línea en la sede electrónica de la Xunta de Galicia o de forma presencial
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Atiende, si te lo requieren, la subsanación de la solicitud en el plazo de diez días hábiles
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Espera la resolución de concesión dictada por la Agencia
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Justifica la ejecución de las actuaciones en los plazos establecidos
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda (Anexo I, II, III o IV según la línea)
- Declaración responsable de las ayudas solicitadas y concedidas para la misma finalidad
- Declaración de la condición de pyme (Anexos VI.1, VI.2 y VI.3)
- Contratos, presupuestos o facturas pro forma de las inversiones previstas
- Documentación acreditativa de la representación de quien firma la solicitud
- Escrituras de constitución y el impuesto de sociedades del último ejercicio, en el caso de sociedades
- Certificación censal de actividades económicas, en el caso de personas autónomas
- Estatutos sociales, en el caso de asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro