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Ayudas Claras
Ayudas Comunidad de Madrid Servicios sociales
Servicios sociales Comunidad de Madrid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Respiro familiar para cuidadores en Villaviciosa de Odón

Ayuda para cuidadores no profesionales: hasta 48 horas o 10 días de respiro al año

Lo que significa

Qué es
Ayuda directa del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón para el respiro de cuidadores no profesionales
Para quién
Personas cuidadoras habituales no profesionales que atienden en su domicilio a un familiar dependiente o con discapacidad
Cuánto
  • Cubre servicios de respiro con topes máximos por hora y por día, según la modalidad
    ServicioLímite anualCoste máximo
    Asistencia domiciliaria48 horas al año por persona atendida18€/hora o 100€/día completo
    Centro sociosanitario: residencial o alojamiento10 días al año por persona atendida70€/día
    Centro sociosanitario: servicio de día o nocturno10 días al año por persona atendida40€/día
    En ningún caso la ayuda puede superar, sola o junto con otras ayudas, el coste total del servicio.
Qué cubre
  • Acompañamiento y asistencia a domicilio (hasta 48 horas al año por persona atendida)
  • Estancia temporal en centro residencial o de alojamiento sociosanitario (hasta 10 días al año)
  • Servicio de centro de día o nocturno acreditado
Requisitos
  • Eres cuidador habitual no profesional y atiendes de forma continuada a la persona en su domicilio
  • La persona atendida está empadronada en Villaviciosa de Odón
  • La persona atendida tiene reconocido un grado de discapacidad y/o dependencia suficiente

    Discapacidad igual o superior al 33% y dependencia grado I, II o III, siempre que no disponga de plaza pública en servicio de atención residencial ni de prestación económica vinculada a dicho servicio; o bien discapacidad igual o superior al 75% aunque no tenga reconocido un grado de dependencia.

  • Acreditas ante los Servicios Sociales municipales la necesidad del respiro familiar
  • Estás al corriente de tus obligaciones con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento
  • La necesidad de respiro se ha producido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple el objeto de la ayuda en la forma y plazos establecidos
  • Justifica el destino de la ayuda ante los Servicios Sociales, en el plazo de un mes desde la ejecución del gasto y mediante factura
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento
  • Comunica cualquier cambio en tus condiciones o la obtención de otras ayudas para la misma finalidad
  • Devuelve los fondos recibidos si incurres en una causa de reintegro
  • Mantén al día tus obligaciones fiscales, tributarias y con la Seguridad Social
Cuándo
  • Abre: 23 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 6 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres cuidador habitual no profesional de una persona dependiente o con discapacidad
  • Atiendes de forma continuada a esa persona en su domicilio
  • La persona atendida está empadronada en Villaviciosa de Odón
  • La persona atendida tiene al menos un 33% de discapacidad y dependencia grado I, II o III
  • La persona atendida tiene al menos un 75% de discapacidad
  • Necesitas un descanso puntual del cuidado durante 2026
  • La persona atendida no está empadronada en Villaviciosa de Odón
  • La persona atendida accede por la vía del 33% de discapacidad con grado de dependencia I, II o III, pero dispone de plaza pública en un servicio de atención residencial o de una prestación económica vinculada a dicho servicio
  • No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Lo que recibes depende del servicio de respiro que utilices. Si es asistencia a domicilio, se cubren hasta 48 horas al año por persona atendida, con un máximo de 18€ por hora o 100€ por día completo. Si es un centro sociosanitario externo, se cubren hasta 10 días al año, con un máximo de 70€ al día en régimen residencial o de alojamiento y 40€ al día en servicio de día o nocturno. La ayuda nunca supera el coste total del servicio. El pago se hace por transferencia bancaria en un solo pago tras la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida: solicitud, DNI o NIE, empadronamiento, certificado de discapacidad y demás anexos

  2. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios administrativos previstos, dentro de los 15 días naturales

  3. Espera la relación provisional de admitidos y excluidos y, si te lo requieren, subsana en un plazo de diez días hábiles

  4. Recibe la resolución de concesión, que se dicta en un plazo máximo de tres meses desde la solicitud

  5. Justifica el gasto en el plazo de un mes desde su ejecución, mediante factura

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros computables de la unidad familiar
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico
  • Certificado de calificación de discapacidad expedido por el organismo competente, con el baremo de movilidad
  • Presupuesto del coste del respiro en centro sociosanitario externo, cuando proceda
  • Declaración de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones (Anexo II)
  • Justificante de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el Ayuntamiento
  • Ficha de terceros con la cuenta bancaria donde recibir el ingreso (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reparten las ayudas si hay muchas solicitudes?
Se conceden a todos los solicitantes que cumplan los requisitos, siguiendo el orden de entrada en el registro y hasta agotar el presupuesto disponible.
¿Puedo pedirla si la persona a la que cuido no vive en Villaviciosa de Odón?
No. La persona atendida debe estar empadronada en Villaviciosa de Odón.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo máximo de resolución y notificación es de tres meses desde la presentación de la solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas?
La ayuda no puede superar, sola o junto con otras ayudas, el coste total del servicio. Debes comunicar al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que obtengas para la misma finalidad.
¿Qué pasa si a mi solicitud le falta documentación?
Se te requerirá para subsanar las deficiencias en un plazo de diez días hábiles; si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.

Fuentes oficiales

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