Ayudas de conciliación a familias trabajadoras en Asturias
Hasta 400€ por hijo (máximo 1.200€ por familia) para gastos de cuidado de menores.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de Asturias para compensar gastos de cuidado de menores de hasta 12 años.
- Para quién
- Familias trabajadoras asturianas con niñas o niños de hasta 12 años de edad a su cargo.
- Cuánto
- Hasta 400€ por cada menor a cargo, con un máximo de 1.200€ por unidad familiar.
- Qué cubre
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- Guarderías, jardines de infancia, campamentos, convivencias, ludotecas y actividades extraescolares, incluidas las de refuerzo escolar
- Servicios de cuidado a domicilio
- Contratación de personas empleadas del hogar dedicadas al cuidado de menores
- Requisitos
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- Estás de alta en la Seguridad Social al presentar la solicitud, como trabajador por cuenta propia o ajena
También cumples este requisito si has estado de alta al menos 180 días dentro de los 365 anteriores a la publicación de la convocatoria, o si acreditas una situación de dependencia (grado I, II o III) que exija una persona de apoyo.
- Tienes menores de hasta 12 años de edad a tu cargo
- Resides de forma efectiva en Asturias y estás empadronado con anterioridad al 1 de enero de 2026, igual que los menores a tu cargo
- Los ingresos anuales de tu unidad familiar no superan los 45.000€ según la última declaración de la renta
- Has justificado las ayudas concedidas anteriormente por la comunidad autónoma
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Estás de alta en la Seguridad Social al presentar la solicitud, como trabajador por cuenta propia o ajena
- Obligaciones
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- Justifica los gastos subvencionados antes del 1 de febrero de 2027
- Comunica al órgano concedente si obtienes otras ayudas o ingresos para la misma finalidad
- Comunica cualquier cambio en las circunstancias que se tuvieron en cuenta para concederte la ayuda
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control que realice la administración
- Reintegra los fondos recibidos si incumples las condiciones o no justificas los gastos
- Cuándo
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- Abre: 23 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 5 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Trabajas por cuenta propia o ajena y estás de alta en la Seguridad Social
- Tienes menores de hasta 12 años a tu cargo
- Resides y estás empadronado en Asturias desde antes del 1 de enero de 2026
- Los ingresos anuales de tu unidad familiar no superan los 45.000€
- Has pagado en 2026 servicios de cuidado de menores como guardería, ludoteca o extraescolares
- Los ingresos anuales de tu unidad familiar superan los 45.000€
- No estás empadronado en Asturias con anterioridad al 1 de enero de 2026
- Alguna persona responsable de la familia no está de alta en la Seguridad Social
- Tus gastos de cuidado de menores no superan los 40€ en el año
- Tienes deudas vencidas con la Hacienda del Principado de Asturias
Cuánto puedes recibir
Recibes hasta 400€ por cada niña o niño de hasta 12 años a tu cargo, con un tope máximo de 1.200€ por unidad familiar, sea cual sea el número de menores. La ayuda compensa los gastos de cuidado que tengas durante 2026, que deben superar los 40€ en cómputo anual. El pago se hace en un único ingreso por transferencia bancaria tras la resolución de concesión.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación: empadronamiento, alta en la Seguridad Social, ingresos y justificantes de los gastos de cuidado
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Accede a la sede electrónica del Principado de Asturias y busca la ficha de servicio con el código AYUD0577T01
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Cumplimenta el modelo normalizado indicando el destino de la ayuda, el presupuesto y la cantidad solicitada
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Adjunta la ficha de acreedor del Principado de Asturias con tus datos bancarios
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Firma la solicitud electrónicamente y preséntala por vía telemática dentro del plazo de 10 días hábiles
Documentación necesaria
- Certificado de inscripción en el Registro Civil de los menores de 12 años a cargo
- Volante de empadronamiento histórico colectivo de la unidad familiar y de los menores
- Certificado de estar de alta en la Seguridad Social de las personas responsables
- Declaración de la renta del último ejercicio completo o certificado de ingresos anuales
- Resolución o certificación de la condición de familia monoparental, cuando corresponda
- Ficha de acreedor del Principado de Asturias con los datos bancarios