Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Valencia Comercio y turismo
Comercio y turismo Valencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Emprende y Concilia: ayuda a nuevos autónomos de València

3.000€ fijos para nuevos autónomos en València, con incrementos de 500€

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de València para apoyar el inicio de tu actividad como autónomo.
Para quién
Nuevas personas autónomas de València, empresas, comunidades de bienes y sociedades civiles.
Cuánto
  • Cuantía fija de 3.000€, con posibles incrementos
    ConceptoImporte
    Cuantía fija3.000€
    Incremento por hijos hasta 12 años, familiares dependientes a cargo con parentesco de hasta 1º grado o personal con medidas de conciliación500€
    Incremento por ser menor de 36 años en la fecha de alta como autónomo500€
    Importe adicional por prorrateo si sobra créditoHasta 2.000€
    Solo se aplica uno de los supuestos de conciliación. Si las solicitudes agotan el crédito, la última ayuda concedida puede ser inferior, pero nunca menor de 500€.
Qué cubre
  • Apoyo económico en los inicios de tu actividad económica
  • Refuerzo por conciliación de la vida laboral y familiar
  • Apoyo a las personas jóvenes emprendedoras menores de 36 años
Requisitos
  • Te diste de alta como autónomo entre el 8 de octubre de 2025 y la fecha de tu solicitud
  • Has comenzado tu actividad dándote de alta en el impuesto de actividades económicas
  • No estuviste de alta como autónomo en los 2 meses anteriores a tu alta actual
  • Tu local está en el término municipal de València o, si no tienes local, tu domicilio fiscal

    Si perteneces al sector agrícola, ganadero o pesquero marítimo o continental en el ámbito de la Albufera, este requisito no se aplica. En su lugar debes acreditar, según el caso, una parcela en producción en València inscrita en el registro correspondiente, licencia de pesca en vigor, pertenencia a las comunidades de pescadores de El Palmar, Catarroja o Silla, o una embarcación activa con puerto base en València.

  • Estás empadronado en València con una antigüedad mínima de 5 años contados desde el 1 de enero de 2016
  • Tu plantilla media en los 12 meses anteriores a la solicitud es inferior a 10 personas trabajadoras
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén tu alta como autónomo durante 12 meses ininterrumpidos, hasta el 23 de septiembre de 2027
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero
  • Si no autorizaste la consulta de tu vida laboral, acredita el mantenimiento de la actividad dentro del mes decimotercero
  • Devuelve el dinero recibido si falseas las condiciones o te opones a los controles
  • Cumple las obligaciones de publicidad activa si te resulta aplicable la normativa de transparencia
Cuándo
  • Abre: 3 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Te diste de alta como autónomo desde el 8 de octubre de 2025
  • Desarrollas tu actividad o tienes tu domicilio fiscal en València
  • Estás empadronado en València desde hace al menos 5 años
  • Tu plantilla media es inferior a 10 personas trabajadoras
  • Tienes hijos hasta 12 años o familiares dependientes a tu cargo con parentesco de hasta 1º grado de consanguinidad o afinidad
  • Eras menor de 36 años en la fecha de alta como autónomo
  • Eres una asociación, fundación o entidad sin ánimo de lucro
  • Eres una administración pública, una empresa pública u otro ente público
  • Eres personal autónomo colaborador
  • Tu inicio de actividad genera alta en una mutualidad profesional
  • Estuviste de alta como autónomo en los 2 meses anteriores a tu alta actual
  • Tienes alguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de València

Cuánto puedes recibir

Recibes una cuantía fija de 3.000€ si cumples los requisitos, por orden de presentación de las solicitudes y hasta agotar el crédito. Puedes sumar 500€ por uno solo de estos supuestos: tener hijos hasta 12 años, tener familiares dependientes a tu cargo con parentesco de hasta 1º grado de consanguinidad o afinidad, o acreditar alguna persona trabajadora que disfrute de medidas de conciliación en tu empresa; y otros 500€ si eras menor de 36 años al darte de alta como autónomo. Si sobra crédito, el importe restante se reparte de forma proporcional entre las personas beneficiarias, con un máximo de 2.000€ adicionales por solicitud. El pago se hace de una sola vez por transferencia bancaria a partir de la fecha del acuerdo de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita tu alta como autónomo, tu actividad económica y tu empadronamiento

  2. Rellena y firma el formulario normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del ayuntamiento

  3. Presenta la solicitud únicamente por vía telemática con firma electrónica avanzada, entre el 3 y el 22 de septiembre de 2026

  4. Consulta los listados provisionales que se publican en el tablón de edictos electrónico del ayuntamiento

  5. Si te requieren documentación, subsánala en el plazo de 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado de solicitud con declaración responsable y autorizaciones de consulta
  • NIF en vigor por las dos caras o NIE en vigor con pasaporte, si optas al incremento por ser menor de 36 años
  • Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas (IAE) de la Agencia Tributaria
  • Certificado actualizado de ayudas de minimis emitido en 2026
  • Contrato de constitución registrado, en caso de sociedad civil, comunidad de bienes u otra entidad sin personalidad jurídica
  • Escritura de constitución y estatutos actualizados, en caso de personas jurídicas
  • Acreditación de no estar inscrito como empresario en la Seguridad Social o informe de plantilla media de trabajadores
  • Informe de vida laboral de la persona solicitante o administradora de la entidad
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria indicada en la instancia
  • Libro de familia o certificado de inscripción en el Registro Civil, si tienes hijos hasta 12 años
  • Certificado del grado de dependencia del familiar a tu cargo, si alegas ese supuesto
  • Anexo de medidas de conciliación firmado por ti y por la persona trabajadora que las disfruta
  • Informe de datos para la cotización de trabajadores por cuenta ajena, si alegas medidas de conciliación
  • Anexo de listado de parcelas declaradas y justificante de inscripción en el registro de explotaciones agrícolas o ganaderas, si perteneces a esos sectores
  • Licencia de pesca en vigor y certificados de la comunidad o cofradía de pescadores, si te dedicas a la pesca

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Se puede presentar un máximo de una solicitud por persona física, persona jurídica o entidad.
¿Qué pasa si el crédito se agota antes de llegar a mi solicitud?
Las solicitudes que no puedan atenderse por falta de crédito quedan desestimadas. Si el crédito se agota justo con tu solicitud, el importe puede ser inferior al establecido, pero nunca menor de 500€.
¿Qué ocurre si me doy de baja como autónomo antes de los 12 meses?
Si no alcanzas el 50% del mantenimiento exigido, debes reintegrar toda la subvención. Si superas el 50% pero no llegas al 100%, el reintegro es parcial y proporcional. Si la baja se produce antes del acuerdo de concesión, decae el derecho a la solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con cualquier otra subvención concedida por el Ayuntamiento de València o por otra entidad o institución en 2026, con los límites previstos en la normativa de subvenciones. Al estar sometida al régimen de minimis, no puedes haber recibido ayudas de este tipo por más de 300.000€ en los tres años previos a la solicitud (50.000€ en el sector agrícola y 40.000€ en el pesquero).
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas