Ayudas para eventos de estética y peluquería en Valencia
Subvención del 70% de los gastos de eventos de estética y peluquería, hasta 30.000€.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia de la Generalitat Valenciana para organizar eventos de estética y peluquería en la Comunitat Valenciana.
- Para quién
- Autónomos, pymes y micropymes de estética y peluquería, y asociaciones del sector sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.
- Cuánto
- El 70% de los gastos subvencionables, con un máximo de 30.000€ de subvención por beneficiaria y un mínimo de inversión de 20.000€ por evento.
- Qué cubre
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- Alquiler de espacios, organización, producción y coordinación técnica del evento
- Difusión y promoción, servicios profesionales externos, materiales y suministros para demostraciones
- Gastos de personal y otros conceptos, con límites propios sobre la subvención
Concepto Límite máximo Gastos de personal 50% de la subvención Gastos de restauración 15% de la subvención Gastos indirectos de funcionamiento 10% de la subvención
- Requisitos
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- Eres persona física, pyme o micropyme (o una agrupación) que ejerce la actividad de estética o peluquería en la Comunitat Valenciana
- O eres una asociación de profesionales del sector sin ánimo de lucro con actividad en la Comunitat Valenciana
- Estás dado de alta en el epígrafe del IAE correspondiente (peluquerías y salones de belleza u otros servicios a empresas)
- Organizas un evento de estética y peluquería celebrado en la Comunitat Valenciana
- Alcanzas un mínimo de inversión de 20.000€ por evento
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica los gastos del evento mediante una cuenta justificativa
- Haz constar de forma explícita el apoyo de la Generalitat en la difusión del evento
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control de la subvención
- Devuelve el exceso si el total de ayudas supera el coste de la actividad
- Cuándo
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- Abre: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 26 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un salón de peluquería, barbería o centro de estética en la Comunitat Valenciana
- Eres autónomo o una pyme del sector de la imagen personal
- Organizas un evento de estética y peluquería en la Comunitat Valenciana
- Eres una asociación de profesionales del sector sin ánimo de lucro
- Tu actividad económica está fuera de la Comunitat Valenciana
- El evento no está relacionado con la estética o la peluquería
- La inversión del evento es inferior a 20.000€
- Eres una gran empresa que no encaja en la definición de pyme
Cuánto puedes recibir
Recibes el 70% de los gastos subvencionables del evento, con un máximo de 30.000€ de subvención por beneficiaria. Para acceder, el evento debe suponer una inversión mínima de 20.000€. El pago se realiza por transferencia bancaria una vez comprobada la documentación justificativa.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida y la cuenta justificativa de los gastos del evento
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Completa el modelo de solicitud normalizado disponible en el trámite telemático
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Presenta la solicitud únicamente por vía telemática en la sede electrónica de la Generalitat, con firma digital
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Preséntala entre el 1 y el 26 de octubre de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo normalizado del trámite telemático
- Declaración responsable relativa a los requisitos exigidos
- Cuenta justificativa de los gastos del evento
- Documentación identificativa de la entidad (escritura o estatutos y acreditación de inscripción registral), si eres persona jurídica
- Certificados del IAE y de la relación de trabajadores, salvo que autorices su consulta