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Ayudas Claras
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Servicios sociales Guadalajara Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para pagar el IBI de la vivienda en Guadalajara

Hasta 400€ para pagar el IBI de tu vivienda habitual en Guadalajara

Lo que significa

Qué es
Ayuda económica del Ayuntamiento de Guadalajara para compensar el IBI de la vivienda habitual de personas y familias con pocos recursos
Para quién
Personas y familias propietarias de su vivienda habitual en Guadalajara con recursos económicos limitados
Cuánto
Hasta 400€, sin superar el importe del IBI que hayas pagado por tu vivienda habitual
Qué cubre
La cuota del IBI de tu vivienda habitual efectivamente pagada en 2026 (no cubre intereses, recargos ni sanciones)
Requisitos
  • Ser el sujeto pasivo del IBI de tu vivienda habitual en Guadalajara y estar al corriente con Hacienda, el ayuntamiento y la Seguridad Social
  • Estar empadronado y residir de forma efectiva en Guadalajara al menos los 12 meses anteriores a la solicitud
  • Que los ingresos de tu unidad familiar no superen el 200% del IPREM 2026

    El límite del 200% del IPREM se incrementa un 20% por cada menor de edad económicamente dependiente y por cada miembro de la unidad familiar con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

  • No tener otros inmuebles urbanos distintos de la vivienda habitual (salvo garajes o trasteros vinculados a ella)
  • Que el saldo conjunto de las cuentas y depósitos de la unidad familiar a 31/12/2025 no supere los 12.000€
  • Haber pagado el IBI 2026 de la vivienda habitual en periodo voluntario o antes del fin del plazo de solicitudes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destinar la ayuda exclusivamente a la finalidad para la que se concede
  • Mantener tu residencia habitual en la vivienda durante el procedimiento de concesión
  • Comunicar al ayuntamiento otras ayudas o ingresos obtenidos para la misma finalidad
  • Comunicar cualquier cambio en tus circunstancias personales, familiares, económicas o patrimoniales
  • Facilitar la documentación y someterte a las actuaciones de comprobación y control del ayuntamiento
  • Reintegrar total o parcialmente las cantidades percibidas si incumples las condiciones
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de tu vivienda habitual en Guadalajara y pagas el IBI
  • Llevas al menos 12 meses empadronado y residiendo en Guadalajara
  • Los ingresos de tu unidad familiar no superan el 200% del IPREM
  • Ya has pagado el IBI 2026 de tu vivienda habitual
  • Tienes otros inmuebles urbanos además de tu vivienda habitual (sin contar garaje o trastero vinculados)
  • El saldo de las cuentas de tu unidad familiar a 31/12/2025 supera los 12.000€
  • Los ingresos de tu unidad familiar superan el 200% del IPREM
  • No has pagado el IBI 2026 de tu vivienda habitual

Cuánto puedes recibir

La ayuda cubre parte o la totalidad del IBI que pagaste por tu vivienda habitual en 2026, con un tope de 400€ (o el importe del recibo, si es menor). La cantidad exacta se calcula repartiendo el crédito disponible entre las solicitudes según la puntuación obtenida, que valora los ingresos de la unidad familiar, los menores a cargo, la discapacidad y ser familia numerosa o monoparental. Se paga en un único ingreso por transferencia bancaria.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que cumples los requisitos y que ya has pagado el IBI 2026 de tu vivienda habitual

  2. Reúne la documentación: declaración responsable, certificado del saldo bancario y justificante del pago del IBI

  3. Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud (una por unidad familiar)

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Guadalajara o en un registro presencial, antes del 30 de septiembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo normalizado (una por unidad familiar)
  • Declaración responsable de cumplir los requisitos para ser beneficiario
  • Certificado bancario del saldo de cuentas y depósitos de la unidad familiar a 31/12/2025
  • Documento acreditativo del pago del IBI 2026 de la vivienda habitual
  • Declaración responsable sobre otras ayudas obtenidas o solicitadas para la misma finalidad
  • Documento de titularidad de la cuenta bancaria para el ingreso
  • En su caso, documentación de viudedad, discapacidad, familia numerosa, monoparentalidad, separación o divorcio

Preguntas frecuentes

¿La ayuda cubre recargos o intereses del IBI?
No. Solo cubre la cuota del IBI efectivamente pagada; no se subvencionan intereses de demora, recargos ni sanciones tributarias.
¿Puedo pedirla si soy familia numerosa y ya tengo bonificación en el IBI?
Sí. Las familias numerosas pueden recibir la ayuda aunque tengan bonificaciones, siempre que la suma de bonificación y ayuda no supere el 100% de la cuota ni el máximo de la convocatoria.
¿Qué pasa si el recibo del IBI está a nombre de mi cónyuge fallecido?
Puedes ser beneficiario si acreditas el fallecimiento y tu relación jurídica con la persona titular del recibo y con la vivienda.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda si no hay dinero para todos?
Las solicitudes se ordenan por puntuación según los ingresos de la unidad familiar, los menores a cargo, la discapacidad y ser familia numerosa o monoparental. En caso de empate se atiende a la menor renta per cápita.

Fuentes oficiales

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