Ayudas a la formación del transporte por carretera en Madrid
El 90% de los gastos de formación, hasta 14.000€ por beneficiario, en el transporte.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Comunidad de Madrid para actividades formativas del sector del transporte por carretera.
- Para quién
- Asociaciones de transportistas, federaciones y organizaciones sindicales sin ánimo de lucro del sector del transporte por carretera.
- Cuánto
- El 90% de los gastos subvencionables (sin IVA), con un máximo de 14.000€ por beneficiario.
- Qué cubre
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- Cursos presenciales y jornadas sobre transporte: tacógrafo digital, seguridad vial, mercancías peligrosas, eficiencia energética, entre otras
- Gastos de profesorado, material didáctico, alquiler de instalaciones y equipos, seguros, dirección y coordinación, y difusión y publicidad
- Edición de libros y otros materiales de finalidad formativa sobre el sector
- Requisitos
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- Ser una asociación profesional de transportistas, una federación de esas asociaciones o una organización sindical, sin ánimo de lucro
- Tener establecimiento y actividad en el sector del transporte por carretera en la Comunidad de Madrid
- Contar, directa o indirectamente, con el personal necesario para tu actividad profesional
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actividades formativas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026
- Imparte los cursos con una duración mínima de 35 horas y al menos 10 alumnos, y las jornadas con un mínimo de 5 horas
- Justifica los gastos realizados; si utilizas servicios de terceros por 15.000€ o más, pide al menos tres ofertas
- Ten en cuenta que la subvención se reduce si la asistencia media es inferior a 7 alumnos o no impartes todas las horas previstas
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de transportistas o de empresas auxiliares del transporte por carretera
- Eres una federación de asociaciones del sector del transporte por carretera
- Eres una organización sindical con implantación en el transporte por carretera de Madrid
- Organizas cursos, jornadas o publicaciones de formación para el sector
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No tienes establecimiento ni actividad en el sector del transporte por carretera en la Comunidad de Madrid
- Buscas financiar formación ajena al transporte por carretera
- Te han revocado una subvención del Plan Estratégico por causas imputables a ti
Cuánto puedes recibir
La subvención cubre el 90% de los gastos subvencionables (sin IVA), con un máximo de 14.000€ por beneficiario. Cada actividad tiene sus propios límites: por ejemplo, 150€/hora en horas teóricas y 360€/hora en prácticas de los cursos, 1.100€ por jornada y 10.000€ por la edición de materiales formativos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad cumple los requisitos y que la actividad formativa entra en las líneas subvencionables
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Programa los cursos, jornadas o ediciones de materiales dentro del periodo del 1 de enero al 31 de octubre de 2026
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Reúne la documentación: estatutos, justificación del establecimiento y del personal, poder de representación y documento bancario
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Cumplimenta el modelo de solicitud disponible en el portal de la Comunidad de Madrid
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Presenta la solicitud por el Registro Electrónico General dentro del mes siguiente a la publicación del extracto
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud cumplimentado
- Estatutos de la entidad con constancia de su depósito en la oficina pública correspondiente
- Justificación de poseer establecimiento en la Comunidad de Madrid (escrituras, contrato de alquiler o cesión de uso)
- Justificación de contar con el personal necesario (relación de personal, contratos, nóminas o recibos de cotización)
- Documento del poder de representación y documento bancario con la cuenta de la entidad
- Declaración responsable