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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad de Madrid Transporte
Transporte Comunidad de Madrid Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a la formación del transporte por carretera en Madrid

El 90% de los gastos de formación, hasta 14.000€ por beneficiario, en el transporte.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Comunidad de Madrid para actividades formativas del sector del transporte por carretera.
Para quién
Asociaciones de transportistas, federaciones y organizaciones sindicales sin ánimo de lucro del sector del transporte por carretera.
Cuánto
El 90% de los gastos subvencionables (sin IVA), con un máximo de 14.000€ por beneficiario.
Qué cubre
  • Cursos presenciales y jornadas sobre transporte: tacógrafo digital, seguridad vial, mercancías peligrosas, eficiencia energética, entre otras
  • Gastos de profesorado, material didáctico, alquiler de instalaciones y equipos, seguros, dirección y coordinación, y difusión y publicidad
  • Edición de libros y otros materiales de finalidad formativa sobre el sector
Requisitos
  • Ser una asociación profesional de transportistas, una federación de esas asociaciones o una organización sindical, sin ánimo de lucro
  • Tener establecimiento y actividad en el sector del transporte por carretera en la Comunidad de Madrid
  • Contar, directa o indirectamente, con el personal necesario para tu actividad profesional
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid
  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades formativas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026
  • Imparte los cursos con una duración mínima de 35 horas y al menos 10 alumnos, y las jornadas con un mínimo de 5 horas
  • Justifica los gastos realizados; si utilizas servicios de terceros por 15.000€ o más, pide al menos tres ofertas
  • Ten en cuenta que la subvención se reduce si la asistencia media es inferior a 7 alumnos o no impartes todas las horas previstas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de transportistas o de empresas auxiliares del transporte por carretera
  • Eres una federación de asociaciones del sector del transporte por carretera
  • Eres una organización sindical con implantación en el transporte por carretera de Madrid
  • Organizas cursos, jornadas o publicaciones de formación para el sector
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No tienes establecimiento ni actividad en el sector del transporte por carretera en la Comunidad de Madrid
  • Buscas financiar formación ajena al transporte por carretera
  • Te han revocado una subvención del Plan Estratégico por causas imputables a ti

Cuánto puedes recibir

La subvención cubre el 90% de los gastos subvencionables (sin IVA), con un máximo de 14.000€ por beneficiario. Cada actividad tiene sus propios límites: por ejemplo, 150€/hora en horas teóricas y 360€/hora en prácticas de los cursos, 1.100€ por jornada y 10.000€ por la edición de materiales formativos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad cumple los requisitos y que la actividad formativa entra en las líneas subvencionables

  2. Programa los cursos, jornadas o ediciones de materiales dentro del periodo del 1 de enero al 31 de octubre de 2026

  3. Reúne la documentación: estatutos, justificación del establecimiento y del personal, poder de representación y documento bancario

  4. Cumplimenta el modelo de solicitud disponible en el portal de la Comunidad de Madrid

  5. Presenta la solicitud por el Registro Electrónico General dentro del mes siguiente a la publicación del extracto

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud cumplimentado
  • Estatutos de la entidad con constancia de su depósito en la oficina pública correspondiente
  • Justificación de poseer establecimiento en la Comunidad de Madrid (escrituras, contrato de alquiler o cesión de uso)
  • Justificación de contar con el personal necesario (relación de personal, contratos, nóminas o recibos de cotización)
  • Documento del poder de representación y documento bancario con la cuenta de la entidad
  • Declaración responsable

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir esta subvención?
Las asociaciones profesionales de transportistas, las federaciones de esas asociaciones y las organizaciones sindicales, todas sin ánimo de lucro, con establecimiento y actividad en el sector del transporte por carretera de la Comunidad de Madrid.
¿Qué actividades formativas se pueden financiar?
Cursos presenciales y jornadas sobre materias del transporte (tacógrafo digital, seguridad vial, mercancías peligrosas, etc.) y la edición de libros y materiales formativos del sector.
¿Qué duración mínima deben tener los cursos?
Los cursos deben durar al menos 35 horas y programarse para un mínimo de 10 alumnos; las jornadas, al menos 5 horas.
¿Cuándo deben realizarse las actividades?
Entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026.

Fuentes oficiales

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