Ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria (ADS)
Ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y apícola de Extremadura
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia de la Junta de Extremadura para las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y apícola.
- Para quién
- Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS) ganaderas y apícolas reconocidas en Extremadura.
- Cuánto
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- La ayuda se calcula por importes unitarios según la actuación sanitaria, con un máximo de 15.000€ por agrupación.
El importe total no puede superar los 15.000€ por ADS.Actuación Cuantía unitaria Programas sanitarios específicos de las ADS 40€ por explotación Actuación profesional veterinaria 0,60€ por UGM Bioseguridad en explotaciones porcinas familiares 50€ por explotación Lucha contra el PRRS o la brucelosis porcina 500€ por explotación Agalaxia, tembladera o rinotraqueítis bovina (IBR) 300€ o 250€ por explotación según el censo Pérdida de abejas, enfermedades cinegéticas aviares, mixomatosis y hemorrágica vírica 200€ por explotación Toma de muestras y pruebas 5€ por prueba IDTB; 3€ por muestra de sangre (máx. 1.000€ por ADS)
- La ayuda se calcula por importes unitarios según la actuación sanitaria, con un máximo de 15.000€ por agrupación.
- Qué cubre
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- Actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales incluidas en programas sanitarios
- La actuación profesional veterinaria de la agrupación
- Requisitos
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- Eres una Agrupación de Defensa Sanitaria ganadera o apícola reconocida en Extremadura el día de la publicación de la convocatoria
- Las explotaciones integradas en la agrupación cumplen la condición de PYME
- Realizas las actuaciones sanitarias entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien las mismas actividades
- Realiza las actuaciones sanitarias en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una Agrupación de Defensa Sanitaria ganadera o apícola de Extremadura
- Estás reconocida por la Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Realizas actuaciones de prevención, control o lucha contra enfermedades animales
- Agrupas pequeñas y medianas explotaciones ganaderas
- No eres una Agrupación de Defensa Sanitaria reconocida en Extremadura
- Tu agrupación no está reconocida el día de la publicación de la convocatoria
- Las actuaciones se realizan fuera del periodo del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026
- Presentas la solicitud fuera del plazo de un mes
Cuánto puedes recibir
La ayuda se calcula sumando importes unitarios por cada actuación sanitaria que realiza tu agrupación (por ejemplo, 40€ por explotación en los programas sanitarios o 500€ por explotación en la lucha contra el PRRS). El importe total no puede superar los 15.000€ por agrupación y, si el crédito no llega para todas, se prorratea.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la relación de explotaciones de la ADS con sus códigos y la composición de la Junta Directiva
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Cumplimenta el modelo de solicitud (Anexo I) y la declaración responsable (Anexos II o III)
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Presenta la solicitud de forma telemática a través de la plataforma ARADO en el plazo de un mes
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Espera la resolución, que se notifica individualmente a cada agrupación
Documentación necesaria
- Relación de personas titulares de las explotaciones que constituyen la ADS, con sus códigos de explotación
- Información sobre la composición de la Junta Directiva, con indicación del sexo de cada cargo
- Declaración responsable de que las explotaciones son PYME y están al corriente de sus obligaciones (Anexos II o III)