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Ayudas Claras
Subvenciones Extremadura Agricultura
Agricultura Extremadura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria (ADS)

Ayudas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y apícola de Extremadura

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia de la Junta de Extremadura para las agrupaciones de defensa sanitaria ganadera y apícola.
Para quién
Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS) ganaderas y apícolas reconocidas en Extremadura.
Cuánto
  • La ayuda se calcula por importes unitarios según la actuación sanitaria, con un máximo de 15.000€ por agrupación.
    ActuaciónCuantía unitaria
    Programas sanitarios específicos de las ADS40€ por explotación
    Actuación profesional veterinaria0,60€ por UGM
    Bioseguridad en explotaciones porcinas familiares50€ por explotación
    Lucha contra el PRRS o la brucelosis porcina500€ por explotación
    Agalaxia, tembladera o rinotraqueítis bovina (IBR)300€ o 250€ por explotación según el censo
    Pérdida de abejas, enfermedades cinegéticas aviares, mixomatosis y hemorrágica vírica200€ por explotación
    Toma de muestras y pruebas5€ por prueba IDTB; 3€ por muestra de sangre (máx. 1.000€ por ADS)
    El importe total no puede superar los 15.000€ por ADS.
Qué cubre
  • Actuaciones de prevención, control, lucha o erradicación de enfermedades de los animales incluidas en programas sanitarios
  • La actuación profesional veterinaria de la agrupación
Requisitos
  • Eres una Agrupación de Defensa Sanitaria ganadera o apícola reconocida en Extremadura el día de la publicación de la convocatoria
  • Las explotaciones integradas en la agrupación cumplen la condición de PYME
  • Realizas las actuaciones sanitarias entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica la obtención de otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien las mismas actividades
  • Realiza las actuaciones sanitarias en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una Agrupación de Defensa Sanitaria ganadera o apícola de Extremadura
  • Estás reconocida por la Dirección General de Agricultura y Ganadería
  • Realizas actuaciones de prevención, control o lucha contra enfermedades animales
  • Agrupas pequeñas y medianas explotaciones ganaderas
  • No eres una Agrupación de Defensa Sanitaria reconocida en Extremadura
  • Tu agrupación no está reconocida el día de la publicación de la convocatoria
  • Las actuaciones se realizan fuera del periodo del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026
  • Presentas la solicitud fuera del plazo de un mes

Cuánto puedes recibir

La ayuda se calcula sumando importes unitarios por cada actuación sanitaria que realiza tu agrupación (por ejemplo, 40€ por explotación en los programas sanitarios o 500€ por explotación en la lucha contra el PRRS). El importe total no puede superar los 15.000€ por agrupación y, si el crédito no llega para todas, se prorratea.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la relación de explotaciones de la ADS con sus códigos y la composición de la Junta Directiva

  2. Cumplimenta el modelo de solicitud (Anexo I) y la declaración responsable (Anexos II o III)

  3. Presenta la solicitud de forma telemática a través de la plataforma ARADO en el plazo de un mes

  4. Espera la resolución, que se notifica individualmente a cada agrupación

Documentación necesaria

  • Relación de personas titulares de las explotaciones que constituyen la ADS, con sus códigos de explotación
  • Información sobre la composición de la Junta Directiva, con indicación del sexo de cada cargo
  • Declaración responsable de que las explotaciones son PYME y están al corriente de sus obligaciones (Anexos II o III)

Preguntas frecuentes

¿Quién solicita la ayuda, la explotación o la agrupación?
La solicita la Agrupación de Defensa Sanitaria (ADS); las beneficiarias finales son las pequeñas y medianas explotaciones integradas en ella.
¿Cuál es el importe máximo por agrupación?
El importe total de la ayuda no puede superar los 15.000€ por ADS.
¿Qué pasa si no hay crédito suficiente?
Si el crédito no cubre íntegramente una actividad, la cantidad disponible se reparte (prorratea) entre todas las beneficiarias que cumplan los requisitos.
¿Qué periodo cubren las actuaciones?
Las actuaciones subvencionables son las realizadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

Fuentes oficiales

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