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Ayudas Claras
Subvenciones Cuenca Comercio y turismo
Comercio y turismo Cuenca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda a la venta ambulante de alimentación en Cuenca

Hasta 2.500€ para las cuotas de autónomos de la venta ambulante en Cuenca.

Lo que significa

Qué es
Subvención de la Diputación de Cuenca para las cuotas de autónomos de quienes hacen venta ambulante de alimentación en el medio rural.
Para quién
Autónomos que hacen venta ambulante de productos de alimentación en pueblos de la provincia de Cuenca.
Cuánto
Hasta 2.500€ por solicitud, equivalente a la cuota mínima anual de autónomos (sin superar lo pagado en 2025)
Qué cubre
Cuotas de cotización a la Seguridad Social (autónomos) de la actividad de venta ambulante de alimentación, pagadas en 2025
Requisitos
  • Eres autónomo o el socio autónomo de una persona jurídica, comunidad de bienes o sociedad civil
  • Tienes tu domicilio fiscal y social en la provincia de Cuenca desde el 1 de enero de 2025
  • Prestas venta ambulante de alimentación de manera habitual en algún pueblo de Cuenca de menos de 500 habitantes
  • Estás dado de alta en el epígrafe del IAE de comercio al por menor fuera de establecimiento permanente
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la actividad subvencionada, según el compromiso recogido en la resolución de concesión
  • Justifica que has pagado las cuotas de autónomos del periodo con la memoria económica y el informe de bases y cuotas de la Seguridad Social
  • Sométete a las actuaciones de control y comprobación de la Diputación
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres autónomo o el socio autónomo de una persona jurídica, comunidad de bienes o sociedad civil
  • Haces venta ambulante de productos de alimentación cotidianos
  • Prestas el servicio en pueblos de la provincia de Cuenca de menos de 500 habitantes
  • Estás dado de alta en el epígrafe del IAE de comercio al por menor fuera de establecimiento permanente
  • Vendes en puestos fijos, mercadillos, festejos populares o puestos aislados
  • Tu domicilio fiscal y social no está en la provincia de Cuenca
  • No prestas el servicio en ningún núcleo de menos de 500 habitantes
  • No estás dado de alta como autónomo en el epígrafe del IAE exigido

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 2.500€ por solicitud. La ayuda equivale a la cuota mínima anual del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y nunca puede superar lo que realmente hayas pagado en 2025. Se abona en un solo pago tras la concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que haces venta ambulante de alimentación en pueblos de menos de 500 habitantes de Cuenca

  2. Reúne los anexos de solicitud, el informe de vida laboral, los justificantes de pago de autónomos de 2025 y la memoria de la actividad

  3. Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica de la Diputación de Cuenca

  4. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

Documentación necesaria

  • Anexos I, II y III de solicitud y justificación de la ayuda
  • Otorgamiento de representación, si la solicita otra persona
  • Informe de vida laboral o los seis últimos recibos del pago de autónomos
  • Justificantes de pago de la cuota de autónomos durante 2025 e informe de bases y cuotas de la Seguridad Social
  • DNI (solo la primera vez que se solicita) y ficha de terceros actualizada
  • Memoria de la actividad, indicando pueblos y periodicidad, con las autorizaciones municipales
  • Alta en el epígrafe del IAE correspondiente
  • Anexo IV, solo para comunidades de bienes

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si vendo en mercadillos?
No. Quedan fuera la venta en puestos fijos, mercadillos, festejos populares y puestos aislados; debe ser venta itinerante con vehículo en localidades sin comercio permanente.
¿Cómo se decide la puntuación?
Por el tamaño de los pueblos donde vendes, el número de núcleos sin comercio permanente y la frecuencia semanal del servicio.
¿Cuánto puedo recibir si tengo una comunidad de bienes?
Solo una subvención por comunidad de bienes o sociedad civil, con el máximo de 2.500€ por solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, pero la suma no puede superar el 100% de la cuota mínima anual de autónomos ni de lo que realmente hayas pagado.

Fuentes oficiales

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