Beca de formación práctica en fomento del comercio en Cantabria
800€ brutos al mes durante un año de formación práctica en Cantabria
Lo que significa
- Qué es
- Beca de formación práctica por concurrencia competitiva en la Dirección General de Comercio y Consumo del Gobierno de Cantabria.
- Para quién
- Titulados universitarios en Derecho o en el doble grado de Derecho y Económicas.
- Cuánto
- 800€ brutos al mes, a mes vencido, durante el año que dura la beca
- Qué cubre
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- La ayuda económica mensual durante el periodo de formación y especialización práctica
- La formación práctica en la Dirección General de Comercio y Consumo, bajo la dirección técnica de un tutor
- Requisitos
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- Tienes plena capacidad de obrar y eres residente legal en España cuando empieza el disfrute de la beca
- Posees una titulación universitaria de al menos 4 años en Derecho o en el doble grado de Derecho y Económicas, homologada o reconocida oficialmente si la obtuviste en el extranjero
- No han pasado más de 3 años desde la expedición del título, o desde el pago de sus derechos de expedición, hasta el fin del plazo de solicitudes
- Si no tienes nacionalidad española, acreditas un nivel B2 o superior de castellano
Sirve el Diploma de español como lengua extranjera (DELE) de nivel B2 o superior; el certificado oficial de nivel avanzado (B2) de español para extranjeros de las Escuelas Oficiales de Idiomas; el Certificado de Aptitud en español para extranjeros de las Escuelas Oficiales de Idiomas; un certificado del centro donde cursaste los estudios que acredite que al menos el 75% de la formación fue en castellano; o un certificado de que la formación previa al acceso a los estudios superiores se cursó en castellano. También se admite si tu título se emitió y realizó en España o si tu lengua oficial de origen es el castellano.
- No has sido beneficiario de otra beca de formación en la Administración de Cantabria durante dos o más años
- No has sido separado del servicio de ninguna Administración o institución por un expediente disciplinario
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acepta la beca por escrito e incorpórate a tu destino el día que fije la resolución de concesión
- Cumple el horario establecido para tu formación y asiste a los cursos de formación que se estimen oportunos
- Acepta las normas de régimen interno del centro donde realices la formación
- Vela por la confidencialidad de los documentos e informaciones a los que accedas
- No recibas ninguna otra ayuda para la misma finalidad
- Entrega al tutor un informe escrito sobre los trabajos desarrollados, con una antelación mínima de 15 días a la finalización de la beca
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titulado universitario en Derecho o en el doble grado de Derecho y Económicas
- Han pasado menos de 3 años desde que obtuviste el título
- Quieres formarte en actividades de fomento e impulso del sector comercial
- Resides legalmente en España
- Te interesa una formación práctica de un año con tutor asignado
- Tu titulación no es Derecho ni el doble grado de Derecho y Económicas
- Han pasado más de 3 años desde la expedición de tu título
- Ya has disfrutado de becas de formación en la Administración de Cantabria durante dos o más años
- Disfrutas de otra ayuda con la misma finalidad formativa y no vas a renunciar a ella
- No tienes nacionalidad española y no puedes acreditar el nivel B2 de castellano
- Has sido separado del servicio de una Administración por expediente disciplinario
Cuánto puedes recibir
Cobras 800 euros brutos al mes, a mes vencido, durante el año que dura la beca. El importe está sujeto a la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y no tiene consideración de salario, sino de ayuda económica para formación y especialización. Si el comienzo o el final del periodo de disfrute no coincide con el primer o el último día hábil del mes, cobras la parte proporcional a los días en que hayas desarrollado la actividad formativa. No es posible efectuar pagos anticipados ni abonos a cuenta.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu titulación encaja en el grupo convocado y que no han pasado más de 3 años desde su expedición
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Rellena la instancia según el modelo del Anexo I y la declaración responsable del Anexo II
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Reúne la copia del título y la certificación de tu expediente académico con las calificaciones en escala 0-10
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Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General de la Administración de Cantabria dentro de los 15 días hábiles
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Si te lo requieren, subsana los defectos o aporta los documentos que falten en 10 días hábiles
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Acude a la entrevista personal si el Comité de Valoración convoca la segunda fase
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud según el modelo del Anexo I
- Declaración responsable según el modelo del Anexo II
- Fotocopia del título por el que accedes a la beca o justificación del pago de los derechos de su expedición
- Certificación del expediente académico de la titulación exigida, con calificaciones en escala 0-10
- Documento acreditativo del nivel B2 o superior de castellano, si no tienes nacionalidad española o tu lengua oficial de origen no es el castellano
- Fotocopia de otros títulos académicos o de títulos y certificados de idiomas, en su caso
- Fotocopia de títulos, diplomas o certificados de formación relacionados con el campo de especialización, en su caso
- Fotocopia de los contratos de trabajo e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en su caso