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Ayudas Claras
Ayudas Cantabria Empleo
Empleo Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Beca de formación práctica en fomento del comercio en Cantabria

800€ brutos al mes durante un año de formación práctica en Cantabria

Lo que significa

Qué es
Beca de formación práctica por concurrencia competitiva en la Dirección General de Comercio y Consumo del Gobierno de Cantabria.
Para quién
Titulados universitarios en Derecho o en el doble grado de Derecho y Económicas.
Cuánto
800€ brutos al mes, a mes vencido, durante el año que dura la beca
Qué cubre
  • La ayuda económica mensual durante el periodo de formación y especialización práctica
  • La formación práctica en la Dirección General de Comercio y Consumo, bajo la dirección técnica de un tutor
Requisitos
  • Tienes plena capacidad de obrar y eres residente legal en España cuando empieza el disfrute de la beca
  • Posees una titulación universitaria de al menos 4 años en Derecho o en el doble grado de Derecho y Económicas, homologada o reconocida oficialmente si la obtuviste en el extranjero
  • No han pasado más de 3 años desde la expedición del título, o desde el pago de sus derechos de expedición, hasta el fin del plazo de solicitudes
  • Si no tienes nacionalidad española, acreditas un nivel B2 o superior de castellano

    Sirve el Diploma de español como lengua extranjera (DELE) de nivel B2 o superior; el certificado oficial de nivel avanzado (B2) de español para extranjeros de las Escuelas Oficiales de Idiomas; el Certificado de Aptitud en español para extranjeros de las Escuelas Oficiales de Idiomas; un certificado del centro donde cursaste los estudios que acredite que al menos el 75% de la formación fue en castellano; o un certificado de que la formación previa al acceso a los estudios superiores se cursó en castellano. También se admite si tu título se emitió y realizó en España o si tu lengua oficial de origen es el castellano.

  • No has sido beneficiario de otra beca de formación en la Administración de Cantabria durante dos o más años
  • No has sido separado del servicio de ninguna Administración o institución por un expediente disciplinario
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acepta la beca por escrito e incorpórate a tu destino el día que fije la resolución de concesión
  • Cumple el horario establecido para tu formación y asiste a los cursos de formación que se estimen oportunos
  • Acepta las normas de régimen interno del centro donde realices la formación
  • Vela por la confidencialidad de los documentos e informaciones a los que accedas
  • No recibas ninguna otra ayuda para la misma finalidad
  • Entrega al tutor un informe escrito sobre los trabajos desarrollados, con una antelación mínima de 15 días a la finalización de la beca
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titulado universitario en Derecho o en el doble grado de Derecho y Económicas
  • Han pasado menos de 3 años desde que obtuviste el título
  • Quieres formarte en actividades de fomento e impulso del sector comercial
  • Resides legalmente en España
  • Te interesa una formación práctica de un año con tutor asignado
  • Tu titulación no es Derecho ni el doble grado de Derecho y Económicas
  • Han pasado más de 3 años desde la expedición de tu título
  • Ya has disfrutado de becas de formación en la Administración de Cantabria durante dos o más años
  • Disfrutas de otra ayuda con la misma finalidad formativa y no vas a renunciar a ella
  • No tienes nacionalidad española y no puedes acreditar el nivel B2 de castellano
  • Has sido separado del servicio de una Administración por expediente disciplinario

Cuánto puedes recibir

Cobras 800 euros brutos al mes, a mes vencido, durante el año que dura la beca. El importe está sujeto a la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y no tiene consideración de salario, sino de ayuda económica para formación y especialización. Si el comienzo o el final del periodo de disfrute no coincide con el primer o el último día hábil del mes, cobras la parte proporcional a los días en que hayas desarrollado la actividad formativa. No es posible efectuar pagos anticipados ni abonos a cuenta.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu titulación encaja en el grupo convocado y que no han pasado más de 3 años desde su expedición

  2. Rellena la instancia según el modelo del Anexo I y la declaración responsable del Anexo II

  3. Reúne la copia del título y la certificación de tu expediente académico con las calificaciones en escala 0-10

  4. Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General de la Administración de Cantabria dentro de los 15 días hábiles

  5. Si te lo requieren, subsana los defectos o aporta los documentos que falten en 10 días hábiles

  6. Acude a la entrevista personal si el Comité de Valoración convoca la segunda fase

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud según el modelo del Anexo I
  • Declaración responsable según el modelo del Anexo II
  • Fotocopia del título por el que accedes a la beca o justificación del pago de los derechos de su expedición
  • Certificación del expediente académico de la titulación exigida, con calificaciones en escala 0-10
  • Documento acreditativo del nivel B2 o superior de castellano, si no tienes nacionalidad española o tu lengua oficial de origen no es el castellano
  • Fotocopia de otros títulos académicos o de títulos y certificados de idiomas, en su caso
  • Fotocopia de títulos, diplomas o certificados de formación relacionados con el campo de especialización, en su caso
  • Fotocopia de los contratos de trabajo e informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, en su caso

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dura la beca?
Un año desde tu incorporación, o la parte proporcional que corresponda si ya disfrutaste antes de otra beca de formación en la Administración de Cantabria. Con carácter excepcional puede prorrogarse una sola vez por un periodo máximo de 12 meses, hasta completar el plazo máximo de dos años.
¿La beca supone una relación laboral?
No. La concesión y el disfrute de la beca no suponen vinculación laboral, funcionarial ni contractual con la Administración del Gobierno de Cantabria, y la cantidad abonada no tiene consideración de salario ni genera derecho a indemnización al terminar.
¿Cómo se selecciona a la persona becada?
En dos fases. La primera valora los méritos hasta un máximo de 20 puntos: expediente académico hasta 10, otros estudios hasta 3, cursos de formación hasta 2, experiencia profesional hasta 2 e idiomas hasta 3. La segunda, si el Comité de Valoración la convoca, es una entrevista de hasta 5 puntos. En caso de empate decide la mejor puntuación del expediente académico.
¿Puedo interrumpir la beca?
Sí. El Director General de Comercio y Consumo puede conceder la interrupción, sin percepción económica, a petición razonada tuya y con informe favorable del tutor. El tiempo total de interrupción no puede superar las 18 semanas durante toda la beca, prórroga incluida.
¿Es compatible con otras ayudas?
No. Es incompatible con cualquier otra subvención o ayuda de organismos públicos o privados, españoles o extranjeros, con la misma finalidad formativa. Si ya disfrutas de otra, tienes que acreditar tu renuncia al inicio del periodo de disfrute.

Fuentes oficiales

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