Ayuda por gestión de estiércol tras tuberculosis bovina
Hasta el 85% del gasto de gestión de estiércol, con un máximo de 5.000€.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda en concurrencia no competitiva de la Generalitat para gestionar el estiércol de explotaciones de vacuno con tuberculosis bovina.
- Para quién
- Explotaciones ganaderas de vacuno de Cataluña con un positivo confirmado de tuberculosis bovina.
- Cuánto
- Hasta el 85% del gasto subvencionable, con un máximo de 5.000€ por persona beneficiaria
- Qué cubre
-
- Gasto de eliminación del estiércol en explotaciones donde se ha aplicado un vaciado sanitario
- Gestión del estiércol y los purines realizada por empresas externas
- Compra de productos para la gestión del estiércol que lleve a cabo la propia explotación
- Requisitos
-
- Tu explotación de vacuno tiene confirmado un positivo de tuberculosis bovina
- Has finalizado el vaciado sanitario de la explotación
- El gasto se ha hecho entre el 1 de enero de 2025 y el último día del plazo de presentación
- Respetas la normativa de igualdad efectiva de mujeres y hombres y la de igualdad de trato y no discriminación
- Respetas la normativa que garantiza los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales
- Con tu empresa no superas los 50.000€ en ayudas de minimis a lo largo de tres ejercicios
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Presenta la justificación de la subvención junto con la solicitud
- Aporta una memoria explicativa de la actividad realizada y una memoria económica de su coste
- Declara los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la misma actividad
- Adhiérete a los principios éticos y reglas de conducta que exige la convocatoria
- Colabora con la administración en el seguimiento y la evaluación del cumplimiento
- Devuelve la ayuda si renuncias a ella o si no llegas a justificar el gasto
- Cuándo
-
- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una explotación ganadera de vacuno en Cataluña
- Se ha confirmado un positivo de tuberculosis bovina en tu explotación
- Ya has finalizado el vaciado sanitario de la explotación
- Has pagado la gestión del estiércol y los purines generados
- Contrataste una empresa externa o compraste productos para gestionar el estiércol
- En tu explotación no se ha confirmado un positivo de tuberculosis bovina
- Todavía no has finalizado el vaciado sanitario de la explotación
- El gasto es anterior al 1 de enero de 2025
- Tu empresa ya ha agotado el límite de ayudas de minimis de los últimos tres ejercicios
Cuánto puedes recibir
Se subvenciona como máximo el 85% del gasto subvencionable, con un tope de 5.000€ por persona beneficiaria. La ayuda nunca puede ser de tal cuantía que, sola o sumada a otras ayudas o ingresos, supere el coste de la actividad. Al tratarse de una ayuda de minimis, la suma de este tipo de ayudas que reciba tu empresa no puede superar los 50.000€ en tres ejercicios. El pago se hace tras comprobar que cumples los requisitos o tras la justificación previa de la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Comprueba que el vaciado sanitario de tu explotación ha finalizado
-
Reúne las facturas de la gestión del estiércol y los justificantes de su pago
-
Rellena el modelo de solicitud de la sede electrónica indicando la marca oficial de la explotación
-
Adjunta la cuenta justificativa, porque la justificación se presenta junto con la solicitud
-
Presenta la solicitud de forma telemática antes del 15 de octubre de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud con la marca oficial de la explotación para la que pides la ayuda
- Declaraciones responsables
- Cuenta bancaria de la persona beneficiaria
- Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad, con las actividades realizadas y los resultados obtenidos
- Memoria económica con la relación clasificada de gastos: acreedor, número de factura, importe y fechas de emisión y pago
- Copias digitalizadas de las facturas y de la documentación que acredite el pago
- Declaración responsable sobre las copias de los justificantes y la imputación de los gastos
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
- Presupuestos solicitados a distintos proveedores, cuando proceda