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Ayudas Claras
Subvenciones Lanzarote Agricultura
Agricultura Lanzarote Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades pesqueras de Lanzarote y La Graciosa

Subvención para gastos de funcionamiento e inversión de entidades pesqueras

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo de Lanzarote para gastos de funcionamiento e inversiones de entidades pesqueras
Para quién
Cofradías de pescadores, la organización de productores de túnidos y pesca fresca y asociaciones pesqueras de Lanzarote y La Graciosa
Cuánto
  • No hay cuantía fija: el dinero se reparte entre las entidades solicitantes según los criterios de valoración
    Criterio de reparto (gastos de funcionamiento)Peso
    Número de cofrades o asociados25%
    Toneladas comercializadas fuera de la isla20%
    Registro de primeras ventas18%
    Peso de capturas registradas en primera venta7%
    Eslora de los barcos en activo25%
    Jóvenes emprendedores y perspectiva de género5%
    En gastos de inversión el reparto se hace por puntos de eslora de los barcos en activo: 5 puntos de 5 hasta 10 metros, 10 puntos de más de 10 hasta 20 metros y 20 puntos de más de 20 metros.
Qué cubre
  • Gastos de funcionamiento de la cofradía o de la organización de productores

    Funcionamiento de la cofradía y de la Organización de Productores de Túnidos y Pesca Fresca con sede en Lanzarote o La Graciosa, material de oficina, aplicaciones informáticas, y salarios y seguridad social.

  • Inversiones en equipamiento e infraestructuras pesqueras

    Adecuación de las instalaciones de primera venta, elementos de transporte de productos pesqueros y maquinaria industrial, mejora del equipamiento social de la entidad y mejora de las infraestructuras de cofradías, asociaciones y organizaciones de productores.

Requisitos
  • Tu entidad es una agrupación, asociación, organismo o entidad de ámbito pesquero con personalidad jurídica propia
  • El domicilio social de tu entidad está en Lanzarote o en la isla de La Graciosa
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No tienes deudas pendientes por reintegro de subvenciones con el Cabildo de Lanzarote
  • No estás en un procedimiento de cobro por vía de apremio con el Cabildo ni con sus organismos autónomos
  • Autorizas al Área de Pesca a pedir tus certificados o los presentas tú mismo
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta los gastos de funcionamiento entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Ejecuta las inversiones entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2027
  • Justifica los gastos de funcionamiento entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2027
  • Justifica las inversiones entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2028
  • Acredita antes del pago que sigues al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social
  • La cuenta bancaria donde cobres debe estar a nombre de tu entidad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una cofradía de pescadores con sede en Lanzarote o La Graciosa
  • Representas a la Organización de Productores de Túnidos y Pesca Fresca
  • Diriges una asociación pesquera con domicilio social en Lanzarote o La Graciosa
  • Tu entidad de ámbito pesquero tiene personalidad jurídica propia
  • Necesitas financiar los gastos corrientes de tu entidad
  • Quieres invertir en equipamiento o infraestructuras pesqueras
  • Tu entidad tiene el domicilio social fuera de Lanzarote y La Graciosa
  • Tu entidad no dispone de personalidad jurídica propia
  • Eres una asociación pesquera y buscas cubrir gastos de funcionamiento
  • Tienes deudas por reintegro de subvenciones con el Cabildo sin aplazar ni fraccionar
  • Estás en un procedimiento de cobro por vía de apremio con el Cabildo de Lanzarote
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija por entidad: el crédito disponible se reparte comparando entre sí todas las solicitudes admitidas. En la línea de gastos de funcionamiento el reparto se calcula con seis criterios que pesan un 25% el número de cofrades o asociados, un 20% las toneladas comercializadas fuera de la isla, un 18% el registro de primeras ventas, un 7% el peso de capturas registradas, un 25% la eslora de los barcos en activo y un 5% los jóvenes y mujeres asociadas. En la línea de inversión el reparto sale de los puntos de eslora de tus barcos en activo frente al total de puntos de las entidades concurrentes. El pago se hace por transferencia, en un solo plazo y de forma anticipada, sin exigirte garantías.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida, con la instancia de solicitud y la declaración responsable cumplimentadas y firmadas

  2. Dirige la solicitud a la Presidencia del Cabildo de Lanzarote siguiendo el modelo de las bases reguladoras

  3. Preséntala de forma telemática en el registro electrónico de la sede electrónica del Cabildo de Lanzarote

  4. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín oficial de la provincia

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles

  6. Consulta la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios electrónico y presenta alegaciones en 10 días hábiles si no estás conforme

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud de subvención cumplimentada y firmada según el modelo del Anexo I de las bases reguladoras
  • Declaración responsable cumplimentada y firmada con certificado electrónico
  • Documentación acreditativa de la personalidad del solicitante y de la representación de quien actúa en su nombre
  • Copia del Código de Identificación Fiscal (CIF) de la entidad
  • Certificados de estar al corriente en las obligaciones tributarias autonómicas, estatales y con la Seguridad Social
  • Certificado del secretario de la entidad que acredite el acuerdo del órgano competente de solicitar la subvención
  • Documento de alta o modificación de datos de terceros cumplimentado, firmado y sellado por la entidad bancaria
  • Previsión de ingresos y gastos y plan de financiación de la actividad e inversiones
  • Balance económico del año inmediatamente anterior a la convocatoria
  • Memoria de actuación justificativa con las actividades e inversiones realizadas y los resultados obtenidos
  • Memoria económica justificativa con la relación clasificada de gastos e inversiones de la actividad
  • Número de barcos activos indicando su eslora (no obligatoria)
  • Número de cofrades asociados (no obligatoria)
  • Toneladas comercializadas de producto pesquero fuera de la isla (no obligatoria)
  • Registro de primera venta (no obligatoria)
  • Peso total de capturas registradas en kilogramos (no obligatoria)
  • Número de jóvenes y mujeres cofrades (no obligatoria)

Preguntas frecuentes

¿Mi asociación pesquera puede pedir ayuda para gastos de funcionamiento?
No. A la línea de gastos de funcionamiento solo pueden acogerse las cofradías de pescadores y la Organización de Productores de Túnidos y Pesca Fresca. Las asociaciones pesqueras sí pueden acogerse a la línea de gastos de inversión.
¿Qué pasa si me falta algún documento en la solicitud?
El Cabildo te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo de resolución y notificación no puede exceder de seis meses. Si vence sin que te hayan notificado, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Merece la pena aportar los datos marcados como no obligatorios?
Sí, porque son los datos con los que se calcula el reparto: barcos activos y su eslora, cofrades asociados, toneladas comercializadas fuera de la isla, registro de primera venta, peso de capturas y número de jóvenes y mujeres cofrades.

Fuentes oficiales

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