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Ayudas Claras
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Agricultura Galicia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas por la mortandad de moluscos en Galicia

Hasta 20.000€ por proyecto de compra de semilla para repoblar bancos marisqueros.

Lo que significa

Qué es
Ayuda en concurrencia no competitiva de la Consellería del Mar para comprar semilla y repoblar bancos marisqueros dañados.
Para quién
Cofradías de pescadores, organizaciones de productores, cooperativas del mar y asociaciones de profesionales del sector.
Cuánto
  • Hasta el 100% de los gastos subvencionables, con dos topes
    TopeImporte máximo
    Por cada unidad de semilla0,025€ sin IVA
    Importe máximo subvencionable por proyecto20.000€ sin IVA
    La concesión está limitada a las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria.
Qué cubre
  • La compra de semilla de especies marisqueras

    La semilla debe proceder exclusivamente de criadero, se exige permiso de inmersión y la especie debe figurar en el catálogo de especies comerciales. Se consideran subvencionables los gastos realizados y pagados hasta el 15 de noviembre de 2026.

Requisitos
  • Eres una cofradía de pescadores, organización de productores, cooperativa del mar, asociación de profesionales del sector u otra entidad asociativa constituida por profesionales del sector
  • Tu entidad es titular de un plan marisquero en régimen de cogestión y tiene la sede social en Galicia
  • El proyecto se desarrolla en Galicia y consiste en comprar semilla para repoblar, recuperar y reparar bancos marisqueros dañados
  • La semilla procede exclusivamente de criadero y cuentas con el permiso de inmersión
  • La especie del proyecto figura en el catálogo de especies comerciales admitidas en España
  • Acondicionas el sustrato antes de sembrar y puedes justificar que está debidamente acondicionado
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta al menos el 50% del gasto total subvencionado: por debajo puedes perder el derecho a toda la ayuda concedida
  • Justifica el gasto con facturas y comprobantes bancarios de los pagos hasta el 30 de noviembre de 2026
  • Comunica al órgano concedente otras subvenciones, ayudas o ingresos que financien la actividad
  • Coloca en un lugar público un cartel con el nombre de la entidad beneficiaria, el nombre del proyecto, el importe concedido y la imagen institucional de la Consellería del Mar
  • Conserva los documentos justificativos durante un mínimo de cinco años desde el último pago
  • Mantén una contabilidad separada o un código contable que permita identificar las transacciones del proyecto
Cuándo
  • Abre: 14 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una cofradía de pescadores, una cooperativa del mar o una organización de productores
  • Tu entidad es titular de un plan marisquero en régimen de cogestión
  • Tu entidad tiene la sede social en Galicia
  • Los bancos marisqueros que gestionas sufrieron mortandad tras las lluvias de 2026
  • Vas a comprar semilla de criadero para repoblarlos
  • Tu entidad no es titular de un plan marisquero en régimen de cogestión
  • Tu sede social está fuera de Galicia
  • La semilla que vas a comprar no procede de criadero
  • Quieres sembrar especies alóctonas en una zona dentro de un parque natural o nacional
  • La especie no figura en el catálogo de especies comerciales

Cuánto puedes recibir

La ayuda puede financiar hasta el 100% de los gastos subvencionables, con dos límites: como máximo 0,025€ sin IVA por cada unidad de semilla y 20.000€ sin IVA por proyecto. Si al final justificas menos gasto del considerado subvencionable, el importe que se te abona se reduce en la misma proporción. Además, el importe del proyecto no puede superar el coste de reparación ni la pérdida de valor de mercado que sufrieron los bancos marisqueros.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto de compra de semilla con su presupuesto estimado y acondiciona el sustrato antes de sembrar

  2. Pide tres ofertas a proveedores distintos si el gasto supera las cuantías de los contratos menores

  3. Rellena el formulario normalizado de solicitud (Anexo I)

  4. Presenta la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles

  6. Justifica el gasto con facturas y comprobantes bancarios hasta el 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado de solicitud (Anexo I), con la declaración responsable que incluye
  • En proyectos conjuntos, documento con los compromisos de cada entidad, el importe que corresponde a cada una y el nombramiento de un apoderado único
  • Tres ofertas de proveedores diferentes cuando el gasto supere las cuantías de los contratos menores
  • Permiso de inmersión
  • Certificaciones de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma, solo si te opones a que las consulte el órgano gestor
  • Facturas del gasto detalladas y comprobantes bancarios de los pagos, en la justificación
  • Declaración complementaria de todas las ayudas solicitadas para el mismo proyecto (Anexo IV)

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si ejecuto menos gasto del previsto?
Si no ejecutas al menos el 50% del gasto total subvencionado, puedes perder el derecho a la totalidad de la ayuda concedida. Si justificas algo menos de lo considerado subvencionable, se mantiene la concesión pero el pago se reduce en la misma proporción.
¿Puedo presentar varias solicitudes?
No. Cada entidad solo puede formular una solicitud, sea individual o conjunta. Si presentas más de una, solo se tiene en cuenta la primera según el orden de registro de entrada.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con cualquier otra ayuda o recurso público o privado, siempre que el importe acumulado no supere el coste de la actividad subvencionada. Si se supera, el órgano concedente reduce la ayuda concedida.
¿Qué gastos quedan fuera?
No se subvencionan alquileres, vestuario y equipamiento personal, aparatos y materiales de pesca y marisqueo, gastos de funcionamiento, mantenimiento y conservación, desplazamientos y representación, costes indirectos ni el IVA cuando la entidad puede recuperarlo.
¿Puedo encargar la actividad a otra empresa?
Sí. La entidad beneficiaria puede subcontratar la actividad subvencionada hasta el 100%, con las limitaciones que establece la normativa aplicable.

Fuentes oficiales

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