Ayudas a asociaciones de salud y bienestar en Binéfar
Hasta el 75% de los gastos para actividades de salud y bienestar en Binéfar
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Binéfar para proyectos y actividades de salud y bienestar social.
- Para quién
- Asociaciones y otras entidades sin fines lucrativos que realizan actividades de salud y bienestar social.
- Cuánto
- Hasta el 75% de los gastos subvencionables de tu actividad
- Qué cubre
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- Gastos directos derivados de las actividades de salud y bienestar social
- Proyectos de programación anual de utilidad pública o interés social a desarrollar en Binéfar durante 2026
- Requisitos
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- Eres una asociación o entidad sin fines lucrativos
- Realizas actividades de salud y bienestar social
- Tu entidad está debidamente constituida en la fecha de la solicitud
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tu proyecto o actividad se desarrolla en el municipio de Binéfar durante 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acepta la subvención en el plazo de un mes desde que recibas la notificación
- Realiza la actividad y acredítala debidamente ante el Ayuntamiento de Binéfar
- Haz constar en toda la información de la actividad que está subvencionada por el Ayuntamiento de Binéfar
- Justifica el gasto en los tres meses siguientes a la notificación de la concesión y, como muy tarde, el 30 de noviembre
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que obtengas para la misma finalidad
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Binéfar
- Organizas actividades de salud o bienestar social en Binéfar durante 2026
- Tu entidad no tiene fines lucrativos y está constituida legalmente
- Puedes asumir por tu cuenta una parte del coste de la actividad
- Buscas financiar los gastos directos de un proyecto de bienestar social
- Eres una persona física o una empresa con ánimo de lucro
- Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tu actividad ya recibe otra ayuda del propio Ayuntamiento para la misma finalidad
- Solo quieres financiar premios en metálico o comidas
- Tu proyecto se desarrolla fuera del municipio de Binéfar
Cuánto puedes recibir
La subvención que recibes nunca puede superar el 75% de los gastos subvencionables de tu actividad. La resolución de concesión fija el importe concreto, el porcentaje que representa sobre esos gastos y el importe que tendrás que justificar. Si al justificar acreditas menos gasto del previsto, cobras el resultado de aplicar ese porcentaje a lo que sí hayas justificado. No se hacen anticipos de pago.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida y cumplimenta los anexos de solicitud
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Presenta la solicitud dirigida al Alcalde a través del registro electrónico del Ayuntamiento
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Revisa la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones en el plazo de diez días si no estás de acuerdo
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Acepta la subvención en el plazo de un mes desde que recibas la notificación de concesión
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Presenta la cuenta justificativa con las facturas y los justificantes de pago
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud (Anexo I)
- Estudio de las actividades de bienestar social a realizar (Anexo II)
- Resumen del proyecto de salud y bienestar social a realizar (Anexo III)
- Estatutos de la entidad solicitante
- Certificado de inscripción en el Registro público que corresponda según la naturaleza de la entidad
- Certificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones de la Diputación General de Aragón, si eres asociación
- Autorización al Ayuntamiento para pedir a la Tesorería General de la Seguridad Social el certificado de estar al corriente
- Autorización al Ayuntamiento para pedir a la Agencia Tributaria los certificados de tu situación fiscal
- Declaración jurada de las subvenciones recibidas para la misma actividad, con su importe
- Declaración del número de socios inscritos en la asociación a fecha de solicitud
- Declaración de cargos directivos, domicilio social y datos de contacto de la asociación
- Declaración jurada de no estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones
- Documento que acredite la representación de quien firma la solicitud