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Ayudas Claras
Subvenciones Badajoz Servicios sociales
Servicios sociales Badajoz Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades sociales de Almendralejo

Ayuda a proyectos sociales de asociaciones de Almendralejo durante 2026.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del ayuntamiento de Almendralejo para programas sociales de interés general en el municipio.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de carácter social del municipio de Almendralejo.
Cuánto
Importe según la valoración del proyecto: lo que pidas no puede superar su presupuesto total
Qué cubre
  • Material fungible del proyecto, como material de oficina, materiales editados, materias primas, mercancías y alimentos
  • Gastos de personal directamente implicado en el proyecto, con nóminas desde enero de 2026
  • Otros gastos corrientes ligados a la ejecución de la actividad

    Entran manutención, alojamiento y kilometraje de ponentes y colaboradores; gastos protocolarios; servicios de asesoría; impresión, publicidad y difusión; alquiler y mantenimiento de inmuebles de la entidad, con contrato a su nombre; premios, trofeos y condecoraciones; y mantenimiento de la sede social. No entran inversiones ni bienes inventariables (vehículos, equipos informáticos, mobiliario), la promoción de la propia entidad, los intereses deudores, recargos y sanciones ni los gastos de procedimientos judiciales.

Requisitos
  • Estás legalmente constituida e inscrita en el registro municipal de asociaciones con un año de antigüedad como mínimo
  • Desarrollas tus actividades dentro del término municipal de Almendralejo
  • Estás al corriente con la hacienda local, la estatal, la autonómica y la Seguridad Social
  • No tienes deudas de pago en periodo ejecutivo con el ayuntamiento, salvo que estén garantizadas
  • Tienes justificados los gastos de subvenciones municipales anteriores o has renunciado expresamente a ellas
  • Presentas una única solicitud, en el modelo normalizado y firmada por tu representante legal
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades del proyecto entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
  • Justifica los gastos y sus pagos como fecha límite el 30 de noviembre de 2026
  • Presenta la memoria de actividad y la memoria económica con la relación de gastos e ingresos
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra subvención o ayuda para las mismas actividades
  • Da publicidad a la financiación municipal e incluye el logotipo del ayuntamiento en la difusión
  • Sométete a las actuaciones de comprobación, seguimiento y control financiero del ayuntamiento
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de carácter social sin ánimo de lucro de Almendralejo
  • Estás inscrita en el registro municipal de asociaciones desde hace al menos un año
  • Tu proyecto se dirige a la infancia, la adolescencia o las familias
  • Trabajas con colectivos vulnerables o en riesgo de exclusión social
  • Desarrollas programas de acogida e integración de personas inmigrantes o de apoyo a personas con discapacidad
  • Tu entidad no desarrolla sus actividades dentro del término municipal de Almendralejo
  • Llevas menos de un año inscrita en el registro municipal de asociaciones
  • Tienes deudas en periodo ejecutivo con el ayuntamiento sin garantizar
  • No has justificado subvenciones anteriores del ayuntamiento
  • Tu proyecto se ejecuta fuera del periodo entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026

Cuánto puedes recibir

La cuantía que pidas no puede superar el presupuesto total del proyecto que presentes, y el reparto depende de la puntuación: hasta 30 puntos por la implantación, la trayectoria y el desempeño de tu entidad, hasta 70 puntos por el proyecto y 5 puntos más por cada tipo de ayuda municipal que no recibas (suministros y sede social). Hacen falta 40 puntos como mínimo para que el proyecto resulte subvencionado. El crédito de la convocatoria se divide entre el total de puntos de todas las asociaciones para obtener el valor del punto, que se multiplica por los puntos de cada entidad; si pides menos de lo que te correspondería, cobras lo que has pedido. La ayuda es compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, siempre que entre todas no superen el coste de la actividad; si lo superan, la subvención municipal se reduce en la parte proporcional. Si al justificar el coste resulta menor que la subvención concedida, se inicia el procedimiento para perder el derecho al cobro o para reintegrar.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el registro municipal de asociaciones y con los datos actualizados

  2. Redacta el proyecto y su presupuesto específico en el modelo normalizado

  3. Reúne los certificados y declaraciones responsables que piden las bases

  4. Presenta la solicitud en el modelo normalizado por la sede electrónica del ayuntamiento

  5. Subsana en el plazo improrrogable de diez días si te lo requieren

  6. Presenta la memoria de actividad y la memoria económica antes del 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo normalizado (Anexo I), con el proyecto y la cuantía solicitada
  • Fotocopia compulsada del código de identificación fiscal de la entidad y del documento de identidad del representante
  • Declaración responsable del presidente de no estar la entidad incursa en prohibiciones para ser beneficiaria (Anexo II)
  • Proyecto y presupuesto específico para el que se pide la ayuda (Anexo III)
  • Certificado del secretario con el número de personas asociadas (Anexo IV)
  • Declaración de insuficiencia financiera (Anexo V)
  • Declaración sobre otras subvenciones concurrentes de otras administraciones o entidades (Anexo VI)
  • Certificación de estar al corriente con la hacienda local y documentos de estar al corriente con la hacienda estatal, la autonómica y la Seguridad Social
  • Escrito que acredite las ayudas municipales recibidas en alquiler, cesión de local, suministros o actividades
  • Certificado del secretario de la junta directiva que acredita la representación legal de quien firma
  • Listado de monitores y copia de su titulación homologada, si el proyecto necesita contratarlos
  • Ficha de alta de terceros, si es la primera vez que pides la subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
Cada entidad solicitante solo puede presentar una solicitud de subvención en esta convocatoria.
¿Qué periodo tiene que cubrir el proyecto?
Los proyectos se desarrollan dentro de 2026, entre el 1 de enero y el 30 de noviembre. Los gastos y pagos hechos fuera de ese periodo no son subvencionables.
¿Cómo se valoran las solicitudes?
Hasta 30 puntos por la implantación, la trayectoria y el desempeño de la entidad (antigüedad, número de socios y proyectos realizados), hasta 70 puntos por el proyecto presentado y 5 puntos más por no recibir ayudas municipales para suministros y otros 5 por no recibirlas para la sede social. Hace falta un mínimo de 40 puntos para que el proyecto resulte subvencionado.
¿Cuánto tardan en resolver?
La junta de gobierno local resuelve en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa el plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada.
¿Tengo que aceptar la subvención?
Tienes cinco días hábiles desde la notificación para renunciar expresamente. Si no renuncias en ese plazo, se entiende que aceptas la subvención concedida.

Fuentes oficiales

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