Ayudas para libros y material escolar en O Carballiño
Hasta 120€ en infantil y 60€ en primaria y secundaria para libros y material
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de O Carballiño para la compra de libros de texto y material escolar
- Para quién
- Familias de O Carballiño con niños y niñas a su cargo escolarizados en centros públicos o concertados del municipio
- Cuánto
-
- Importe máximo según la etapa educativa del alumno
Si hay crédito suficiente se podrá conceder más de una ayuda por familia, si se solicita, sin exceder el límite presupuestario.Etapa educativa Cuantía máxima Educación infantil 120 € Educación primaria y secundaria 60 €
- Importe máximo según la etapa educativa del alumno
- Qué cubre
-
- Libros de texto y libros de lectura establecidos por el centro educativo
- Material escolar
Cuadernos, folios, colores, lápices, bolígrafos, rotuladores, gomas, plastilina, carpetas, diccionarios, compás, calculadora básica exigida por el currículo, estuche, reglas y mochilas.
- Uniforme y material deportivo para la asignatura de educación física
- Requisitos
-
- Todos los miembros de la unidad de convivencia llevan empadronados en O Carballiño un mínimo de seis meses
- El alumno está matriculado en educación infantil (3, 4 y 5 años), primaria o secundaria en un centro educativo del municipio
- La renta per cápita anual no supera los 9.000 € por miembro de la unidad familiar
Si se presentó declaración del impuesto sobre la renta del ejercicio fiscal 2025, se suman la base imponible general y la base imponible del ahorro y se dividen entre los miembros de la unidad de convivencia. Si no hay obligación de declarar, se tienen en cuenta los ingresos según los datos tributarios facilitados por la Agencia Tributaria y los restantes ingresos declarados con la documentación exigida.
- El gasto se realiza entre el 30 de junio y el 15 de octubre de 2026
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Destina los fondos percibidos a la finalidad para la que se concedieron
- Comunica la obtención de otras ayudas solicitadas o concedidas para el mismo fin
- Conserva los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
- Presenta la justificación en el registro municipal hasta el 2 de noviembre de 2026
- Cuándo
-
La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Todos los miembros de tu unidad de convivencia están empadronados en O Carballiño desde hace al menos seis meses
- Tus hijos están matriculados en infantil (3, 4 y 5 años), primaria o secundaria en un centro del municipio
- La renta per cápita anual de tu unidad familiar no supera los 9.000 €
- Vas a comprar libros y material escolar entre el 30 de junio y el 15 de octubre de 2026
- La renta per cápita anual de tu familia supera los 9.000 €
- Algún miembro de la unidad de convivencia no lleva seis meses empadronado en O Carballiño
- Cambias al alumno a un centro educativo de otro ayuntamiento después de pedir la ayuda
- El gasto se realiza fuera del periodo del 30 de junio al 15 de octubre de 2026
Cuánto puedes recibir
La cuantía máxima es de 120 € para educación infantil y de 60 € para educación primaria y secundaria. Las ayudas se conceden atendiendo a la menor renta per cápita hasta agotar el presupuesto asignado, y si hay crédito suficiente se puede conceder más de una ayuda por familia si la solicitas. Si solo justificas una parte de lo solicitado, la subvención se reduce proporcionalmente.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Pide en el ayuntamiento el modelo normalizado de solicitud
-
Reúne el certificado del centro educativo, el certificado de convivencia y la documentación económica
-
Presenta la solicitud en el registro municipal dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto
-
Subsana en un plazo de hasta diez días si detectan deficiencias
-
Justifica el gasto con las facturas en el registro municipal hasta el 2 de noviembre de 2026
Documentación necesaria
- Certificado del centro educativo indicando el curso en el que está matriculado el alumno
- Certificado de convivencia de la unidad familiar
- Fotocopia del libro de familia o partida de nacimiento
- Fotocopia del DNI, NIE o permiso de residencia en vigor de todos los miembros de la unidad familiar
- Declaración de otras ayudas para el mismo fin de otras administraciones públicas o privadas
- Fotocopia de la declaración de la renta de 2025 de los miembros computables de la unidad familiar
- Declaración jurada de estar al corriente con la hacienda estatal, la autonómica y la Seguridad Social
- Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador, si procede
- Certificado de víctima de violencia de género, si procede
- Resolución judicial en caso de adopción o tutela, o resolución de la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social en caso de acogimiento familiar o preadoptivo
- Certificado de discapacidad, de familia numerosa o de familia monoparental, si procede
- Si no hay obligación de declarar: certificado de hacienda, certificados de empresa del ejercicio 2025 y justificantes de las ayudas públicas percibidas
- Para justificar: factura original o copia compulsada detallada del gasto, sellada y firmada por la librería o el comercio