Saltar al contenido
Ayudas Claras
Ayudas Extremadura Educación
Educación Extremadura Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda al fomento de la escolaridad en Arroyomolinos

Hasta 2.000 euros por beneficiario para familias con hijos en el colegio

Lo que significa

Qué es
Ayuda del Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera para fomentar la escolaridad en el colegio del municipio e incentivar el comercio local
Para quién
Matrimonios, parejas de hecho y familias monoparentales con hijos escolarizados en el colegio del municipio
Cuánto
Cantidad máxima de 2.000,00 euros por beneficiario; se otorga la cantidad acreditada en la cuenta justificativa
Qué cubre
  • Gastos relacionados con el desarrollo de la actividad escolar
  • Ropa y calzado
  • Alimentación
Requisitos
  • Sois matrimonio, pareja de hecho o familia monoparental con hijos
  • El hijo o hija para el que pides la ayuda está empadronado en Arroyomolinos de la Vera, en el domicilio del solicitante en el momento de la solicitud
  • Consta la matrícula en el colegio C.R.A. Vera Tiétar y se presenta en el Ayuntamiento
  • Ese requisito se mantiene durante todo el curso académico 2025-2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina el 50% del importe de la subvención a la compra en los comercios de la localidad
  • Mantén la matriculación y la asistencia efectiva a clase durante todo el curso 2025-2026, o comunícalo si no es así
  • Presenta la cuenta justificativa con los gastos realizados y los documentos que los acrediten
  • Facilita las actuaciones de supervisión, comprobación y control del Ayuntamiento
  • Reintegra la subvención si no se cumple el compromiso de permanencia en el colegio, salvo casos debidamente justificados
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Sois un matrimonio, pareja de hecho o familia monoparental con hijos
  • Estáis empadronados en Arroyomolinos de la Vera
  • Vuestros hijos están matriculados en el colegio C.R.A. Vera Tiétar en el curso 2025/2026
  • Vais a gastar en actividad escolar, ropa, calzado o alimentación
  • El hijo o hija no está empadronado en el domicilio del solicitante
  • El hijo o hija no está matriculado en el colegio C.R.A. Vera Tiétar
  • No mantenéis la matriculación durante la totalidad del curso 2025-2026
  • Los gastos tienen fecha anterior al 30 de junio de 2025 o posterior al 31 de octubre de 2026

Cuánto puedes recibir

Se asigna una cantidad máxima de 2.000 euros por beneficiario y la cuantía que se otorga es la acreditada en la cuenta justificativa. Es obligatorio destinar el 50% del importe de la subvención a la compra de esos artículos en los comercios de la localidad. Solo se admiten gastos con fecha de emisión entre el 30 de junio de 2025 y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Cumplimenta el modelo de solicitud dirigido al Alcalde del Ayuntamiento

  2. Reúne los certificados de empadronamiento, el libro de familia y la copia de la matrícula

  3. Firma la declaración responsable y el compromiso de permanencia en el colegio durante el curso

  4. Prepara la cuenta justificativa con los gastos realizados y los documentos que los demuestran

  5. Presenta todo en el Registro de entrada del Ayuntamiento dentro del plazo de la convocatoria

  6. Subsana en un plazo máximo e improrrogable de 10 días si te lo requieren

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I
  • Fotocopia compulsada del DNI del beneficiario (padre, madre o tutor) o documento que lo sustituya
  • Certificado de empadronamiento del beneficiario que acredite la residencia efectiva en el municipio
  • Certificado de empadronamiento colectivo que incluya al menor para el que se solicita la ayuda
  • Fotocopia del libro de familia o documentación equivalente, con todas las hojas de los miembros de la unidad familiar
  • Copia de la resolución judicial en caso de adopción
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o declaración responsable sustitutiva (Anexo II)
  • Copia de la matrícula en el colegio C.R.A. Vera Tiétar del curso 2025-2026
  • Copia compulsada de la sentencia de divorcio o separación, o de la demanda de separación registrada, en su caso
  • Declaración responsable de compromiso de mantener la matriculación y la asistencia durante el curso (Anexo III)
  • Cuenta justificativa con los gastos realizados, su importe y los documentos demostrativos (Anexo IV)

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos puedo justificar?
Los relacionados con el desarrollo de la actividad escolar, así como ropa, calzado y alimentación, con fecha de emisión entre el 30 de junio de 2025 y el 31 de octubre de 2026, ambos inclusive.
¿Tengo que comprar en el pueblo?
Sí. Es obligatorio destinar el 50% del importe objeto de la subvención a la compra de esos artículos en los comercios de la localidad de Arroyomolinos de la Vera.
¿Qué pasa si cambio a mi hijo de colegio?
El requisito de matriculación debe mantenerse durante la totalidad del curso 2025-2026 y la Administración lo comprueba de oficio. Si no se cumple el compromiso de permanencia, el Ayuntamiento puede solicitar el reintegro de la subvención, salvo casos debidamente justificados.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo de resolución y notificación es de 1 mes; si vence sin notificarse, puedes entender desestimada la solicitud por silencio administrativo. La relación provisional se publica en el tablón de anuncios y en la web municipal, y hay 10 días hábiles para presentar alegaciones.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas