Ayuda por nacimiento o adopción en Parada de Sil
1.500€ por cada menor, en pagos de 500€ durante tres anualidades.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda del Ayuntamiento de Parada de Sil por el nacimiento, la adopción, la tutela o el acogimiento de un menor.
- Para quién
- Progenitores y personas tutoras de menores nacidos, adoptados, tutelados o acogidos.
- Cuánto
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- 1.500,00 € por cada menor, repartidos en tres anualidades
En los partos múltiples la ayuda se concede por cada menor individualmente. Si el crédito presupuestario es insuficiente para atender todas las solicitudes, se prorratea entre todas ellas.Momento del pago Importe Anualidad del nacimiento, adopción o acogimiento 500,00 € Segunda anualidad 500,00 € Tercera anualidad 500,00 €
- 1.500,00 € por cada menor, repartidos en tres anualidades
- Qué cubre
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- Productos de alimentación infantil, leche, pañales y similares
- Ropa, calzado, cunas, carritos y artículos de puericultura
- Medicamentos o productos sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social
- Requisitos
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- Eres progenitor de un menor nacido, adoptado o acogido desde el 1 de enero de 2026, o su tutor si la tutela se constituye desde esa fecha
- Figuras empadronado de forma ininterrumpida en Parada de Sil al menos un año antes de la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento
- El menor consta inscrito en el padrón de habitantes del municipio en la fecha de presentación de la solicitud
- Te comprometes a mantener el empadronamiento del progenitor y del menor durante los dos años siguientes a la concesión
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén el empadronamiento tuyo y del menor durante los dos años siguientes e ininterrumpidos a la concesión de la ayuda
- Usa la tarjeta electrónica municipal solo en establecimientos físicos: queda excluida para compras online y para sacar efectivo en cajeros u oficinas
- Comunica al Ayuntamiento el deterioro, extravío, robo o cualquier otra incidencia de la tarjeta
- Realiza los gastos con fecha posterior al nacimiento, adopción, tutela o acogimiento
- Conserva un mínimo de dos años las facturas y documentos justificativos de los gastos
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 31 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Has tenido un hijo o hija desde el 1 de enero de 2026
- Has adoptado o acogido a un menor desde esa fecha
- Eres tutor de un menor y la tutela se constituyó desde el 1 de enero de 2026
- Llevas más de un año empadronado en Parada de Sil
- Vas a mantener el empadronamiento en el municipio los próximos años
- El nacimiento, la adopción o el acogimiento son anteriores al 1 de enero de 2026
- Llevas menos de un año empadronado de forma ininterrumpida en Parada de Sil
- El menor no consta inscrito en el padrón municipal al presentar la solicitud
- No puedes comprometerte a mantener el empadronamiento durante los dos años siguientes
Cuánto puedes recibir
La cuantía total es de 1.500,00 € por cada menor nacido, adoptado, acogido o sujeto a tutela, y en los partos múltiples se concede por cada menor individualmente. Se cobra en tres tramos: 500,00 € en la anualidad del nacimiento, adopción o acogimiento y 500,00 € en cada una de las dos anualidades siguientes, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos y obligaciones. El dinero se recibe en una tarjeta electrónica de titularidad municipal, a modo de monedero, para comprar en comercios físicos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que llevas al menos un año empadronado en Parada de Sil antes del nacimiento, adopción o acogimiento
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Asegúrate de que el menor consta inscrito en el padrón municipal antes de presentar la solicitud
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Reúne la certificación literal de inscripción de nacimiento o la resolución de adopción, tutela o acogimiento
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Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento, con certificado electrónico de firma
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Retira la tarjeta electrónica en la entidad financiera y firma su recepción para recibir el código pin
Documentación necesaria
- Copia del DNI, NIE, pasaporte o documento identificativo de la persona solicitante
- Copia del certificado de empadronamiento de la persona solicitante, solo si no autorizas su consulta
- Certificación literal de inscripción de nacimiento expedida por el Registro Civil
- Copia de la resolución judicial o administrativa de adopción, tutela o acogimiento
- Certificación de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento, con la agencia tributaria estatal y con la Seguridad Social
- Si ya fuiste beneficiario en convocatorias anteriores, solicitud de pago de la anualidad 2026 junto con esa certificación
- Si te lo requieren, facturas o documentos justificativos con el nombre e identificación del emisor, la numeración, la fecha de emisión, el concepto detallado de los productos y el importe de la compra