Ayudas por tuberculosis a ganaderos de vacuno en Cataluña
Hasta el 85% del gasto en derechos de pastos, con tope de 5.000€ por persona beneficiaria
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por orden de llegada del Departamento de Agricultura de Cataluña para el gasto en derechos de pastos no aprovechados
- Para quién
- Titulares de explotaciones ganaderas de ganado vacuno de carne afectadas por la tuberculosis
- Cuánto
- Hasta el 85% del gasto subvencionable, con un máximo de 5.000€ por persona beneficiaria
- Qué cubre
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- La compra de derechos de pastos, o equivalentes, que no puedes aprovechar por el vaciado sanitario
- Gastos pagados entre el 1 de enero de 2025 y el día anterior a la resolución del vaciado sanitario
- Requisitos
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- En tu explotación se ha resuelto un vaciado sanitario
- Compraste derechos de pastos, o equivalentes, que no puedes aprovechar
- El gasto y el pago tienen fecha entre el 1 de enero de 2025 y el día anterior a la resolución del vaciado
- Respetas la normativa de igualdad entre mujeres y hombres y de no discriminación
- Respetas la normativa de derechos de las personas LGTBI y contra la violencia machista
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta la justificación de la subvención junto con la solicitud
- Aporta una memoria explicativa de la actividad y una memoria económica de su coste
- Declara las demás subvenciones o ingresos que financien la misma actividad
- Comunica al órgano competente cualquier posible situación de conflicto de intereses
- Facilita la información que te pidan para el seguimiento de la ayuda
- Devuelve el importe con intereses de demora si renuncias a la subvención
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una explotación ganadera de ganado vacuno de carne
- En tu explotación se ha resuelto un vaciado sanitario por tuberculosis
- Compraste derechos de pastos que no puedes aprovechar por ese vaciado
- Pagaste esos compromisos a partir del 1 de enero de 2025
- En tu explotación no se ha resuelto ningún vaciado sanitario
- Puedes aprovechar con normalidad los derechos de pastos que compraste
- El gasto y el pago son anteriores al 1 de enero de 2025
- Tu empresa ya ha recibido 50.000€ en ayudas de minimis en tres ejercicios
- Presentas la solicitud después del 15 de octubre de 2026
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el 85% del gasto subvencionable, con un tope de 5.000€ por persona beneficiaria. La ayuda no puede superar, sola o junto a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste de la actividad. Además, el total de ayudas de minimis no puede pasar de 50.000€ por empresa beneficiaria en tres ejercicios. Las solicitudes se resuelven por orden de llegada y se conceden según los fondos disponibles.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne los justificantes del gasto en derechos de pastos y la marca oficial de tu explotación
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Rellena la solicitud según los modelos que figuran en la sede electrónica
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Presenta la solicitud de forma telemática junto con la justificación del gasto
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Consulta la resolución en el tablero electrónico de la Generalitat de Catalunya, que sustituye a la notificación individual
Documentación necesaria
- Marca oficial de la explotación por la que solicitas la ayuda
- Declaraciones responsables
- Datos de la cuenta bancaria
- Memoria explicativa de las actividades realizadas y los resultados obtenidos
- Memoria económica con la relación clasificada de los gastos de la actividad
- Copias digitalizadas de las facturas y de la documentación que acredita el pago
- Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad