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Ayudas Claras
Ayudas Alicante Educación
Educación Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para libros y material escolar infantil en Crevillent

Hasta 70€ por beneficiario para libros y material escolar de Educación Infantil

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Crevillent para comprar libros y material escolar de Educación Infantil
Para quién
Padres, madres y representantes legales del alumnado de Educación Infantil de centros públicos y concertados de Crevillent
Cuánto
Hasta 70€ por beneficiario
Qué cubre
  • Compra de libros para el alumnado de Educación Infantil
  • Compra de material escolar individual
Requisitos
  • El alumno está empadronado en el municipio de Crevillent
  • El alumno está matriculado en Educación Infantil durante el curso escolar 2026/2027
  • La renta de tu unidad familiar de 2025 no supera los límites fijados en la convocatoria
    Miembros de la unidad familiarRenta anual máxima (ejercicio 2025)
    2 miembros24.089€
    3 miembros32.697€
    4 miembros38.831€
    5 miembros43.402€
    6 miembros46.853€
    7 miembros50.267€
    8 miembros53.665€
    Por cada miembro computable adicional a partir del noveno, el límite de renta se incrementa en 3.391 euros.
  • El alumno cursa en un centro público o concertado de Crevillent, en un centro específico de educación especial fuera del municipio cuando esa escolarización sea preceptiva, o en un aula específica de educación especial de un centro del municipio
  • Obtienes valoración técnica favorable de los servicios municipales competentes
Obligaciones
  • Justifica la compra con factura, justificante de gasto o documento equivalente
  • Presenta la justificación en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de concesión
  • Aporta la documentación complementaria que el Ayuntamiento te requiera
  • Facilita las comprobaciones que haga el Ayuntamiento sobre el uso de la ayuda
  • Aporta datos veraces: la falsedad, ocultación o inexactitud puede revocar la ayuda
Cuándo
  • Abre: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 25 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres padre, madre o representante legal de alumnado de Educación Infantil
  • Tu hijo está empadronado en el municipio de Crevillent
  • Tu hijo se matricula en Educación Infantil en el curso escolar 2026/2027
  • La renta de tu unidad familiar de 2025 no supera los límites de la convocatoria
  • Necesitas ayuda para comprar libros y material escolar individual
  • Tu hijo está matriculado en Educación Primaria
  • Tu hijo está matriculado en Educación Secundaria Obligatoria
  • No aportas la documentación exigida dentro del plazo establecido
  • Tu hijo tuvo esta ayuda municipal de educación infantil el curso anterior y no alcanzó la asistencia mínima del setenta y cinco por ciento de las sesiones programadas sin causa debidamente justificada
  • La renta de tu unidad familiar de 2025 supera los límites establecidos

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 70€ por beneficiario para la compra de libros y material escolar. Si el centro educativo desarrolla un proyecto educativo específico o un sistema colectivo de compra de material, la ayuda puede ajustarse al coste que determine el centro, sin superar nunca ese máximo. Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación y las ayudas se adjudican siguiendo ese orden hasta agotar el crédito disponible.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Acude al Gabinete Psicopedagógico y Social Municipal para informarte y revisar la documentación

  2. Recoge el modelo normalizado de solicitud en el Registro General, en el Gabinete Psicopedagógico y Social o en la sede electrónica municipal

  3. Reúne la documentación que debes aportar en papel junto con la solicitud

  4. Formaliza la solicitud tras la entrevista en el Gabinete y regístrala en el Registro General del Ayuntamiento

  5. Consulta la resolución en el centro educativo de tu hijo o en el Gabinete Psicopedagógico y Social

  6. Justifica el gasto en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de concesión

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud aprobado por el Ayuntamiento
  • Documento Nacional de Identidad, Número de Identidad de Extranjero o documento equivalente de la persona solicitante
  • Libro de Familia o certificación expedida por el Registro Civil
  • Documento acreditativo de la condición de familia monoparental, cuando proceda
  • Declaración responsable sobre la veracidad de los datos y documentos aportados
  • Documento de mantenimiento de terceros, salvo si la ayuda se paga directamente al centro educativo
  • Documento de cesión o autorización de cobro a favor del centro educativo, cuando proceda
  • Certificado o volante colectivo de convivencia, si no autorizas la consulta telemática
  • Información tributaria del ejercicio 2025 (declaración de la renta, datos fiscales o certificación negativa), si no autorizas la consulta telemática
  • Título o certificado de familia numerosa, documentación de desempleo, certificados de discapacidad o de percepción de pensiones, si no autorizas la consulta telemática
  • Certificación del centro educativo sobre la asistencia del alumnado durante el curso anterior, cuando resulte exigible

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya recibo otra para lo mismo?
Sí. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, becas o ingresos destinados a la misma finalidad que procedan de cualquier administración pública, organismo público, entidad privada o institución nacional, de la Unión Europea o internacional. La suma de todas las ayudas no puede superar el coste que hayas soportado por los libros y el material escolar; si hay exceso de financiación, la ayuda municipal se reduce o se reintegra la cantidad percibida de más.
¿Todas las solicitudes que cumplen los requisitos reciben la ayuda?
No. Las solicitudes se ordenan de mayor a menor puntuación y se adjudican hasta agotar el crédito. Puede haber solicitudes que cumplan los requisitos económicos y no resulten beneficiarias por insuficiencia de crédito o por no alcanzar la puntuación mínima.
¿Qué ocurre si no recojo la ayuda dentro del plazo?
El Ayuntamiento puede acordar que el importe concedido se abone directamente al centro educativo donde está matriculado el alumno, siempre que redunde en su beneficio directo y el gasto esté suficientemente acreditado.
¿Quién puede presentar la justificación del gasto?
Puede presentarla la persona beneficiaria, el centro educativo o la asociación de madres y padres del alumnado (AMPA) o de familias del alumnado (AFA) cuando hayan asumido directamente la compra del material escolar.
¿Puedo reclamar si me deniegan la ayuda?
Sí. Puedes interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acuerdo, en el plazo de un mes, o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa en dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación.

Fuentes oficiales

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