Ayudas para material escolar en San Miguel de Abona
Hasta 600€ para material escolar y libros de familias en necesidad social
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de San Miguel de Abona para comprar material escolar y libros de texto
- Para quién
- Padres, madres, tutores o representantes legales de menores matriculados en centros públicos en la segunda etapa de Educación Infantil, en Primaria o en Secundaria
- Cuánto
- Hasta 600€ por ayuda individual
- Qué cubre
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- Material escolar para el inicio del curso
- Libros de texto
- Requisitos
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- Eres el padre, la madre, el tutor o el representante legal del menor
- El menor está matriculado en un centro público de segunda etapa de Infantil, Primaria o Secundaria
- Llevas empadronado en el municipio al menos un año antes de presentar la solicitud
- La renta por persona de tu unidad familiar no supera el umbral fijado
La renta per cápita de la unidad familiar no puede superar 1,5 veces el importe mensual del IPREM (600,00 €), es decir, 900,00€. Se entiende por unidad familiar la formada por el solicitante, su cónyuge o situación análoga y las personas que convivan con él unidas por parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive.
- No tienes deudas en vía de apremio con el Ayuntamiento ni obligaciones tributarias pendientes con él
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda únicamente a material escolar y libros de texto: tiene carácter finalista
- Presenta el comprobante de la matrícula en el centro educativo para justificar la ayuda
- Mantente al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: si no, no se abona el pago
- Si cobras otras ayudas para lo mismo, la suma no puede superar el coste de los estudios
- Declara datos ciertos: la inexactitud da lugar a la denegación o revocación de la ayuda
- Fechas estimadas
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- Abre: 13 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 2 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres padre, madre, tutor o representante legal de un menor escolarizado
- Tu hijo estudia en un centro público en la segunda etapa de Infantil, en Primaria o en Secundaria
- Llevas al menos un año empadronado en San Miguel de Abona
- La renta por persona de tu unidad familiar no supera los 900,00€
- Necesitas ayuda para comprar material escolar y libros de texto
- Tu hijo estudia en un centro que no es de titularidad pública
- Llevas menos de un año empadronado en el municipio
- La renta por persona de tu unidad familiar supera los 900,00€
- Tienes deudas con el Ayuntamiento en vía de apremio
- No estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
Recibes una cantidad que no puede superar los 600€ por ayuda individual. El dinero es finalista: solo puedes destinarlo a la compra de material escolar y libros de texto del inicio del curso. Una vez resuelto el procedimiento se te abona por transferencia a la cuenta que hayas indicado en el modelo de alta a terceros, y no se paga mientras no estés al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación exigida y los modelos de los Anexos I, II y III de las bases reguladoras
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Rellena el formulario de solicitud del Anexo I dirigido al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
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Presenta la solicitud dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia
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Consulta las notificaciones del procedimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web
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Espera la resolución: el plazo máximo para resolverla y publicarla es de seis meses
Documentación necesaria
- Instancia conforme al Anexo I
- DNI o NIE del padre, madre o tutor legal del menor y de los miembros mayores de 18 años computables
- DNI o NIE del estudiante
- Libro de Familia completo (titulares e hijos); el certificado de convivencia puede sustituirlo o acompañarlo
- Título de familia numerosa, en los casos que proceda
- Certificado de discapacidad de al menos un 33%, si procede
- Autorización para recabar los datos de matrícula a los centros educativos municipales o, en su defecto, matrícula o certificado de matrícula del centro donde vaya a estudiar
- Justificante de los ingresos de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar mediante autorización expresa para recabar datos de renta (Anexo III)
- Declaración jurada conforme al Anexo II