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Ayudas Claras
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Ayudas para material escolar y licencia digital en Olèrdola

Hasta 150€ de ayuda para material escolar y licencia digital del curso 2026-2027

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Olèrdola para la cuota de material escolar y la licencia digital del curso
Para quién
Familias empadronadas en Olèrdola con hijos escolarizados en centros educativos públicos de educación infantil, primaria o enseñanza obligatoria
Cuánto
  • Hasta 150€ de cuantía individual máxima; el porcentaje que financia el Ayuntamiento depende de tu puntuación
    Puntuación en la valoración económica y socialPorcentaje financiado
    Menos de 2 puntos0% de la ayuda
    Entre 2,1 y 4 puntos40% de la ayuda
    Entre 4,1 y 6 puntos60% de la ayuda
    Entre 6,1 y 8 puntos80% de la ayuda
    Entre 8,1 y 10 puntos100% de la ayuda
    Las unidades familiares con riesgo social y en seguimiento de los servicios sociales municipales tienen el 100% de la financiación.
Qué cubre
  • La cuota de material escolar del curso 2026-2027
  • La licencia digital del curso 2026-2027
Requisitos
  • Tus hijos están escolarizados en un centro educativo de carácter público
  • Toda tu familia o unidad de convivencia está empadronada en Olèrdola
  • Tu familia está en situación socioeconómica desfavorecida según la valoración municipal

    Renta máxima disponible mensual, con el gasto de vivienda descontado: un miembro 801,85€; dos miembros 1042,405€; tres miembros 1282,96€; cuatro miembros 1523,515€; cinco miembros 1764,07€; seis miembros 2.004,63€. El cálculo resta el gasto de alquiler o hipoteca con un tope máximo de 650€. La valoración económica da 7 puntos si tu renta disponible es inferior al 33,3% de ese máximo, 5 puntos entre el 33,4% y el 66,6% y 3 puntos entre el 66,7% y el 100%.

  • No eres beneficiario de la ayuda de mochila escolar del departamento de educación
  • Presentas una sola solicitud por familia
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en tu situación social o económica
  • Presenta el justificante de pago de la cuota para que te paguen la ayuda
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones para la misma finalidad
  • Entrega los documentos originales si el Ayuntamiento te los pide para verificarlos
  • Responde con datos ciertos: una inexactitud puede suponer la denegación o revocación de la ayuda
Cuándo
  • Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tus hijos están escolarizados en un centro educativo público
  • Tus hijos cursan enseñanza obligatoria, educación infantil o primaria
  • Toda tu familia está empadronada en el municipio de Olèrdola
  • Pagas la cuota de material escolar y la licencia digital del curso 2026-2027
  • Tu familia está en situación socioeconómica desfavorecida
  • Recibes apoyo de los servicios sociales municipales por riesgo social
  • Tus hijos no están escolarizados en un centro educativo público
  • Tu unidad de convivencia no está empadronada en Olèrdola
  • Ya eres beneficiario de la ayuda de mochila escolar del departamento de educación
  • Has pagado la cuota de material escolar y licencia digital con el cheque escolar de la Generalidad de Cataluña: ese importe no puede subvencionarse con esta ayuda
  • En la valoración económica no llegas a 3 puntos

Cuánto puedes recibir

La cuantía individual máxima de la ayuda es de 150€. El Ayuntamiento financia un porcentaje de la cuota según los puntos que sumes entre la valoración económica y la social: 40% entre 2,1 y 4 puntos, 60% entre 4,1 y 6, 80% entre 6,1 y 8 y 100% entre 8,1 y 10 puntos. Si tu unidad familiar está en riesgo social y en seguimiento de los servicios sociales municipales, la financiación es del 100%. El importe se paga directamente a las familias tras presentar el justificante de pago de la cuota.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que pide la convocatoria, numerada en el orden indicado

  2. Si recibes apoyo de servicios sociales y no puedes aportar el recibo, pide cita previa para que te hagan el informe

  3. Rellena el formulario de solicitud de ayuda de material escolar (Anexo I)

  4. Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de Olèrdola, principalmente por medios telemáticos

  5. Si no puedes tramitarla por internet, pide cita en la Oficina de Atención a la Ciudadanía para presentarla presencialmente

Documentación necesaria

  • Solicitud de ayuda de material escolar (Anexo I)
  • Fotocopia del NIF o NIE de la persona solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar
  • Libro de familia (fotocopia de todas las páginas escritas)
  • Certificado bancario donde conste el número de IBAN de la persona solicitante
  • Extracto bancario de los últimos 3 meses de todas las personas convivientes mayores de 16 años
  • Los 3 últimos recibos de alquiler y/o hipoteca de la vivienda donde resides
  • Las 3 últimas nóminas o certificado de prestaciones del SEPE que acredite el desempleo, de cada miembro mayor de 16 años
  • Declaración de la renta del año 2025 o, si no la has hecho, certificado negativo de renta
  • Certificado de prestaciones de la Seguridad Social
  • Recibo de pago de la cuota de material y de la licencia digital, o solicitud de informe de servicios sociales
  • Carnet de familia numerosa, en caso de familia numerosa
  • Carné de familia monoparental, en caso de familia monoparental
  • Sentencia o convenio regulador, en caso de separación
  • Certificado de discapacidad, si algún miembro de la unidad familiar tiene discapacidad

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si me falta algún documento en la solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá para que subsanes la falta o aportes los documentos en el plazo de diez días. Si no lo haces, se considera que desistes de tu petición.
¿Puedo pedir la ayuda si ya he usado el cheque escolar de la Generalidad de Cataluña?
El importe de la cuota de material escolar y licencia digital que hayas pagado con el cheque escolar no puede subvencionarse con esta ayuda.
¿Qué hago si no puedo aportar el recibo de la cuota?
Si recibes apoyo de los servicios sociales municipales, puedes pedir con cita previa un informe que justifique tu situación. Antes tienes que entregar al equipo de servicios sociales el certificado del coste del material y de la licencia digital expedido por la escuela. Esto no se aplica al recibo de la cuota de material de los institutos, que es obligatorio.
¿Cuándo sabré si me han concedido la ayuda?
El plazo máximo para resolver el otorgamiento es el 30 de noviembre de 2026. Las resoluciones se notifican de forma individualizada a las personas beneficiarias.
¿A quién se paga la ayuda?
Se paga directamente a las familias que han presentado el recibo. Si tu unidad familiar está en riesgo social y el equipo de servicios sociales ha hecho el informe motivado, el importe se paga directamente al centro escolar donde esté matriculado el alumno.

Fuentes oficiales

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