Ayudas para material escolar y licencia digital en Olèrdola
Hasta 150€ de ayuda para material escolar y licencia digital del curso 2026-2027
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Olèrdola para la cuota de material escolar y la licencia digital del curso
- Para quién
- Familias empadronadas en Olèrdola con hijos escolarizados en centros educativos públicos de educación infantil, primaria o enseñanza obligatoria
- Cuánto
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- Hasta 150€ de cuantía individual máxima; el porcentaje que financia el Ayuntamiento depende de tu puntuación
Las unidades familiares con riesgo social y en seguimiento de los servicios sociales municipales tienen el 100% de la financiación.Puntuación en la valoración económica y social Porcentaje financiado Menos de 2 puntos 0% de la ayuda Entre 2,1 y 4 puntos 40% de la ayuda Entre 4,1 y 6 puntos 60% de la ayuda Entre 6,1 y 8 puntos 80% de la ayuda Entre 8,1 y 10 puntos 100% de la ayuda
- Hasta 150€ de cuantía individual máxima; el porcentaje que financia el Ayuntamiento depende de tu puntuación
- Qué cubre
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- La cuota de material escolar del curso 2026-2027
- La licencia digital del curso 2026-2027
- Requisitos
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- Tus hijos están escolarizados en un centro educativo de carácter público
- Toda tu familia o unidad de convivencia está empadronada en Olèrdola
- Tu familia está en situación socioeconómica desfavorecida según la valoración municipal
Renta máxima disponible mensual, con el gasto de vivienda descontado: un miembro 801,85€; dos miembros 1042,405€; tres miembros 1282,96€; cuatro miembros 1523,515€; cinco miembros 1764,07€; seis miembros 2.004,63€. El cálculo resta el gasto de alquiler o hipoteca con un tope máximo de 650€. La valoración económica da 7 puntos si tu renta disponible es inferior al 33,3% de ese máximo, 5 puntos entre el 33,4% y el 66,6% y 3 puntos entre el 66,7% y el 100%.
- No eres beneficiario de la ayuda de mochila escolar del departamento de educación
- Presentas una sola solicitud por familia
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en tu situación social o económica
- Presenta el justificante de pago de la cuota para que te paguen la ayuda
- Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones para la misma finalidad
- Entrega los documentos originales si el Ayuntamiento te los pide para verificarlos
- Responde con datos ciertos: una inexactitud puede suponer la denegación o revocación de la ayuda
- Cuándo
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- Abre: 1 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tus hijos están escolarizados en un centro educativo público
- Tus hijos cursan enseñanza obligatoria, educación infantil o primaria
- Toda tu familia está empadronada en el municipio de Olèrdola
- Pagas la cuota de material escolar y la licencia digital del curso 2026-2027
- Tu familia está en situación socioeconómica desfavorecida
- Recibes apoyo de los servicios sociales municipales por riesgo social
- Tus hijos no están escolarizados en un centro educativo público
- Tu unidad de convivencia no está empadronada en Olèrdola
- Ya eres beneficiario de la ayuda de mochila escolar del departamento de educación
- Has pagado la cuota de material escolar y licencia digital con el cheque escolar de la Generalidad de Cataluña: ese importe no puede subvencionarse con esta ayuda
- En la valoración económica no llegas a 3 puntos
Cuánto puedes recibir
La cuantía individual máxima de la ayuda es de 150€. El Ayuntamiento financia un porcentaje de la cuota según los puntos que sumes entre la valoración económica y la social: 40% entre 2,1 y 4 puntos, 60% entre 4,1 y 6, 80% entre 6,1 y 8 y 100% entre 8,1 y 10 puntos. Si tu unidad familiar está en riesgo social y en seguimiento de los servicios sociales municipales, la financiación es del 100%. El importe se paga directamente a las familias tras presentar el justificante de pago de la cuota.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que pide la convocatoria, numerada en el orden indicado
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Si recibes apoyo de servicios sociales y no puedes aportar el recibo, pide cita previa para que te hagan el informe
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Rellena el formulario de solicitud de ayuda de material escolar (Anexo I)
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Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de Olèrdola, principalmente por medios telemáticos
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Si no puedes tramitarla por internet, pide cita en la Oficina de Atención a la Ciudadanía para presentarla presencialmente
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda de material escolar (Anexo I)
- Fotocopia del NIF o NIE de la persona solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar
- Libro de familia (fotocopia de todas las páginas escritas)
- Certificado bancario donde conste el número de IBAN de la persona solicitante
- Extracto bancario de los últimos 3 meses de todas las personas convivientes mayores de 16 años
- Los 3 últimos recibos de alquiler y/o hipoteca de la vivienda donde resides
- Las 3 últimas nóminas o certificado de prestaciones del SEPE que acredite el desempleo, de cada miembro mayor de 16 años
- Declaración de la renta del año 2025 o, si no la has hecho, certificado negativo de renta
- Certificado de prestaciones de la Seguridad Social
- Recibo de pago de la cuota de material y de la licencia digital, o solicitud de informe de servicios sociales
- Carnet de familia numerosa, en caso de familia numerosa
- Carné de familia monoparental, en caso de familia monoparental
- Sentencia o convenio regulador, en caso de separación
- Certificado de discapacidad, si algún miembro de la unidad familiar tiene discapacidad