Ayudas a buques pesqueros andaluces para reducir descartes
Hasta el 50% del gasto subvencionable; hasta el 100% si mejora la selectividad o es pesca costera artesanal
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Junta de Andalucía para equipos e inversiones a bordo de pesqueros que reduzcan descartes
- Para quién
- Personas y empresas propietarias o armadoras de buques pesqueros con puerto base en Andalucía, y personas pescadoras a pie
- Cuánto
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- Hasta el 50% del gasto subvencionable, con porcentajes mayores en algunos casos
Pesca costera artesanal: la practicada por buques de eslora total inferior a 12 metros que no usen artes de arrastre, o por personas pescadoras a pie, incluidas las mariscadoras.Caso Intensidad máxima de la ayuda General 50% del gasto subvencionable de la operación Inversiones de carácter innovador 75% de la inversión Operaciones que mejoren la selectividad por tallas o especies de los artes de pesca 100% Inversiones relacionadas con la pesca costera artesanal 100%
- Hasta el 50% del gasto subvencionable, con porcentajes mayores en algunos casos
- Qué cubre
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- Equipos más selectivos que reduzcan la capacidad de pesca o mejoren la selectividad por tallas o especies
- Equipos para evitar los descartes o tratar las capturas no deseadas que deban desembarcarse
- Equipos que limiten o eliminen los efectos físicos y biológicos de la pesca en el ecosistema, en otros seres vivos o en el fondo marino
- Equipos para proteger los artes y las capturas frente a mamíferos y aves protegidos, siempre que no reduzcan la selectividad del arte y se evite el daño físico a esos animales
- Informes de persona técnica o experta independiente que acrediten la mayor selectividad o el menor impacto del equipo
- Redacción de proyectos y memorias necesarias para pedir la ayuda
Los estudios de viabilidad y la redacción de proyectos se subvencionan como máximo con el 4% del total del proyecto y un límite de 20.000 euros. Este gasto puede haberse hecho hasta seis meses antes de presentar la solicitud. También son subvencionables los certificados e informes de procedimientos acordados emitidos por auditor para acreditar el cumplimiento de los plazos de pago.
- Requisitos
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- Eres propietario o armador de un buque pesquero con puerto base en Andalucía
Pueden pedirla personas físicas, personas jurídicas, comunidades de bienes o sociedades civiles. Si eres armador y no propietario, necesitas un acuerdo con la persona propietaria que te dé derecho a hacer inversiones en el buque. El buque debe haber faenado en el mar al menos 60 días en los dos años civiles anteriores al de la solicitud, pertenecer a la lista tercera del Registro de Buques y Empresas Navieras y estar de alta y en activo en el Registro General de la Flota Pesquera, sin haber pedido la baja definitiva. Estos requisitos se cumplen a la fecha de presentar la solicitud.
- Si eres pescador a pie, eres propietario del arte a sustituir y has trabajado al menos 60 días en los dos años civiles anteriores a la solicitud
- La inversión no aumenta el arqueo bruto del buque
- Demuestras que el equipo es más selectivo o tiene menos impacto que los equipos estándar
La ayuda solo se concede si un informe de persona técnica o experta independiente justifica que el arte o equipo tiene mayor selectividad por tallas o menor impacto en el ecosistema y en las especies no objetivo que los autorizados por la normativa de la Unión Europea.
- No has empezado la inversión antes de que se acredite que no estaba iniciada
Solo el gasto en redacción de proyectos y otras memorias necesarias para pedir la ayuda puede haberse hecho hasta seis meses antes de presentar la solicitud. Las inversiones a bordo deben tener la autorización administrativa correspondiente, si es necesaria, o haberla solicitado a la fecha de presentar la solicitud.
- Cumples condiciones extra si la ayuda supera 30.000 euros o tu empresa tiene 50 o más trabajadores
Si la subvención supera 30.000 euros y tienes ánimo de lucro, debes acreditar que pagas a tus proveedores dentro de los plazos legales. Si tu empresa tiene 50 o más personas trabajadoras, debes acreditar al solicitar que tienes un plan de igualdad inscrito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo antes de que acabe el plazo de solicitud; basta con haber pedido la inscripción si han pasado tres meses o más sin resolución.
- No estás en ninguna de las situaciones que excluyen de estas ayudas
Quedas fuera si tienes deudas en periodo ejecutivo con la Junta de Andalucía (salvo aplazadas, fraccionadas o suspendidas), si te han sancionado con la imposibilidad de obtener préstamos, subvenciones o ayudas públicas por infracciones de pesca marítima, si te han condenado por sentencia firme en los últimos cinco años por alentar o tolerar prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo, si te han sancionado por atentar contra la memoria democrática de Andalucía o si, estando obligado, no has depositado las cuentas anuales de los tres últimos ejercicios cerrados.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Eres propietario o armador de un buque pesquero con puerto base en Andalucía
- Obligaciones
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- Haz las inversiones dentro del periodo de ejecución que fije la resolución de concesión
- Paga los gastos como máximo en la fecha en que termina el plazo de justificación
- Paga a tus proveedores dentro de los plazos legales de pago
- Justifica la ayuda con el formulario Anexo III, memorias, facturas y justificantes de pago
- Ejecuta y justifica al menos el 60% del presupuesto aprobado: por debajo pierdes la ayuda y, por encima, cobras en proporción a lo justificado
- Identifica la maquinaria y equipos subvencionados con marca, modelo y número de serie
- Entrega la ficha de indicadores en la justificación final
- Si inviertes a bordo de un buque, mantén su puerto base en Andalucía al menos cinco años desde el pago de la ayuda
- Destina los equipos comprados con la ayuda al fin para el que se concedió durante al menos cinco años
- Indica en la publicidad de la inversión que está cofinanciada por la Junta de Andalucía y por la Unión Europea, con el emblema de la UE
- Comunica al órgano que concede la ayuda cualquier otra ayuda que obtengas para lo mismo
- Cuándo
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- Abre: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 7 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario de un buque pesquero con puerto base en Andalucía
- Eres armador de un buque pesquero y el propietario te autoriza a invertir
- Eres pescador a pie y propietario del arte que quieres sustituir
- Quieres instalar equipos más selectivos por tallas o especies
- Quieres reducir los descartes y las capturas no deseadas
- La inversión aumenta el arqueo bruto del buque
- Tu buque no tiene puerto base en Andalucía
- Eres pescador a pie con menos de 60 días trabajados en los dos años civiles anteriores
- Ya empezaste la inversión antes de acreditar que no estaba iniciada
- Tienes deudas en periodo ejecutivo con la Junta de Andalucía que no están aplazadas, fraccionadas ni suspendidas
- Te sancionaron sin poder recibir ayudas por infracciones de pesca marítima
Cuánto puedes recibir
La ayuda cubre como máximo el 50% del gasto subvencionable de tu operación. Puede llegar al 75% si la inversión tiene carácter innovador y al 100% si mejora la selectividad por tallas o especies de los artes de pesca o está relacionada con la pesca costera artesanal. Si lo pides en el formulario Anexo II, puedes cobrar un anticipo de hasta el 20% antes de justificar la inversión, sin presentar garantía.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Elige una sola línea de ayuda y rellena el formulario de solicitud (Anexo I)
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Reúne la documentación exigida y adjúntala al formulario
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Preséntala con firma electrónica en la sede electrónica de la Junta de Andalucía en los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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Responde al trámite de audiencia, reformulación o aceptación con el formulario Anexo II
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Consulta la resolución en la sede electrónica: se publica en un máximo de seis meses
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo I)
- Listado de miembros (Anexo I-BIS), si eres comunidad de bienes o sociedad civil
- Documento que acredite la representación, si actúas en nombre del solicitante sin certificado electrónico de representante
- Personas jurídicas: tarjeta del NIF, escritura de constitución y estatutos con sus modificaciones inscritas
- Comunidades de bienes o sociedades civiles: tarjeta del NIF, documento de constitución y estatutos
- Hoja de asiento del buque actualizada, literal, completa y certificada en todas sus páginas
- Memoria técnica descriptiva o proyecto de las inversiones, con facturas proforma o presupuestos (a nombre de todos los socios si eres comunidad de bienes o sociedad civil)
- Informe de persona técnica o experta independiente que demuestre la mayor selectividad o el menor impacto de las inversiones
- Acuerdo con la persona propietaria que te dé derecho a invertir en el buque, si eres armador
- Autorizaciones necesarias para las inversiones en el buque, o acreditación de haberlas pedido
- Tres ofertas de diferentes proveedores y la elección entre ellas, si el gasto supera la cuantía del contrato menor
- Documentación que acredite el cumplimiento de los plazos legales de pago, cuando se exija
- Acreditación de la capacidad financiera: informe de auditor externo, declaración del representante legal sobre las cuentas anuales, certificado de la entidad financiera
- Acreditación de la viabilidad económica del proyecto: memoria económica firmada por el representante legal, informe de auditor externo
- Informe de calificación de una entidad de certificación acreditada por ENAC, si alegas que la inversión es innovadora (salvo puertas voladoras)
- Plan de igualdad inscrito en el REGCON, o acreditación de haber pedido su inscripción, si tu empresa tiene 50 o más personas trabajadoras
- Informe de vida laboral, solo si te opones a que se consulte tu alta en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar