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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Cultura
Cultura Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones culturales y vecinales en Castrillón

Ayuda para proyectos culturales de asociaciones culturales y vecinales de Castrillón

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Patronato Municipal de Actividades Culturales de Castrillón para proyectos culturales.
Para quién
Asociaciones culturales y asociaciones de vecinos de Castrillón.
Cuánto
  • Sin importe fijo: una parte se reparte a partes iguales entre las asociaciones admitidas y otra según la puntuación de tu proyecto
    Criterio de valoraciónPuntos máximos
    Calidad cultural de la propuesta35
    Grado de elaboración, concreción y cierre del programa20
    Grado de repercusión cultural y social20
    Carácter estable y continuado de la actividad15
    Coherencia económica10
    Máximo 100 puntos. La ayuda, sola o sumada a otras, nunca puede superar el coste de la actividad.
Qué cubre
  • Programas anuales de actividades culturales de la asociación
  • Gastos de proyectos culturales realizados en el municipio durante el ejercicio 2026

    Solo cuentan los gastos que respondan claramente a la actividad subvencionada y que estén pagados antes de que termine el plazo de justificación, salvo casos debidamente justificados. No se subvencionan los gastos de procedimientos judiciales, los impuestos indirectos que puedas recuperar o compensar, los impuestos personales sobre la renta ni la comida o bebida que no forme parte del proyecto cultural.

  • Gastos de asesoría, notaría o registro ligados a la actividad

    Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notarial y registral, los periciales y los de administración específica se pueden subvencionar si están directamente relacionados con la actividad y son indispensables para prepararla o ejecutarla. No se subvencionan los intereses deudores de cuentas bancarias ni los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.

Requisitos
  • Tu asociación es cultural o de vecinos, está legalmente constituida y radicada en Castrillón
  • Está inscrita en el registro de asociaciones correspondiente con el nombre de asociación cultural o de vecinos
  • Está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Culturales o de Vecinos de Castrillón al presentar la solicitud
  • No tiene ánimo de lucro y así consta expresamente en sus estatutos
  • Has justificado correctamente las subvenciones municipales que hayas recibido antes
  • Presentas un proyecto cultural abierto al público que describe cada actuación a desarrollar
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple los objetivos para los que se te concedió la subvención
  • Justifica el cumplimiento de la finalidad y de las condiciones antes del 1 de diciembre de 2026, salvo excepciones justificadas
  • Destina toda la subvención a la actividad y no uses sus justificantes para otra subvención
  • Indica en toda la información y publicidad de la actividad que está subvencionada por el Patronato Municipal de Actividades Culturales de Castrillón, con su logotipo visible en carteles, trípticos, folletos y demás material de difusión
  • Comunica otras ayudas o ingresos para la misma actividad y cualquier cambio en el proyecto en cuanto lo sepas y siempre antes de justificar
  • Acepta las comprobaciones e inspecciones del Patronato y los controles financieros, y aporta la documentación que te pidan
  • Conserva los justificantes de los gastos, también los electrónicos, mientras puedan ser objeto de comprobación y control
  • Devuelve la parte que corresponda de la subvención si incumples su destino, condiciones o finalidad, o si no la justificas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una asociación cultural o de vecinos de Castrillón
  • Tu asociación organiza actividades culturales abiertas al público
  • Tu proyecto cultural se desarrolla dentro del municipio
  • Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Castrillón
  • Tu asociación no tiene ánimo de lucro
  • Tus actividades van dirigidas únicamente a los socios de la asociación
  • Tu actividad es un curso o excursión por el que los alumnos pagan cuota
  • La actividad se realiza fuera del municipio de Castrillón
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No has justificado las subvenciones municipales que recibiste antes

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija por asociación. De los fondos de la convocatoria, 1.000€ se reparten a partes iguales entre todas las asociaciones que cumplen el objeto y los requisitos, y 3.000€ se reparten de forma proporcional a la puntuación de cada proyecto, sobre un máximo de 100 puntos. La cantidad que pidas nunca puede superar el presupuesto de tu actividad, y la ayuda, sola o sumada a otras, no puede superar su coste.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto cultural con la descripción de cada actuación y su presupuesto detallado (Anexo I.4)

  2. Rellena la solicitud (Anexo I.1) y reúne la documentación exigida

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en los 20 días naturales siguientes a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias

  4. Revisa la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y presenta alegaciones si lo necesitas

  5. Si te proponen como beneficiaria, comunica tu aceptación expresa en 10 días naturales desde que recibes la notificación

  6. Justifica la subvención antes del 1 de diciembre de 2026 con los modelos de justificación (Anexo II)

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I.1
  • Estatutos de la asociación, original o fotocopia compulsada (no hace falta si ya constan en el Ayuntamiento)
  • Justificante de inscripción en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Castrillón (no hace falta si ya consta en el Ayuntamiento)
  • Documento público que acredite la inscripción en el Registro de asociaciones del Principado de Asturias
  • Autorización firmada y sellada para que el Ayuntamiento compruebe tus datos tributarios y con la Seguridad Social (Anexo I.2)
  • Documento que acredite que justificaste en tiempo y forma subvenciones anteriores y tu situación tributaria con el Ayuntamiento (no hace falta si ya consta)
  • Certificado del número de socios
  • Ficha de acreedores (Anexo I.3)
  • Proyecto o programa cultural con la descripción de cada actuación y su presupuesto detallado (Anexo I.4)
  • Datos relacionados con la entidad solicitante (Anexo I.5)

Preguntas frecuentes

¿Cómo se valora mi proyecto?
Un comité municipal puntúa tu proyecto hasta 100 puntos: calidad cultural (hasta 35), elaboración y concreción del programa (hasta 20), repercusión cultural y social (hasta 20), carácter estable y continuado (hasta 15) y coherencia económica (hasta 10).
¿Puedo sumar esta ayuda a otras subvenciones para la misma actividad?
Sí, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el coste de la actividad. Debes comunicar al Patronato las otras ayudas o ingresos en cuanto los conozcas y siempre antes de justificar.
¿Tengo que volver a presentar documentos que ya tiene el Ayuntamiento?
No. Si los estatutos, el justificante de inscripción en el Registro Municipal o la acreditación de subvenciones anteriores ya constan en el Ayuntamiento, basta con indicarlo en la solicitud.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. Como las asociaciones son personas jurídicas, están obligadas a presentar la documentación de forma telemática.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada.

Fuentes oficiales

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