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Ayudas Claras
Subvenciones Bizkaia Cultura
Cultura Bizkaia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas culturales para asociaciones y AMPAS de Trapagaran

Hasta 5.000€ por entidad para actividades culturales, educativas y festivas en 2026

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Valle de Trápaga-Trapagaran para actividades culturales, educativas y festivas.
Para quién
Asociaciones sin ánimo de lucro, AMPAS y fundaciones de Valle de Trápaga-Trapagaran; excepcionalmente, personas jurídicas y cooperativas.
Cuánto
Hasta 5.000€ por entidad solicitante
Qué cubre
  • Gastos corrientes y de mantenimiento de la entidad
  • Actividades culturales, educativas y festivas abiertas al público

    Artes escénicas, conciertos, ciclos de cine, promoción del euskera, cursos, talleres y charlas, actividades de igualdad y participación de la mujer, diversidad cultural, programas para infancia, juventud y personas mayores, dinamización sociocultural del pueblo y los barrios, y acciones y cursos de protección del medio ambiente. Deben estar abiertas a toda la población o a un colectivo concreto, no solo a los socios.

  • Actividades de las AMPAS y publicaciones o proyectos audiovisuales

    AMPAS: servicio de madrugadores, cursos para alumnado, profesorado y familias, animación cultural e infantil, promoción del euskera e igualdad. Publicaciones: guías educativas, textos culturales, libros y proyectos audiovisuales; se valoran mejor los relacionados con Trapagaran, su historia y su patrimonio, sin ánimo de lucro y con compromiso de difundirlos en el municipio.

Requisitos
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro, está legalmente constituida e inscrita en el registro del Gobierno Vasco, en el municipal o en ambos
  • Tienes tu sede social en Valle de Trápaga-Trapagaran y realizas allí tu actividad
  • Si eres persona jurídica, tus estatutos recogen que tu fin es de interés general o servicio público y sin ánimo de lucro
  • Estás al corriente con la Seguridad Social, la Hacienda Foral y el Ayuntamiento durante todo el proceso
  • No hay motivos para reclamarte la devolución de subvenciones concedidas antes
  • Tus actividades se realizan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención como muy tarde el 31 de enero de 2027, con todas las facturas y los anexos firmados
  • Justifica el 100% de la cantidad que recibas
  • Entrega el Anexo IV con una memoria de actividades y resultados, un balance de ingresos y gastos y una lista de gastos por actividad
  • Aporta los certificados de Seguridad Social y Hacienda Foral si han pasado 6 meses y no diste permiso para consultarlos
  • Conserva las facturas originales y los justificantes de pago durante cuatro años
  • Devuelve la cantidad equivalente al gasto que quede sin justificar
  • Edita los carteles y materiales de difusión en euskera y castellano, menciona el patrocinio del Ayuntamiento y no uses lenguaje ni imágenes sexistas
  • Anuncia las actividades subvencionadas con antelación para que quien quiera pueda participar
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro con sede en Trapagaran
  • Eres una AMPA con sede en Valle de Trápaga-Trapagaran
  • Eres una fundación con sede en Valle de Trápaga-Trapagaran
  • Organizas actividades culturales, educativas o festivas abiertas al público
  • Desarrollas actividades para promover el uso del euskera
  • Preparas un libro, guía o proyecto audiovisual sobre Trapagaran
  • Tu entidad no tiene su sede en Valle de Trápaga-Trapagaran
  • Las actividades culturales, educativas o festivas para las que pides la ayuda son solo para tus socios y no están abiertas al público
  • Tus actividades no se realizan durante el año 2026
  • Tienes deudas con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
  • Presentas la solicitud fuera del plazo de un mes

Cuánto puedes recibir

Cada entidad solicitante puede recibir como máximo 5.000€. El dinero de la convocatoria puede repartirse de forma proporcional entre todas las solicitudes que cumplan las condiciones. Ten en cuenta que la suma de esta subvención y de cualquier otra financiación que consigas no puede superar el coste del programa que presentes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga la información y los modelos de solicitud en la web municipal del Ayuntamiento

  2. Rellena y firma los Anexos I, II, III y V

  3. Reúne el DNI de la persona representante, el CIF de la entidad y el resto de documentos

  4. Presenta la solicitud, dirigida al alcalde, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia

  5. Si eres persona jurídica, preséntala por medios electrónicos

  6. Si te piden subsanar la solicitud, corrígela en un máximo de 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Alta de terceros (Anexo I) rellenada y firmada, o indicar el año en que la entregaste
  • Anexo II rellenado y firmado, donde autorizas o no al Ayuntamiento a comprobar tus datos
  • Anexo III rellenado y firmado
  • Anexo V rellenado y firmado
  • DNI o fotocopia del DNI de la persona representante de la entidad
  • CIF de la entidad, o indicar el año de entrega (no hace falta si el Ayuntamiento te dio una ayuda similar el año anterior)
  • Certificados de estar al corriente con la Seguridad Social (o de no estar inscrito como empresario), la Hacienda Foral y el Ayuntamiento, si te opones a que se consulten
  • Declaración jurada sobre otras subvenciones pedidas o recibidas para la misma actividad
  • Si no estás en el registro municipal: copia de los estatutos, documento de inscripción en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco y CIF
  • Estatutos actualizados, si los has modificado

Preguntas frecuentes

¿Qué actividades entran por fechas?
Las actividades, proyectos y gastos corrientes realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
¿Puedo recibir otras ayudas para la misma actividad?
Sí, es compatible con otras ayudas para el mismo fin. Pero si con todas ellas se supera el coste de las actividades, tendrás que devolver el exceso al Ayuntamiento.
¿Cómo se valoran las solicitudes?
Por concurrencia competitiva. Entre otros criterios, puntúan el número de personas asociadas, la antigüedad de la asociación, el número de actividades en el municipio y la colaboración con el Ayuntamiento o con otras asociaciones.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
Te pedirán que la corrijas en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la notificación. Si no lo haces, se considerará que desistes de tu solicitud.
¿Qué pasa si no justifico todo el gasto?
Tendrás que devolver la cantidad equivalente al gasto sin justificar, teniendo en cuenta la proporcionalidad según cada caso. Antes tendrás un trámite de audiencia de 15 días hábiles.

Fuentes oficiales

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