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Subvenciones para proyectos LGTBI+ en Granollers 2026

Hasta el 100% del coste de proyectos de visibilización LGTBI+ en Granollers

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Granollers para proyectos y actividades que visibilicen al colectivo LGTBI+.
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio y personas físicas que residen o desarrollan su actividad en Granollers.
Cuánto
Hasta el 100% del coste de las actuaciones subvencionadas
Qué cubre
  • Acciones de sensibilización contra la LGTBI+ fobia y de visibilización del colectivo
  • Acciones sobre salud, vivienda, mercado laboral o derechos sexuales y reproductivos de personas LGTBI+
  • Gastos generales de funcionamiento de la actividad, hasta un 10% del importe a justificar
Requisitos
  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro domiciliada en Granollers
  • Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Entidades
  • Si solicitas como persona física, resides en Granollers o desarrollas allí tu actividad
  • El proyecto o la actividad se lleva a cabo en el municipio de Granollers
  • La actividad se desarrolla entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Obtienes un mínimo de 30 puntos sobre 100 en la valoración de tu solicitud
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Firma el escrito de aceptación de la subvención en la sede electrónica del ayuntamiento
  • Justifica la actividad como máximo el 31 de marzo del año siguiente al de la convocatoria
  • Presenta una memoria de las actuaciones y copia de las facturas del gasto realizado
  • Difunde que la actividad ha sido subvencionada por el Ayuntamiento de Granollers
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del ayuntamiento
  • Conserva los justificantes del gasto durante al menos 6 años
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una entidad o asociación sin ánimo de lucro de Granollers
  • Resides en Granollers o desarrollas allí tu actividad como persona física
  • Quieres organizar un proyecto que visibilice al colectivo LGTBI+
  • Tu actividad se lleva a cabo en el municipio de Granollers
  • Tu proyecto se desarrolla entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Tu actividad tiene carácter formativo
  • Tu actividad es análoga al servicio municipal de atención a personas LGTBI+
  • Tu proyecto es de sensibilización y tu entidad ya recibe apoyo del Ayuntamiento para el fomento de la visibilización del colectivo LGTBI+
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
  • Tu solicitud no alcanza los 30 puntos mínimos de valoración
  • La actividad se desarrolla fuera del municipio de Granollers

Cuánto puedes recibir

La subvención puede llegar al 100% del coste de las actuaciones, sin que el importe concedido supere nunca el coste de la actividad subvencionada. El Ayuntamiento destina a esta convocatoria un total máximo de 1.000 euros para el conjunto de las solicitudes, así que la cuantía de cada proyecto depende de cuántas se presenten: si hay más de una solicitud, ese importe se reparte de forma proporcional a la puntuación que obtiene cada una, y en caso de empate que afecte al reparto se distribuye de forma equitativa entre las empatadas. Se prevé un anticipo del 80% de la subvención concedida y el 20% restante se paga una vez justificada la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria y el presupuesto previsto de la actividad para la que pides la subvención

  2. Prepara las declaraciones responsables y las copias de DNI o NIF que te correspondan

  3. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica del ayuntamiento

  4. Subsana la documentación en 10 días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere

  5. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de 3 meses desde el cierre del plazo

Documentación necesaria

  • Memoria de la actividad o actividades por la que se solicita la subvención
  • Presupuesto previsto para la actividad o actividades por la que se solicita la subvención
  • Declaración responsable de reunir los requisitos
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social
  • Fotocopia del NIF de la entidad, si procede
  • Documento que acredite la representación de la persona que firma la solicitud y copia de su DNI
  • Fotocopia del DNI si solicitas como persona física

Preguntas frecuentes

¿Puedo combinar esta subvención con otras ayudas para el mismo proyecto?
Sí. Es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entidades públicas o privadas. Si la suma supera el coste total de la actuación, el ayuntamiento modifica el importe concedido.
¿Qué gastos no puedo incluir en la justificación?
No son gastos subvencionables los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, ni los gastos derivados de procedimientos judiciales.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El ayuntamiento te requerirá para que subsanes el defecto o aportes los documentos que falten en un plazo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se considera que desistes de tu petición.
¿Hasta cuándo tengo que justificar la subvención?
Como máximo el 31 de marzo del año siguiente al de la convocatoria, mediante el trámite correspondiente de la sede electrónica del ayuntamiento. En esta convocatoria la fecha límite de justificación es el 31 de marzo de 2027.
¿Qué ocurre si no recibo respuesta a mi solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar es de 3 meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si no hay resolución en ese plazo, tu solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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