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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Prestaciones
Prestaciones Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones de protección animal y biodiversidad

Hasta el 80% del coste del proyecto, con máximo de 24.000€ en la modalidad A.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Generalitat para actividades de protección animal y conservación de la biodiversidad.
Para quién
Entidades de protección y defensa de animales de compañía, y asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro dedicadas a la biodiversidad.
Cuánto
  • Hasta el 80% del coste del proyecto, con un tope que depende de la modalidad
    ModalidadImporte máximo
    A · protección y defensa de los animales80% del coste, máximo 24.000€
    B · biodiversidad, medio ambiente y hábitat80% del coste, máximo 18.000€
    Se concede el importe máximo, con el IVA incluido, cuando el coste de la actividad iguala o supera ese tope; si el coste es inferior, la subvención se corresponde con ese coste.
Qué cubre
  • Actividades de divulgación, educación y formación sobre protección animal y conservación de la biodiversidad
  • Cuidado de los animales a tu cargo: recogida, microchip, vacunación, desparasitación, alimento y gastos veterinarios
  • Personal del proyecto, material fungible, desplazamientos, alquiler de la sede y obras de construcción o adecuación de instalaciones
Requisitos
  • Eres una entidad de protección y defensa de animales de compañía
  • Tu asociación o fundación tiene personalidad jurídica y carece de ánimo de lucro en sus estatutos
  • Entre tus fines estatutarios está proteger animales, conservar la biodiversidad o mejorar los hábitats
  • Realizas las actuaciones en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana
  • Acreditas la inscripción en el Registro de Núcleos Zoológicos de la Comunitat Valenciana si actúas en uno de estos establecimientos
  • Presentas una única solicitud y eliges solo la modalidad A o la modalidad B
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica el 100% del coste total de las actuaciones realizadas, aunque cobres hasta el 80%
  • Presenta la solicitud de pago y la justificación del gasto como máximo el 30 de octubre de 2026
  • Entrega una memoria justificativa del proyecto y la cuenta justificativa con las facturas y los justificantes de pago
  • Da publicidad del carácter público de la financiación e incluye el logotipo de la Generalitat Valenciana en la difusión de la actividad
  • Facilita al órgano concedente la información que te requiera en un plazo de quince días hábiles
  • Pide al menos tres ofertas antes de comprometer un gasto superior a 30.000€ en ejecución de obra o a 12.000€ en suministro de bienes de equipo o en servicios de consultoría o asistencia técnica
Cuándo
  • Abre: 18 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad de protección y defensa de animales de compañía
  • Tu asociación o fundación no tiene ánimo de lucro según sus estatutos
  • Entre tus fines está conservar la biodiversidad o mejorar el hábitat de los animales
  • Vas a realizar el proyecto en la Comunitat Valenciana
  • Gestionas un santuario, un centro de rescate o colonias felinas
  • Quieres construir o adecuar instalaciones para animales abandonados
  • Tu entidad no tiene personalidad jurídica propia
  • Tu organización persigue ánimo de lucro
  • Las instalaciones para animales abandonados o el santuario que quieres construir o adecuar en la modalidad A son de titularidad pública
  • Vas a ejecutar el proyecto fuera de la Comunitat Valenciana
  • Quieres solicitar las modalidades A y B a la vez
  • Presentas la solicitud por una vía distinta a la telemática

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 80% del coste de ejecución de tu proyecto o actividad. En la modalidad A el tope por entidad beneficiaria es de 24.000€ y en la modalidad B, de 18.000€. Se concede el importe máximo, con el IVA incluido, cuando el coste de la actividad iguala o supera ese tope; si es inferior, la subvención se corresponde con ese coste. El IVA solo es subvencionable si tu entidad no lo puede deducir.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Elige la modalidad A o la modalidad B, porque son excluyentes

  2. Prepara el programa de actuaciones con el calendario, el presupuesto desglosado por actividad y los medios previstos

  3. Reúne la documentación que acredita tu personalidad jurídica y tus fines estatutarios

  4. Firma la solicitud con el certificado digital de la entidad o de su representante

  5. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica de la Generalitat dentro de los diez días hábiles

  6. Si te lo requieren, subsana la solicitud en un plazo de 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Acreditación de la personalidad jurídica y, en su caso, de la representación de quien firma la solicitud
  • Acreditación de que entre tus fines estatutarios están la protección y defensa de los animales de compañía, la conservación de la biodiversidad o la mejora de los hábitats
  • Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social
  • Programa de actuaciones con el calendario, el presupuesto estimado y desglosado por actividad y los medios previstos
  • Acreditación de la inscripción en el Registro de Núcleos Zoológicos de la Comunitat Valenciana cuando actúes en uno de estos establecimientos
  • Declaración responsable de que la ayuda, sola o junto a otras, no supera el coste de la actividad
  • Declaración responsable sobre tu situación tributaria a efectos del IVA

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir las dos modalidades en la misma solicitud?
No. Presentas una única solicitud y las modalidades A y B son excluyentes. La clasificas según el importe económico mayoritario previsto para tus inversiones.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El órgano gestor te requiere para que subsanes la falta o aportes los documentos en un plazo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se considera que desistes de tu solicitud.
¿Puedo combinar esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, pero la suma de todas las ayudas no puede superar el coste de la actividad que desarrollas. Tienes que presentar una declaración responsable en ese sentido.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo de resolución y notificación es de 3 meses desde la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Si pasa sin respuesta, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada.
¿Se puede subvencionar el IVA de los gastos?
Solo cuando tu entidad no lo pueda deducir. Debes aportar una declaración responsable que indique tu situación tributaria y, si procede, la documentación que la acredite.

Fuentes oficiales

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