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Ayudas Claras
Subvenciones A Coruña Cultura
Cultura A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para entidades culturales en As Pontes

Subvención por concurrencia para entidades culturales sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez para apoyar a las entidades culturales.
Para quién
Asociaciones y fundaciones culturales sin ánimo de lucro.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • El coste de la actividad cultural que justifiques
  • Actividades que fomenten la participación de la ciudadanía
Requisitos
  • Tu entidad cultural está legalmente constituida y no tiene ánimo de lucro
  • Los estatutos de tu entidad recogen objetivos y finalidades culturales
  • Tu entidad está inscrita en uno de los registros oficiales exigidos

    Registro de Asociaciones de Galicia, Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez o Registro de Fundaciones de Galicia.

  • Desarrollas tus actividades en el municipio o sobre temas de interés para el Ayuntamiento
  • Los objetivos y finalidades de tu entidad coinciden con el objeto de la subvención
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención como máximo el 30 de noviembre de 2026
  • Pide la ampliación del plazo de justificación antes de que termine si necesitas más tiempo
  • Presenta la justificación como máximo el 31 de enero de 2027 aunque te amplíen el plazo
  • Evita que la subvención sumada a otros ingresos o ayudas supere el coste de la actividad justificada
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad cultural sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Los estatutos de tu entidad recogen objetivos y finalidades culturales
  • Tu entidad está inscrita en un registro oficial de asociaciones o fundaciones
  • Desarrollas tus actividades en el municipio de As Pontes de García Rodríguez
  • Tus actividades tratan temas de interés para el Ayuntamiento
  • Solicitas como persona física y no como entidad
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Los estatutos de tu entidad no recogen finalidades culturales
  • Tu entidad no está inscrita en ninguno de los registros exigidos
  • Estás incursa en una causa de incapacidad o incompatibilidad para recibir subvenciones públicas

Cuánto puedes recibir

El importe por entidad no está especificado; consulta directamente con la administración. La subvención municipal, sumada a otros ingresos o ayudas que recibas, no puede superar el coste de la actividad que justifiques.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consulta las bases reguladoras específicas publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia

  2. Prepara la solicitud en formato electrónico, el único admitido

  3. Preséntala en la sede electrónica del Ayuntamiento dentro del plazo de quince días

  4. Envía una única solicitud por titular: si presentas más, solo se valora la primera

Preguntas frecuentes

¿Puedo combinar esta subvención con otras ayudas?
Sí, es compatible con ayudas de entidades públicas o privadas. La suma de la subvención municipal y otros ingresos no puede superar el coste de la actividad que justifiques.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
No. La solicitud tiene exclusivamente formato electrónico y se presenta a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.
¿Qué pasa si presento varias solicitudes?
Solo puedes presentar una solicitud por titular. Si presentas más de una, únicamente se valora la primera.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo termina el 30 de noviembre de 2026. Puedes pedir una ampliación antes de que acabe, pero la fecha límite para justificar es el 31 de enero de 2027.

Fuentes oficiales

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