Subvenciones a asociaciones vecinales de Santiago 2026
Hasta 3.000€ por solicitud para asociaciones vecinales de Santiago de Compostela
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santiago para actividades de interés general de asociaciones vecinales.
- Para quién
- Asociaciones vecinales sin ánimo de lucro que actúan en el municipio de Santiago de Compostela.
- Cuánto
- Hasta el 80% de tu presupuesto de gastos, con tope de 3.000€ por solicitud (5.100€ si tu asociación es propietaria de equipamientos socioculturales)
- Qué cubre
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- Programas y actividades de interés general para el vecindario
Bloque 1: servicios de información y asesoramiento, comunicación y divulgación (publicaciones, boletines, revistas). Bloque 2: formación y ocio (talleres, cursos, charlas, coloquios, conferencias, excursiones, senderismo, exposiciones). Bloque 3: participación de la ciudadanía y apoyo a otros colectivos del barrio (debates, mesas redondas, asambleas, encuentros, foros, campañas de divulgación y sensibilización, campañas de captación, colaboración con los centros socioculturales). Bloque 4: actividades socioculturales (recuperación de la cultura, historia y tradición locales, eventos festivos, culturales y deportivos, alquiler de carpas y equipos audiovisuales con montaje y desmontaje, seguros de responsabilidad civil vinculados a la actividad).
- Gastos de funcionamiento de la asociación
Pequeños arreglos, mantenimiento y conservación, agua, gas, luz, internet, combustible, material de limpieza, gastos de comunidad de propietarios y seguridad, cuando el local es de titularidad de la asociación. Consumo de telefonía. Comunicaciones, pequeñas reparaciones informáticas, mantenimiento de equipos informáticos y de la presencia digital. Administración general y material fungible de oficina, papelería, material informático no inventariable y gastos de correo. Asesoría y asesoramiento jurídico. Prensa y periódicos. Gestión administrativa y registral de la entidad: honorarios notariales y registrales y tasas por expedición de documentos, certificaciones e inscripciones. Comisiones y gastos de mantenimiento de la cuenta bancaria de la asociación.
- Programas y actividades de interés general para el vecindario
- Requisitos
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- Tu asociación vecinal está constituida como tal y actúa en el municipio de Santiago de Compostela
- Figuras inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones antes de la publicación de la convocatoria
- Tienes actualizados los datos de tu asociación en ese registro municipal
- La junta directiva acuerda en reunión solicitar la subvención y nombra a un representante
- Acompañas la solicitud con toda la documentación preceptiva de la convocatoria
- Si quieres optar a más de 3.000€, tu asociación es propietaria del inmueble sede
Las entidades propietarias del inmueble sede de la asociación y lugar donde desarrollan las actividades subvencionadas pueden optar a un importe superior a 3.000 euros, con un máximo de 5.100 euros cuando se trate de entidades vecinales propietarias de equipamientos socioculturales. Deben acreditar la propiedad del inmueble y aportar las certificaciones de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y fiscales.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Cumple el objetivo de las actividades para las que recibes la subvención
- Justifica los gastos en dos fases: hasta el 15 de octubre de 2026 y hasta el 15 de enero de 2027
- Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda que solicites u obtengas para lo mismo
- No modifiques la programación de actividades sin autorización de la Comisión Evaluadora
- Haz constar la colaboración del ayuntamiento en toda la publicidad y difusión del programa
- Utiliza el idioma gallego en la publicidad, los programas y las actividades
- Fechas estimadas
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- Abre: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación vecinal tiene su ámbito de actuación en el municipio de Santiago de Compostela
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones del ayuntamiento
- Organizas talleres, charlas, excursiones o exposiciones para el vecindario
- Quieres financiar campañas de participación y dinamización de tu barrio
- Necesitas cubrir gastos de telefonía o, si el local es de titularidad de tu asociación, de luz, agua e internet
- Tu asociación es propietaria del inmueble donde tiene su sede
- Tu entidad no es una asociación vecinal sin ánimo de lucro
- Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Ya has obtenido o solicitado subvención municipal para la misma finalidad
- Tu actividad queda fuera del ámbito del departamento de Relaciones Vecinales
- La Comisión Evaluadora considera que la actividad carece de interés general
- No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social ni el ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
La subvención cubre como máximo el 80% del presupuesto de gastos que detalles en el formulario de solicitud, con un límite de 3.000€ por solicitud. Ese límite se eleva a 5.100€ si tu asociación es propietaria de equipamientos socioculturales. Dentro de esos topes, la cuantía máxima depende de la puntuación que obtenga tu solicitud: máximo 1.800€ de 1 a 6 puntos, 2.400€ de 7 a 12 puntos y 3.000€ de 13 a 18 puntos (3.060€, 3.840€ y 5.100€ respectivamente si la entidad es propietaria del equipamiento). En la solicitud puedes pedir un pago anticipado del 30% de la cuantía concedida. Si la suma de las subvenciones a conceder supera el crédito disponible, la cuantía se prorratea entre las beneficiarias.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Acuerda en una reunión de la junta directiva solicitar la subvención y designa a un representante
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Reúne la documentación exigida y cumplimenta el formulario normalizado VE007
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Indica en la solicitud la cuantía que pides y si quieres el pago anticipado del 30%
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente en la sede electrónica del ayuntamiento
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Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria
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Si te requieren subsanar la documentación, corrige los defectos en el plazo de diez días
Documentación necesaria
- Formulario normalizado VE007 firmado electrónicamente por el representante designado
- Memoria descriptiva de las actividades para las que solicitas la subvención
- Certificación del secretario o secretaria sobre el acuerdo de solicitud y el nombramiento del representante
- Certificación del número actual de socios, expedida por el secretario o secretaria de la entidad
- Declaraciones juradas firmadas por el representante legal de la asociación
- NIF de la entidad solicitante
- DNI, NIF o NIE del representante
- Anexo con la relación de costes de actividades y funcionamiento, en hoja de cálculo
- Certificación de titularidad de la cuenta bancaria de la asociación, con IBAN y código BIC
- Documento que acredite la propiedad del inmueble sede, si optas a un importe superior a 3.000€
- Certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias y fiscales, si optas a un importe superior a 3.000€
- Copia de los estatutos legalizados, solo si hay modificaciones respecto al Registro Municipal de Asociaciones