Ayudas a entidades por monitores de apoyo en Vilanova
Subvención de 6,75€ o 12,75€ por hora de monitor de apoyo, hasta 3 horas semanales
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú para contratar monitores de apoyo extraescolar
- Para quién
- Entidades sin ánimo de lucro y empresas privadas de Vilanova i la Geltrú que contratan monitores de apoyo para actividades extraescolares
- Cuánto
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- Importe por hora de monitoraje según el tipo de apoyo que necesita el menor
Se subvenciona un máximo de 3 horas semanales de actividad extraescolar, que pueden repartirse entre una o varias entidades o empresas. La cuantía concedida a cada entidad o empresa está en función del número de solicitudes recibidas y del total de recursos disponibles.Tipo de apoyo Importe Apoyo total 12,75 €/hora Apoyo parcial 6,75 €/hora
- Importe por hora de monitoraje según el tipo de apoyo que necesita el menor
- Qué cubre
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- Parte del coste del personal de apoyo de los niños, adolescentes y jóvenes inscritos en tus actividades
- Hasta 3 horas semanales de actividad extraescolar durante el período lectivo del curso 2026-2027
- Requisitos
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- Eres una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el registro municipal de entidades y asociaciones, o una empresa privada legalmente constituida
- Tienes sede o un centro de actividad en Vilanova i la Geltrú y realizas la actividad dentro del término municipal
- Tus actividades se dirigen a menores de 18 años y, en el caso de niños, adolescentes y jóvenes con diversidad funcional, a menores de 21 años
- Los menores inscritos tienen discapacidad reconocida y su familia está empadronada en el municipio
Grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 % y menores de 21 años en el momento de presentar la solicitud. Excepcionalmente, si no disponen de valoración y están atendidos por el Centro de Desarrollo Infantil y Atención Precoz (CDIAP), el Centro de Recursos Educativos para Deficientes Auditivos (CREDA), el Centro de Salud Mental Infantil y Juvenil (CSMIJ) o el Equipo de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP), se aporta un informe de ese servicio indicando si el apoyo necesario es total o parcial. Tipos de discapacidad admitidos: física (motora y no motora), sensorial (auditiva y visual), de la comunicación y del habla, intelectual y derivada de trastorno mental. El empadronamiento del padre, madre o tutor legal no se exige en los casos amparados por el derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
- No tienes ninguna deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento, y lo mantienes hasta el cobro de la subvención
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y lo mantienes hasta el cobro de la subvención
- No recibes, para la misma finalidad, una subvención concedida por otras entidades o administraciones
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Contrata el personal de apoyo en los términos y plazos que fijan la convocatoria y el acuerdo de concesión
- Presenta la documentación justificativa al terminar las actividades del curso 2026-2027 y, como máximo, el 31 de julio de 2027
- Renuncia a la subvención si algún menor no realiza la actividad para la que se concedió
- Comunica al Ayuntamiento por escrito cualquier incidencia en el cumplimiento de tus obligaciones, explicando sus causas
- Declara las retribuciones de tus órganos de dirección o administración si la subvención concedida supera los 10.000 €
- Sométete a las comprobaciones del Ayuntamiento y aporta la información que te requiera
- Cuándo
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- Abre: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 19 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el registro municipal de entidades
- Eres una empresa privada que contrata monitores de apoyo para actividades extraescolares
- Tienes sede o un centro de actividad en Vilanova i la Geltrú
- Organizas las actividades extraescolares dentro del término municipal
- Tienes inscritos niños, adolescentes o jóvenes con discapacidad reconocida
- Tienes deudas pendientes de pago con el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú
- Ya recibes otra subvención para la misma finalidad de otra entidad o administración
- Realizas la actividad fuera del término municipal de Vilanova i la Geltrú
- Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
- No presentas toda la documentación requerida dentro del plazo
Cuánto puedes recibir
Recibes una ayuda que cubre parte del coste del personal de apoyo y se calcula por horas: 12,75 € por hora cuando el menor necesita apoyo total y 6,75 € por hora cuando el apoyo es parcial. El tipo de apoyo se determina según el grado de discapacidad reconocido: parcial entre el 33 % y el 60 %, y total a partir del 61 %. Se subvenciona un máximo de 3 horas semanales de actividad extraescolar, que pueden repartirse entre varias entidades o empresas. La cuantía final que se concede a cada entidad o empresa está en función del número de solicitudes recibidas y del total de recursos disponibles.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el justificante de inscripción en la actividad de cada niño, adolescente o joven que necesita monitoraje de apoyo
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Consigue el certificado del grado de discapacidad o, si no hay valoración, el informe del servicio público que atiende al menor
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Recoge la autorización del representante legal del menor para ceder sus datos al Ayuntamiento y al centro educativo
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Rellena el formulario en línea de solicitud integrado en el Servicio de Tramitación Avanzada
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Presenta la solicitud por vía telemática entre el 5 y el 19 de octubre de 2026, ambos inclusive
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Consulta la resolución provisional, prevista el 4 de noviembre de 2026, en el tablón de edictos del Ayuntamiento
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud de la subvención cumplimentado, en línea a través del Servicio de Tramitación Avanzada
- Justificante de inscripción en las actividades de los niños, adolescentes y jóvenes
- Autorización del representante legal del menor para la cesión de los datos al Ayuntamiento y al centro educativo
- Certificado del grado de discapacidad igual o superior al 33 %, o resolución de reconocimiento del grado de dependencia
- Informe del servicio público especializado sobre el tipo de apoyo necesario (Anexo 1), cuando el menor no dispone de valoración de discapacidad
- Certificado oficial y actualizado de no tener deudas con la Agencia Tributaria ni con la Tesorería General de la Seguridad Social, si no autorizas que el Ayuntamiento lo consulte