Ayudas a pymes de Cantabria para ir a ferias alimentarias
Hasta 2.000€ para que tu pyme alimentaria de Cantabria acuda a ferias
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Cantabria para que las pymes alimentarias asistan y participen en ferias
- Para quién
- Pymes titulares de industrias alimentarias ubicadas en Cantabria.
- Cuánto
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- Depende de dónde se celebre la feria
Son las intensidades máximas y los topes se aplican con independencia del número de actuaciones subvencionables que lleves a cabo. La cuantía está condicionada a la existencia de disponibilidades presupuestarias: si el crédito no alcanza para todos los proyectos, a los que obtengan una puntuación inferior a tres puntos se les aplica la intensidad máxima minorada en cinco puntos porcentuales, y si aun así resulta insuficiente se prorratea.Dónde se celebra la feria Porcentaje máximo del gasto Tope por beneficiario En Cantabria 50% 1.500€ Fuera de Cantabria 40% 2.000€ Dentro y fuera de Cantabria 40% 2.000€
- Depende de dónde se celebre la feria
- Qué cubre
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- Canon de ocupación: derechos de inscripción, alquiler del espacio, seguro, acometida y cuadro eléctrico, consumo eléctrico, montaje y limpieza
- Acondicionamiento: alquiler del stand, montaje, decoración y mobiliario
- Transporte del material al recinto ferial
- Desplazamiento, alojamiento y manutención de una persona, o de dos si la feria se celebra fuera de Cantabria
El gasto se cuenta desde la localidad donde tiene la sede tu empresa, salvo que justifiques venir de otra feria o acto de promoción. En autobús, tren o avión el máximo es el importe del billete; en vehículo particular, alojamiento y manutención se aplican las cuantías del personal funcionario del Gobierno de Cantabria.
- Requisitos
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- Tu pyme es titular de una industria alimentaria ubicada en Cantabria
- Estás inscrito, o en tramitación, en el Registro de Industrias Agroalimentarias, Forestales y Pesqueras de Cantabria
La comprobación se realiza de oficio por el Servicio de Industrias y Calidad Agroalimentaria.
- Sobre ti recae la carga financiera, la responsabilidad final de los gastos y la realización de la actividad
- Ejecutas la actuación entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de octubre de 2027
- No eres una empresa en crisis ni tienes pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta la actividad subvencionada entre el 1 de noviembre de 2026 y el 31 de octubre de 2027
- Comunica al organismo gestor cualquier variación en los gastos previstos antes de realizarla
- Presenta la justificación del gasto como máximo el 15 de octubre de 2027 si ejecutaste la actividad entre el 1 de noviembre de 2026 y el 19 de septiembre de 2027
- Presenta la justificación como máximo el 15 de noviembre de 2027 si ejecutaste la actividad entre el 20 de septiembre y el 31 de octubre de 2027
- Justifica todo el gasto: si no lo justificas, o lo haces de forma insuficiente, la ayuda se revoca y tienes que devolverla
- Comunica si obtienes otras ayudas para la misma finalidad, porque la concesión puede modificarse
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 12 de febrero de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu pyme es titular de una industria alimentaria ubicada en Cantabria
- Vas a asistir y participar en una feria alimentaria con tus productos
- La feria se celebra dentro o fuera de Cantabria
- Quieres promocionar los productos alimentarios de Cantabria
- Ejecutas la actuación entre noviembre de 2026 y octubre de 2027
- Lo que quieres es organizar una feria o un mercado: para eso hay otra convocatoria dirigida a corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro
- Tu industria alimentaria está ubicada fuera de Cantabria
- Eres una gran empresa: la ayuda es solo para pymes
- Tu empresa está considerada empresa en crisis
- Tu empresa tiene pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal
Cuánto puedes recibir
Si asistes y participas en una feria celebrada en Cantabria, recibes hasta el 50% del gasto subvencionable con un tope de 1.500€ por beneficiario. Si la feria se celebra fuera de Cantabria, o tanto dentro como fuera, recibes hasta el 40% con un tope de 2.000€. Son intensidades máximas: si el crédito no alcanza para todos los proyectos, a los que obtengan una puntuación inferior a tres puntos se les aplica la intensidad máxima minorada en cinco puntos porcentuales, y si sigue siendo insuficiente se prorratea. La ayuda se abona totalmente al beneficiario y está condicionada a que haya disponibilidad presupuestaria.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria descriptiva de la actividad que quieres subvencionar
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Prepara la relación de facturas pro-forma o el presupuesto del gasto a realizar
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Cumplimenta la solicitud normalizada y sus anexos, disponibles desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín oficial de Cantabria
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Presenta la solicitud firmada en el Registro Electrónico General de la Administración de Cantabria, o en cualquier otro registro legalmente previsto, hasta el 12 de febrero de 2027 incluido
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Si te piden subsanar algo, aporta la documentación en el plazo de diez días hábiles
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Espera la resolución: se notifica en un plazo máximo de 6 meses desde el fin del plazo de presentación de solicitudes
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda normalizada, firmada por ti o por tu representante legal
- Memoria descriptiva de la actividad a subvencionar
- Relación de facturas pro-forma o presupuesto del gasto a realizar (Anexo A1a)
- Relación de gastos a realizar en el caso de participación y asistencia a ferias (Anexo A1b)
- Facturas pro-forma o presupuestos, con tres ofertas de distintos proveedores si el gasto supera 40.000€ en ejecución de obra o 15.000€ en suministro de bienes de equipo o prestación de servicios
- Copia de la escritura de constitución de la entidad, debidamente registrada, y sus modificaciones posteriores, si procede: están exentos de presentarla los solicitantes de ayudas a la organización de mercados y ferias alimentarias
- Autorización para recabar los certificados de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social (Anexo A2), en el caso de entidades asociativas, agrupaciones sin ánimo de lucro y empresas; si no la otorgas expresamente, tienes que aportar tú los certificados
- Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad (Anexo A3)
- Acreditación de la inscripción, o de estar en tramitación, en el Registro de Industrias Agroalimentarias, Forestales y Pesqueras de Cantabria, salvo que solicites la ayuda para organizar mercados y ferias alimentarias: esos solicitantes están exentos y la comprobación se hace de oficio