Subvenciones a entidades de formación del transporte
Subvención a entidades de formación acreditadas del sector del transporte
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva de la Secretaría General de Formación Profesional para financiar cursos de conducción profesional.
- Para quién
- Entidades de formación públicas o privadas y agrupaciones de varias entidades de formación.
- Cuánto
- El importe máximo de cada acción formativa se calcula con módulos máximos de 9 euros por hora y participante en modalidad presencial y 6 euros por hora y participante en modalidad virtual
- Qué cubre
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- Los programas de formación que desarrolla tu entidad
- Becas y ayudas de transporte, conciliación, manutención y alojamiento para las personas desempleadas que participan
- Compensación económica a las empresas por la realización de la formación en empresa u organismo equiparado
- Requisitos
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- Estás acreditada para impartir los certificados profesionales que solicitas
- Estás inscrita en el Registro de Entidades de Formación correspondiente
- Dispones de instalaciones, equipamiento y personal suficientes para impartir la formación teórica y práctica
- Si concurres en agrupación, la forman como máximo cuatro entidades con un representante único
- Si concurres en agrupación, tenéis centros acreditados en al menos dos comunidades o ciudades autónomas
- Presentas una única solicitud por cada línea de formación
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el programa de formación como máximo hasta el 31 de diciembre del año siguiente al de la resolución de concesión
- Selecciona al alumnado y comprueba que cumple los requisitos de acceso a la formación
- Garantiza que el alumnado curse la formación de nivel básico en prevención de riesgos laborales antes de la estancia en la empresa
- Expide la certificación académica al alumnado que supere el programa formativo
- Cumple todas las medidas que comprometiste en tu programa y que puntuaron en la valoración técnica
- Presenta la justificación económica y técnica de los fondos recibidos
- Fechas estimadas
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- Abre: 19 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad de formación pública o privada acreditada
- Estás inscrita en el Registro de Entidades de Formación
- Quieres impartir el certificado de conducción de autobuses
- Quieres impartir el certificado de conducción de vehículos pesados de mercancías
- Formas parte de una agrupación de hasta cuatro entidades de formación
- Eres una persona trabajadora: la plaza se pide a la entidad de formación
- Tu entidad no está acreditada para los certificados que solicitas
- Vas a subcontratar la ejecución de la actividad formativa
- Presentas más de una solicitud dentro de la misma línea de formación
- Te han sancionado con la exclusión del acceso a subvenciones en formación profesional
Cuánto puedes recibir
La subvención financia los programas de formación que imparte tu entidad, y el importe máximo de cada acción formativa se calcula con módulos máximos de 9 euros por hora y participante en modalidad presencial y 6 euros por hora y participante en modalidad virtual. El coste máximo financiable del periodo de formación en empresa es de 3 euros por participante y hora. La cuantía concreta se decide en concurrencia competitiva, teniendo en cuenta el presupuesto de la convocatoria y el crédito disponible, por lo que puede ser inferior a la que solicitas. También se subvencionan las becas y ayudas de las personas desempleadas participantes y, en su caso, la compensación a las empresas por la formación en empresa.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está acreditada e inscrita para los certificados profesionales que vas a solicitar
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Elige la línea de formación y define las acciones formativas, el número de participantes y las horas
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Reúne la documentación de la entidad: representación, constitución, estatutos y acreditación de cada centro
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Presenta la solicitud en el registro electrónico de la sede electrónica asociada del ministerio dentro del plazo
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Subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles si te lo requieren
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Comunica tu aceptación en tres días hábiles si te proponen como beneficiaria
Documentación necesaria
- Solicitud con la línea, los programas y las acciones formativas que pides, el número de personas destinatarias y el importe solicitado
- Documentación que acredite las facultades de representación de la persona que firma la solicitud
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad
- Copia de la documentación de constitución de la entidad, debidamente legalizada
- Copia de los estatutos de la entidad, debidamente legalizados
- Copia de la acreditación de cada centro en el Registro de Entidades de Formación
- Descripción de las instalaciones, medios materiales y medios humanos de cada entidad de formación
- Declaración responsable sobre la veracidad de la información y los datos aportados
- Declaración responsable de no haber sido sancionada por infracción grave o muy grave en materia de formación profesional, o certificado negativo de la autoridad laboral
- Información relativa a los criterios de valoración técnica de las solicitudes
- Documento con el compromiso entre tu entidad y las empresas destinatarias, si solicitas la Línea II