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Ayudas Claras
Subvenciones Región de Murcia Agricultura
Agricultura Región de Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a consejos reguladores de Murcia 2026

Hasta 100.000€ por beneficiario y año en control y el 70% de los gastos de promoción.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de Murcia para constituir nuevos consejos y para sus tareas de control y promoción.
Para quién
Consejos reguladores de denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas y el Consejo de Agricultura Ecológica de Murcia.
Cuánto
  • Un porcentaje de los gastos, según el tipo de actividad
    Tipo de gastoIntensidad de la ayudaImporte máximo
    Constitución de nuevos consejos100% el primer año y decreciente después20.000€ en un año
    Control y certificación obligatoriosHasta el 100%100.000€ por beneficiario y año
    Promoción e informaciónHasta el 70%No especificado
    La ayuda de constitución es una cantidad fija y decreciente durante los cinco primeros años: el 100% de los gastos el primer año, el 80% el segundo y así sucesivamente. Cada consejo tiene reservados 30.000€ como mínimo, o la cantidad que pida si es menor. La ayuda de mínimis a un beneficiario no puede exceder 300.000 euros en tres ejercicios fiscales.
Qué cubre
  • Gastos iniciales para constituir un consejo regulador nuevo

    Alquiler de los locales apropiados, personal administrativo, costes generales y gastos legales y administrativos, material de oficina y adquisición o uso de programas informáticos o soluciones en la nube.

  • Control y certificación de los productos amparados

    Gastos de las entidades que verifican el pliego de condiciones, incluido el mantenimiento de la acreditación de la Entidad Nacional de Acreditación. Si el órgano de control pertenece al propio consejo, también las auditorías internas y externas, el personal dedicado al control y los análisis y envío de muestras.

  • Promoción e información de los productos agroalimentarios

    Derechos de participación en concursos, ferias o exposiciones, gastos de viaje, alquiler e instalación de locales y pabellones, publicaciones en medios impresos y electrónicos, campañas dirigidas al consumidor y premios simbólicos de valor inferior a 3.000 euros por premio y por ganador.

Requisitos
  • Eres un consejo regulador u órgano de gestión de una denominación de origen o una indicación geográfica protegida
  • Tu entidad tiene su sede en la Región de Murcia, o eres el Consejo de Agricultura Ecológica
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias, estatales y regionales, y con la Seguridad Social
  • Cumples las condiciones de las ayudas de mínimis

    El importe total de las ayudas de mínimis concedidas a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres años.

  • Las actividades que presentas se ejecutan entre el 1 de enero y el 15 de noviembre
  • Si pides gastos de constitución, tu consejo está dentro de sus cinco primeros años
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple el objetivo y las condiciones de la actividad en los plazos previstos
  • Sométete a las comprobaciones y controles del órgano que concede la ayuda, incluidos los controles sobre el terreno
  • Comunica si solicitas u obtienes otras ayudas para la misma finalidad
  • Presenta la solicitud de pago con la justificación de los gastos como máximo el 15 de noviembre
  • Haz visible la leyenda y el distintivo de la Consejería cuando la actividad lo permita
  • Devuelve los fondos recibidos si incurres en una causa de reintegro
Fechas estimadas
  • Abre: 19 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 29 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un consejo regulador de una denominación de origen protegida
  • Gestionas una indicación geográfica protegida en la Región de Murcia
  • Eres el Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia
  • Tu entidad tiene su sede en la Región de Murcia
  • Asumes las tareas de control y certificación de los productos amparados
  • Organizas actividades de promoción en ferias y otros eventos
  • No eres consejo regulador ni órgano de gestión de una figura de calidad
  • Tu entidad no tiene sede en la Región de Murcia
  • Has superado 300.000 euros en ayudas de mínimis en tres ejercicios fiscales
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
  • Pides gastos de constitución y tu consejo pasó de los cinco primeros años
  • Quieres financiar publicaciones que se refieren a una empresa o marca comercial

Cuánto puedes recibir

Cobras un porcentaje de los gastos que presentes: hasta el 100% en las tareas de control y certificación, con un máximo de 100.000€ por beneficiario y año, y hasta el 70% en las actividades de promoción. Si tu consejo es de nueva creación, los gastos de constitución se cubren con una cantidad fija y decreciente durante los cinco primeros años —el 100% de los gastos el primer año, el 80% el segundo y así sucesivamente—, con un máximo de 20.000€ en un año. Cada consejo tiene reservados 30.000€, o la cantidad que haya solicitado si pidió menos. Si el crédito no llega para todas las solicitudes se prorratea de forma proporcional a los importes admitidos, priorizando los gastos de control sobre los de promoción.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la acreditación de la personalidad jurídica de tu entidad, de tu representante y de su objeto social

  2. Redacta la memoria descriptiva de las actividades ya realizadas este año y de las que vas a realizar, con el presupuesto detallado

  3. Presenta la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Región de Murcia, procedimiento 2333

  4. Hazlo dentro de los siete días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial regional

  5. Si recibes la propuesta de resolución provisional, dispones de 10 días para presentar alegaciones y documentos

  6. Presenta la solicitud de pago con la justificación de los gastos, como máximo el 15 de noviembre

Documentación necesaria

  • Acreditación de la personalidad jurídica del solicitante, de la identidad y capacitación de su representante y de su objeto social
  • Memoria descriptiva de las actividades realizadas desde el 1 de enero y de las previstas hasta el 15 de noviembre
  • Descripción pormenorizada de las actuaciones, con objetivos, fechas de inicio y finalización previstas, ubicación y programa de ejecución
  • Acreditación de los acuerdos adoptados en el órgano de gestión, si pides ayuda para gastos de promoción
  • Presupuesto detallado por actividades, con plan de financiación y balance económico estimado del proyecto global
  • Certificado de la cuenta bancaria para el abono de la ayuda
  • Declaración responsable, incluida en la propia solicitud, de no estar en ninguna de las circunstancias que impiden ser beneficiario
  • Acuerdo de reconocimiento de exención del IVA emitido por la Agencia Tributaria, si el IVA no te resulta recuperable

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el dinero no alcanza para todas las solicitudes?
Se prorratea de forma proporcional a los importes admitidos en las solicitudes. Si en el reparto final entran gastos de promoción y de control, se priorizan los de control.
¿Puedo pedirla si ya tengo otras ayudas para lo mismo?
Debes comunicar al órgano que concede la ayuda la solicitud u obtención de otras ayudas para la misma finalidad, en la solicitud o en cuanto lo sepas. Además, las ayudas de mínimis a una misma entidad no pueden pasar de 300.000 euros en tres años.
¿Se cubre el IVA de los gastos?
El IVA no es subvencionable, salvo cuando no sea reembolsable según la legislación aplicable. En ese caso tienes que acreditarlo con el acuerdo de reconocimiento de exención emitido por la Agencia Tributaria.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
La fecha máxima para resolver y notificar la resolución definitiva es el 31 de octubre de 2026. Si ese plazo vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Hasta cuándo puedo hacer las actividades subvencionadas?
El plazo de ejecución de las actividades va desde el 1 de enero del año en curso hasta el 15 de noviembre.

Fuentes oficiales

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