Bono Consumo 2026 en Bolulla: 50€ en comercio local
Dos bonos, de 30€ y 20€, para gastar en comercios adheridos de Bolulla.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda municipal en forma de bonos de comercio, en concurrencia competitiva, del Ayuntamiento de Bolulla para consumir en el municipio.
- Para quién
- Vecinos de Bolulla y los comercios, la hostelería y los negocios de servicios del municipio.
- Cuánto
- Dos bonos por persona, uno de 30€ y otro de 20€, sin superar 50€ en toda la campaña
- Qué cubre
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- Compras de bienes y servicios en comercios, bares y negocios de servicios de Bolulla adheridos a la campaña
- El Ayuntamiento abona al comercio adherido el valor de los bonos que le hayan canjeado
- Requisitos
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- Estás empadronado en Bolulla antes de la publicación de las bases y sigues empadronado cuando pides el bono
- Tus datos del padrón municipal están actualizados y con las renovaciones al día
- Cumpliste 18 años antes del 31 de diciembre de 2025
- Presentas tu documento de identidad en vigor: DNI, NIE o pasaporte
- Si adhieres tu negocio, tienes el domicilio fiscal en Bolulla
- Si adhieres tu negocio, tu actividad figura entre los epígrafes recogidos en las bases
Epígrafe Actividad 647.1 Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general 612.2 Comercio al por mayor de cereales, simientes, plantas, abonos, sustancias fertilizantes, plaguicidas, animales vivos, tabaco en rama, alimentos para el ganado y materias primas marinas 673.2 Otros cafés y bares 671 Servicio de restaurantes 685 Alojamientos turísticos 972.2 Salones e institutos de belleza 887 Maquilladores y esteticistas 861 Pintores, escultores, ceramistas y artesanos 844 Servicio de publicidad y relaciones públicas 5013 Albañilería y pequeños trabajos de construcción 505.5 Carpintería y cerrajería 5011 Construcción -
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Entrega el bono original y muestra tu documento de identidad al pagar en el establecimiento
- Si tienes un comercio adherido, muestra en un lugar visible el cartel identificativo de la campaña
- Presenta al Ayuntamiento la factura con el total de bonos canjeados, junto con los bonos y los tickets de compra
- Presenta esas facturas entre el 28 de septiembre y el 30 de diciembre, ambos inclusive
- Incluye la imagen institucional de la Diputación Provincial de Alicante en la cartelería y la difusión, al menos hasta el 31 de diciembre de 2026
- Facilita al Ayuntamiento la información y documentación que te pida para comprobar la campaña
- Cuándo
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- Abre: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 28 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en Bolulla desde antes de la publicación de estas bases
- Cumpliste 18 años antes del 31 de diciembre de 2025
- Tienes documento de identidad, NIE o pasaporte en vigor
- Eres autónomo, microempresa o pyme con domicilio fiscal en Bolulla
- Tu negocio es de comercio, hostelería o servicios en el término municipal
- No estás empadronado en Bolulla
- Tu negocio ofrece productos o servicios ligados al juego o las apuestas
- Tu negocio vende tabaco
- Tu empresa presta servicios financieros
- Tu actividad no figura en los epígrafes recogidos en las bases
- Ya has obtenido bonos por 50 euros en el conjunto de la campaña
Cuánto puedes recibir
Recibes dos bonos que se conceden conjuntamente, uno de 30 euros y otro de 20 euros, y en ningún caso puedes obtener bonos por más de 50 euros en el conjunto de la campaña. El Ayuntamiento paga su valor al comercio siempre que gastes como mínimo 5 euros por cada bono en un establecimiento adherido. Los bonos se entregan hasta agotar el crédito disponible y no son canjeables por dinero en efectivo.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que estás empadronado en Bolulla y que cumpliste 18 años antes del 31 de diciembre de 2025
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Rellena la solicitud de ayuda para particulares (Anexo II) con la declaración responsable
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Acude en persona al Ayuntamiento entre el 28 de septiembre y el 28 de noviembre de 2026 con tu documento de identidad original para retirar los bonos
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Gasta cada bono en una única compra en un establecimiento adherido
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Si tienes un comercio, presenta la solicitud de adhesión (Anexo I) en la sede electrónica del Ayuntamiento hasta el 25 de septiembre de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud de ayuda para particulares (Anexo II)
- Solicitud de adhesión de establecimientos (Anexo I)
- Declaración responsable incluida en la solicitud, con la aceptación de las bases
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria, si no autorizas su obtención al Ayuntamiento
- Certificado de estar al corriente frente a la Seguridad Social, si no autorizas su obtención al Ayuntamiento
- Declaración responsable de no haber recibido otras ayudas incompatibles para el mismo fin, o indicación de las recibidas con importe, organismo y fecha
- Declaración de las ayudas de mínimis concedidas en los tres últimos ejercicios fiscales, o de no haber recibido ninguna
- Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria, para los establecimientos
- Ficha de mantenimiento de terceros (Anexo IV), para los establecimientos