Ayuda al alquiler para jóvenes en la isla de La Palma
El 50% de tu alquiler mensual, hasta 300€ al mes, para jóvenes de 18 a 35 años
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo Insular de La Palma para pagar el alquiler de la vivienda o habitación habitual
- Para quién
- Personas jóvenes de 18 a 35 años que viven de alquiler en la isla de La Palma
- Cuánto
- El 50% del alquiler mensual, hasta un máximo de 300€ al mes
- Qué cubre
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- La renta mensual de tu vivienda habitual de alquiler
- La renta mensual de la habitación que alquilas como residencia habitual
- Las mensualidades de 2026 que justifiques una a una
- Requisitos
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- Tienes entre 18 y 35 años, ambos inclusive, en el momento de presentar la solicitud
- Dispones de una fuente regular de ingresos que no supera tres veces el IPREM
El límite se eleva hasta cuatro veces el IPREM cuando tú o cualquier miembro de tu unidad de convivencia acredita un grado de discapacidad igual o superior al 33%, una situación de violencia de género o un título de familia numerosa. Si percibes ingresos de distintas procedencias, se suman todas las cuantías para obtener el cómputo total.
- Tu residencia efectiva y habitual está en la isla de La Palma
- Estás empadronado en la vivienda objeto de la subvención al presentar la solicitud
- Eres titular de un contrato de alquiler, o estás en disposición de suscribirlo
Si alquilas una habitación no se exige un contrato de arrendamiento formalizado, siempre que acredites documentalmente la relación de alquiler y el pago efectivo de la renta por cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
- Tienes nacionalidad española o de la Unión Europea, o residencia legal en España
También vale la nacionalidad de un Estado del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Si eres ciudadano extranjero no comunitario, tienes que acreditar tu situación de estancia o residencia legal en territorio español.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta el documento de aceptación o renuncia en los cinco días hábiles siguientes a la concesión
- Justifica el pago del alquiler de cada uno de los meses del año de la convocatoria
- Paga el alquiler por transferencia bancaria y guarda el extracto o el certificado del banco
- Comunica al área de Vivienda cualquier cambio de domicilio en un plazo máximo de quince días
- Aporta cualquier otra documentación que te requiera la administración
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes entre 18 y 35 años cumplidos al presentar la solicitud
- Resides de forma efectiva y habitual en la isla de La Palma
- Eres titular del contrato de alquiler de tu vivienda habitual
- Alquilas una habitación y puedes acreditar el pago de la renta
- Dispones de una fuente regular de ingresos que no supera tres veces el IPREM
- Estás empadronado en la vivienda por la que pides la ayuda
- Tienes menos de 18 años o más de 35 al presentar la solicitud
- Tu residencia efectiva y habitual está fuera de la isla de La Palma
- Tus ingresos anuales superan el límite de IPREM que te corresponde
- No estás empadronado en la vivienda por la que pides la ayuda
- No puedes acreditar la relación de alquiler ni el pago de la renta
Cuánto puedes recibir
Recibes el 50% del importe mensual de la renta de tu vivienda o habitación habitual, con un tope de 300€ al mes. El periodo subvencionable es el año 2026, del 1 de enero al 31 de diciembre, y tienes que justificar cada mensualidad. Si el contrato tiene varias personas titulares, el importe se prorratea por partes iguales entre todas las que soliciten la ayuda y cumplan los requisitos. La cuantía se fija en la resolución de concesión y está en función de la disponibilidad presupuestaria.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el contrato de alquiler, el certificado de empadronamiento, el certificado catastral y los justificantes de tus ingresos
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Rellena y firma la solicitud del Anexo I; si sois varios titulares del contrato, cada uno presenta la suya
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Presenta la solicitud en la Oficina de Atención Ciudadana del Cabildo, en sus registros desconcentrados o en su sede electrónica
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Revisa la resolución provisional y presenta alegaciones en el trámite de audiencia de diez días hábiles
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Entrega el documento de aceptación o renuncia cuando te comuniquen la concesión
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Justifica el pago del alquiler de cada mes con los extractos bancarios
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención (Anexo I)
- Copia del DNI, NIE o documento equivalente
- Contrato de arrendamiento
- Certificado de empadronamiento
- Certificado catastral
- Certificado del grado de discapacidad, en su caso
- Título de familia numerosa, en su caso
- Acreditación de la situación de víctima de violencia de género, en su caso
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria (Anexo II)
- Autorización al Cabildo para recabar los datos de estar al corriente con Hacienda, con la Seguridad Social y con la propia Corporación (Anexo III)
- Si no autorizas esa consulta, certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Tributaria Canaria, la Seguridad Social y el propio Cabildo
- Declaración responsable de miembros de la unidad de convivencia (Anexo IV)
- Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o, si tus ingresos han variado, justificantes de los ingresos percibidos
- Certificado de vida laboral
- Acreditación de la representación legal y copia del documento de identidad del representante, si actúas por medio de otra persona
- Modelo de alta de terceros del Cabildo y certificado bancario de titularidad de la cuenta
- Documento de aceptación o renuncia de la subvención (Anexo V)
- Justificantes del pago del alquiler de cada mes
- Declaración responsable de pago en metálico (Anexo VI), en su caso