Ayudas para salidas y colonias escolares en Vilassar de Dalt
Hasta 45€, 65€ o 105€ según el curso para salidas y colonias escolares 2026-27
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda económica municipal, en régimen de concurrencia competitiva, para las salidas y colonias escolares del alumnado de Vilassar de Dalt.
- Para quién
- Padres, madres y personas encargadas de la guarda de menores escolarizados desde I3 hasta 4º de la ESO.
- Cuánto
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- Importe máximo según el curso en el que esté matriculado el menor
El ayuntamiento paga la cantidad concedida directamente a la cuenta corriente del centro escolar.Curso Importe máximo I3 e I4 de Educación Infantil y 1º, 3º y 5º de Primaria 45€ I5 de Educación Infantil, 2º, 4º y 6º de Primaria y 1º de ESO 105€ 2º, 3º y 4º de Secundaria 65€
- Importe máximo según el curso en el que esté matriculado el menor
- Qué cubre
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- Las salidas escolares programadas durante el curso 2026-27
- Las colonias escolares del curso 2026-27
- Requisitos
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- El menor está empadronado en Vilassar de Dalt
- El menor está escolarizado en Educación Infantil de segundo ciclo, Primaria o Secundaria obligatoria, entre I3 y 4º de la ESO
- Los ingresos de tu unidad familiar no superan los umbrales de renta establecidos
El umbral se calcula sumando 13.861,50€ por el primer adulto, 6.930,70€ por cada adulto más de la unidad familiar y 4.158,45€ por cada menor. Estos criterios se basan en los umbrales de renta del Consejo Comarcal del Maresme para el curso 2026-27.Unidad familiar 1 menor 2 menores 3 menores 4 menores 5 menores 1 adulto 18.019,95€ 22.178,40€ 26.336,88€ 30.495,36€ 34.653,81€ 2 adultos 24.950,65€ 29.109,10€ 33.267,55€ 37.426€ 41.584,45€ - Si el menor no está empadronado en el municipio, acreditas con documentación que tienes su guarda temporal
- Presentas la solicitud y la documentación imprescindible dentro del plazo de la convocatoria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda exclusivamente a la finalidad para la que se concede
- Presenta el certificado de secretaría del centro escolar que justifica el gasto
- Justifica la ayuda como máximo el 30 de septiembre de 2027
- Comunica al registro del ayuntamiento cualquier cambio de centro educativo
- Colabora con las actuaciones de verificación y control del ayuntamiento
- Cuándo
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- Abre: 8 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 29 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes hijos escolarizados entre I3 y 4º de la ESO
- El menor está empadronado en Vilassar de Dalt
- Los ingresos de tu unidad familiar no superan los umbrales establecidos
- Tu familia atraviesa dificultades socioeconómicas
- Eres el padre, la madre o la persona encargada de la guarda del menor
- El menor cursa estudios posteriores a 4º de la ESO
- No puedes acreditar el empadronamiento del menor ni su guarda
- Los ingresos familiares superan los umbrales de renta establecidos
- No estás al corriente de tus obligaciones tributarias con el ayuntamiento, la Seguridad Social u otras administraciones públicas
- Presentas la solicitud fuera de plazo sin causa excepcional justificada
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 45€, 65€ o 105€ según el curso en el que esté matriculado el menor. No cobras el dinero tú: una vez presentada la justificación de la asistencia, el ayuntamiento transfiere la cantidad concedida a la cuenta corriente del centro escolar.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación imprescindible y los certificados de ingresos de los últimos 6 meses
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Rellena los formularios normalizados que el ayuntamiento publica en su web municipal
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Presenta la solicitud preferentemente por medios telemáticos o presencialmente en la Oficina de Atención Ciudadana
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Aporta el documento original al registrar la solicitud si la entregas en la Oficina de Atención Ciudadana
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Consulta la resolución en el tablón de anuncios: esa publicación sustituye a la notificación individual
Documentación necesaria
- Hoja de solicitud (Anexo 1)
- Documento de información de los hijos menores de 25 años que conviven en la unidad familiar (Anexo 2)
- Declaración jurada de ingresos de la unidad familiar (Anexo 3)
- Autorización para la obtención de datos de otras administraciones (Anexo 4)
- Libro de familia y DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar
- Certificados de los justificantes de ingresos de los últimos 6 meses
- Carné de familia numerosa, general o especial
- Carné de familia monoparental
- Certificado de familia de acogida
- Certificado de discapacidad
- Dictamen del equipo de asesoramiento y orientación educativa y psicopedagógica
- Sentencia de separación o divorcio