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Ayudas Claras
Subvenciones Cantabria Prestaciones
Prestaciones Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al relevo generacional familiar en Cantabria

El 50% de la consultoría del plan de relevo familiar, hasta 15.000€ por proyecto

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la sociedad pública de desarrollo regional de Cantabria para planes de relevo generacional.
Para quién
Autónomos y pymes de ámbito familiar que trabajan en la industria o en servicios de apoyo a la industria en Cantabria.
Cuánto
El 50% de los gastos elegibles, con un máximo de 15.000€ por proyecto
Qué cubre
  • Consultoría externa especializada para elaborar el plan estratégico familiar, con diagnóstico previo y plan de continuidad
  • Consultoría externa especializada para el plan de profesionalización de la gestión de la empresa familiar
Requisitos
  • Tu empresa encaja en la definición de empresa de ámbito familiar

    Autónomos de los que provenga más del 50% de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo, siempre que tengan contratadas a personas con lazos familiares; pymes en las que un grupo familiar unido por relación conyugal o análoga relación de afectividad, consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo tenga conjuntamente al menos el 50% de la participación societaria, con un miembro con relación retribuida mediante pagos periódicos; o pymes en las que una persona física sea titular de al menos el 50% del capital social y tenga relación retribuida mediante pagos periódicos.

  • Desarrollas tu actividad en la industria o en servicios de apoyo a la industria
  • Eres autónomo o pyme válidamente constituida al presentar la solicitud
  • Tu sociedad o tu inicio de actividad como autónomo tiene al menos cinco años de antigüedad
  • Tienes el domicilio social, el domicilio fiscal y el centro de trabajo en Cantabria
  • No has resultado beneficiario antes en este mismo programa
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto en los seis meses siguientes a la notificación de la resolución de concesión
  • Paga y factura íntegramente todos los gastos dentro del plazo de ejecución
  • Mantén tu actividad en Cantabria durante un mínimo de 3 años desde que termine el proyecto
  • Pide al menos tres ofertas de proveedores distintos si el gasto supera 15.000€ en servicios o suministros
  • Justifica la ayuda con la memoria técnica, el plan elaborado, las facturas y los justificantes de pago
  • Da publicidad de la ayuda en tu página web o con medidas de difusión alternativas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una pyme de ámbito familiar o eres autónomo en Cantabria
  • Tu actividad es industrial o de servicios de apoyo a la industria
  • Quieres preparar el relevo generacional de tu empresa familiar
  • Buscas profesionalizar la gestión y dirección de tu negocio
  • Vas a contratar consultoría externa para elaborar ese plan
  • Tu empresa o tu alta como autónomo tiene cinco años o más
  • Tu empresa no es pyme ni eres persona autónoma
  • Tu actividad no es industrial ni de apoyo a la industria
  • Tu sociedad se constituyó hace menos de cinco años
  • No tienes domicilio social, fiscal ni centro de trabajo en Cantabria
  • Ya has sido beneficiario de este programa en otra convocatoria
  • Tu empresa se considera empresa en crisis

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 50% de los gastos que se consideren elegibles, con un tope de 15.000€ por proyecto. No entran en el cálculo los impuestos, cargas y gravámenes. Como las solicitudes compiten entre sí, si el crédito no alcanza para todas la comisión de evaluación puede fijar una puntuación de corte o prorratear el presupuesto reduciendo el porcentaje concedido.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Date de alta en el gestor de ayudas de SODERCAN

  2. Reúne la documentación exigida y prepara la memoria técnica y económica del proyecto

  3. Cumplimenta la solicitud por vía telemática en el gestor de ayudas

  4. Firma el documento de solicitud con firma o certificado digital de quien represente legalmente a la empresa

  5. Preséntala dentro de los dos meses siguientes a la publicación del extracto en el boletín oficial de Cantabria

  6. Responde en 10 días hábiles si te requieren subsanar defectos o aportar más información

Documentación necesaria

  • Número de Identificación Fiscal de la entidad
  • Escritura de constitución con sus modificaciones y estatutos en vigor inscritos en el Registro Mercantil, en el caso de sociedades
  • Poder de representación de la persona que firma la solicitud
  • Informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social, para autónomos dados de alta en el RETA
  • Certificado de la mutua acreditando la fecha de alta, que no ha causado baja y que está al corriente de las cuotas, para mutualistas
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Documento que acredite la titularidad de la cuenta bancaria
  • Declaración responsable a cumplimentar en el gestor de ayudas
  • Certificados en vigor de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Agencia Cántabra de Administración Tributaria
  • Memoria técnica y económica de la propuesta, según el modelo descargable en el gestor de ayudas (Anexos I y II)
  • Documentación acreditativa del grado de dedicación al proyecto, con los informes de vida laboral de las personas que lo promueven
  • Informe de plantilla media anual de trabajadores en alta expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025
  • Documentación justificativa del grado de parentesco

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya me la concedieron en una convocatoria anterior?
No. La empresa solicitante solo puede resultar beneficiaria una vez en este programa y en sus respectivas convocatorias.
¿Es compatible con otras ayudas para el mismo proyecto?
Para la misma actuación es incompatible con ayudas del Gobierno de Cantabria y de su sector público institucional, y compatible con las de otras administraciones y entes públicos o privados.
¿Qué gastos quedan fuera de la subvención?
No se subvencionan los impuestos, cargas y gravámenes, ni las actuaciones contratadas a personas o entidades vinculadas con tu empresa, ni las que no estén completamente definidas.
¿Qué pasa si no justifico la ayuda a tiempo?
El incumplimiento de la obligación de justificar, o una justificación insuficiente, es causa de revocación y reintegro de la ayuda. Si los defectos son subsanables, te dan 10 días hábiles para corregirlos.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
El plazo máximo de resolución es de seis meses desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, tu solicitud puede entenderse desestimada.

Fuentes oficiales

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