Subvenciones culturales para asociaciones de O Carballiño
Hasta 3.000€ por beneficiario para actividades culturales de asociaciones de O Carballiño
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de O Carballiño para organizar actividades culturales.
- Para quién
- Asociaciones e instituciones culturales sin ánimo de lucro de O Carballiño.
- Cuánto
- Hasta 3.000€ por beneficiario, sin superar la cantidad que solicites
- Qué cubre
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- Personal contratado específicamente para las actividades
- Servicios de empresas y servicios técnicos para realizar las actividades
- Publicaciones, difusión, viajes y gastos de organización de las actividades
Edición de publicaciones en distintos soportes, publicidad y difusión de las actividades. Gastos protocolarios y de representación, dietas, viajes, alojamiento y manutención, y gastos de gestión y administración ordinaria (cátering, regalos, galardones, material de oficina, teléfono, mensajería, envíos postales) derivados de la organización de las actividades. Viajes de agrupaciones de artes escénicas y musicales que representen al Ayuntamiento de O Carballiño a más de 100 km. No se cubren obras de construcción o rehabilitación de locales, comidas entre los miembros de la asociación, equipamiento (maquinaria, mobiliario, equipos informáticos) ni gastos financieros, de amortización o por tributos.
- Requisitos
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- Tu entidad es una asociación o institución cultural legalmente constituida y sin ánimo de lucro
- Tienes el domicilio social en O Carballiño
- Llevas al menos seis meses inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- La actividad se desarrolla en el término municipal de O Carballiño
Excepción: actuaciones de agrupaciones de artes escénicas y musicales que se realicen a más de 100 km de O Carballiño y que representen al Ayuntamiento de O Carballiño.
- No recibes del ayuntamiento una subvención directa por el conjunto de las actividades que organizas
- Si recibiste otra subvención del ayuntamiento en la convocatoria de 2025, la justificaste
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actividades entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
- Comunica al Área de Cultura el lugar, el día y la hora de las actividades subvencionadas
- Informa al ayuntamiento de otras ayudas que pidas o recibas para el mismo fin
- Incluye el logotipo del ayuntamiento y su colaboración en carteles, publicidad y publicaciones
- Conserva los libros contables y los justificantes de los gastos para posibles controles
- Presenta la cuenta justificativa (Anexo IX) como máximo el 30 de noviembre de 2026
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación o institución cultural no tiene ánimo de lucro
- Tu entidad tiene el domicilio social en O Carballiño
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Organizas actividades culturales en el municipio de O Carballiño
- Preparas conciertos, teatro, danza, cine, jornadas o publicaciones culturales
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Llevas menos de seis meses inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Recibiste otra subvención municipal en 2025 y no la justificaste
- El ayuntamiento ya te da una subvención directa por el conjunto de tus actividades
- Buscas financiar obras en locales o compra de equipamiento
Cuánto puedes recibir
Puedes recibir hasta 3.000€ por beneficiario, sin superar la cantidad que hayas solicitado. La cuantía depende de la puntuación de tu proyecto y necesitas al menos 10 puntos para recibir ayuda. Si solo justificas una parte del presupuesto del proyecto, la subvención se reduce proporcionalmente. Puedes presentar justificaciones parciales y cobrar la parte ya justificada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Rellena la solicitud en el modelo oficial (Anexo I), dirigida al alcalde o al concejal de Cultura
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Reúne la documentación administrativa y el proyecto de actividades con su presupuesto
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Presenta la solicitud en el registro de la sede electrónica del Ayuntamiento de O Carballiño en el plazo de un mes desde la publicación del extracto en el BOP
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Si te piden corregir la documentación, hazlo en un plazo de hasta diez días hábiles
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Revisa la propuesta de resolución y, si lo necesitas, presenta alegaciones en un plazo de 10 días
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Justifica la subvención con la cuenta justificativa (Anexo IX) como máximo el 30 de noviembre de 2026
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo oficial (Anexo I)
- Certificado de inscripción en el registro de asociaciones
- Estatutos sociales de la entidad
- Fotocopia del DNI del representante de la entidad
- Declaración responsable de no estar en prohibición para recibir subvenciones y de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el ayuntamiento (Anexo II)
- Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas para los mismos fines (Anexo III)
- Si el ayuntamiento ya tiene el certificado de inscripción o los estatutos, declaración para no volver a presentarlos (Anexo IV)
- Memoria descriptiva de las actividades con su descripción, objetivos y fechas de realización
- Resumen del proyecto (Anexo V)
- Presupuesto detallado de gastos e ingresos de las actividades (Anexo VI)
- Si procede, memoria-resumen de ediciones anteriores de la actividad con recortes de prensa, fotos o datos