Ayuda para pagar la guardería o escuela infantil en Teruel
De 30 a 90 € al mes para la guardería de niños de 0 a 3 años en Teruel, según puntuación y horario
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Teruel para ayudar a las familias a pagar la guardería o escuela infantil.
- Para quién
- Padres, madres o tutores legales con niños de cero a tres años en guarderías o escuelas infantiles de Teruel.
- Cuánto
- Una cantidad fija al mes según tu tramo de puntuación y el horario: 30 € (parcial) o 50 € (completo) en el tramo 2, y 55 € (parcial) o 90 € (completo) en el tramo 3; el tramo 1 no recibe ayuda. Nunca más del 80% de lo que pagas por la asistencia; en casos excepcionales, hasta el 100%
- Qué cubre
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- Lo que pagas por la asistencia de tu hijo a la guardería o escuela infantil
- Estancia a tiempo parcial o completo
- No cubre comedor, calefacción, material didáctico, reserva de plaza ni matrícula
- Requisitos
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- Eres padre, madre o tutor legal de un niño de cero a tres años matriculado en 2026 en una guardería o escuela infantil de Teruel o sus barrios pedáneos, y asiste de forma continuada
- El niño está empadronado en Teruel o sus barrios pedáneos desde antes de publicarse el extracto de la convocatoria y sigue empadronado hasta que justifiques la ayuda
- El centro tiene autorización de apertura (escuela infantil) o licencia municipal de guardería; las ludotecas no cuentan
- Estás al corriente de pagos con la Hacienda municipal, la Hacienda estatal y la Seguridad Social, y no tienes deudas con la Hacienda de Aragón
- No recibes ayudas o subvenciones con la misma finalidad de otras instituciones o entidades públicas o privadas
- Cumples la normativa medioambiental y de transparencia y no tienes sanciones en determinadas materias
No haber sido sancionado en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas. Se acredita con declaración responsable en el modelo de solicitud.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica la ayuda antes del 30 de noviembre de 2026 (hasta el 31 de enero de 2027 para los gastos de noviembre y diciembre) con la declaración de asistencia al centro (Anexo 2), la ficha de terceros y las facturas con su justificante de pago
- Presenta las facturas ordenadas por meses, cada una con su comprobante de pago; no valen albaranes ni recibos
- Si pagas en efectivo, solo se admiten hasta 300 euros, justificados con el documento que adjunta la convocatoria
- Acepta las comprobaciones del Ayuntamiento y facilita los datos que te pidan
- Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en la actuación subvencionada en el plazo de un mes
- Mantén a tu hijo empadronado en Teruel o sus barrios pedáneos hasta presentar la justificación
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes un hijo de 0 a 3 años en una guardería o escuela infantil
- El centro está en la ciudad de Teruel o sus barrios pedáneos
- Tu hijo está empadronado en Teruel o sus barrios pedáneos
- Pagas la asistencia de tu hijo al centro durante 2026
- Eres padre, madre o tutor legal del menor
- Tu hijo va a una ludoteca, no a una guardería o escuela infantil
- Ya recibes otra ayuda con la misma finalidad
- El centro está fuera de Teruel y de sus barrios pedáneos
- Tu hijo no está empadronado en Teruel ni en sus barrios pedáneos
- Buscas ayuda para comedor, matrícula o material didáctico
Cuánto puedes recibir
La ayuda es una cantidad fija al mes que depende de tu puntuación y de las horas diarias que tu hijo pasa en el centro. La puntuación tiene en cuenta la composición familiar, la situación laboral y el nivel de renta, y con ella las solicitudes se reparten en tres tramos. El tramo 1, el de menor puntuación, no recibe ayuda. En el tramo 2 recibes 30 € al mes con estancia a tiempo parcial (menos de 5 horas al día) o 50 € al mes a tiempo completo (5 horas o más). En el tramo 3 recibes 55 € al mes a tiempo parcial o 90 € al mes a tiempo completo. Dónde empieza y acaba cada tramo se fija según el número de solicitudes y el presupuesto disponible. En ningún caso el Ayuntamiento abona más del 80% de lo que pagas por la asistencia, correctamente justificado. Solo en casos excepcionales, con informes favorables de los Servicios Sociales, puede llegar al 100% del coste del servicio de guardería. El pago se propone una vez revisada y dada por correcta tu justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Consigue el modelo normalizado de solicitud en el apartado de subvenciones de la web del Ayuntamiento o en el Departamento de Servicios Sociales
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Pide al centro el certificado de matrícula y gastos (Anexo 1) con las horas diarias de asistencia y el coste mensual
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Presenta la solicitud con la documentación en los 20 días hábiles siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel
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Hazlo en la sede electrónica del Ayuntamiento de Teruel o en papel en el Registro General, en correos o en otro registro público
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Espera la resolución, que se notifica en un máximo de tres meses desde el fin del plazo de solicitud
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Justifica la ayuda con la declaración de asistencia (Anexo 2), la ficha de terceros y las facturas pagadas
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud, con los datos de la unidad familiar, los meses solicitados y la declaración responsable
- Libro de familia completo o certificados de nacimiento de todos los miembros de la unidad familiar menores de 18 años
- Documento acreditativo de gastos en guarderías o escuelas infantiles durante 2026, expedido por el centro (Anexo 1)
- Si has pedido otras ayudas para lo mismo: el documento de solicitud y, en su caso, la resolución
- Si algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad igual o superior al 33%: certificado acreditativo
- Para sumar puntos, si es tu caso: certificado del centro del hermano de 0 a 3 años matriculado a la vez, título de familia numerosa o monoparental en vigor e informe de vida laboral de quien trabaje
- Solo si te opones a que el Ayuntamiento los consulte de oficio: DNI, certificado de empadronamiento colectivo, certificados de estar al corriente de pagos y declaración de la renta de 2025 de los progenitores